I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Calidad del aire. Garantías financieras. Residuos. (BOE-A-2023-2026)
Real Decreto 34/2023, de 24 de enero, por el que se modifican el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire; el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado mediante el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre; y el Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 25 de enero de 2023

Sec. I. Pág. 10327

emisión principal de ambos contaminantes es el tráfico de vehículos, que se concentra
en las grandes ciudades. Por ello, entre las medidas del Plan AIRE I, se incluyó la
clasificación de los vehículos en función de su potencial contaminador.
En esta misma línea, la legislación de tráfico y seguridad vial se ha venido adaptando
a los requerimientos de la Unión Europea en materia de calidad del aire. Así el
artículo 18 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad
Vial, ya prevé que, por motivos medioambientales, se puedan adoptar determinadas
medidas como la prohibición total o parcial de acceso a determinadas vías, con carácter
general o para determinados vehículos o el cierre de determinadas vías, entre otras.
De igual forma, el artículo 16.4 de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, establece
que las entidades locales podrán adoptar medidas de restricción total o parcial del
tráfico, que pueden incluir restricciones a los vehículos más contaminantes, a algunas
matrículas, a algunas horas o zonas.
Por su parte, el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, introdujo, en su artículo 25,
la regulación de los planes de acción a corto plazo, indicando que, cuando en una zona o
aglomeración determinada exista el riesgo de que el nivel de contaminantes supere uno
o más de los umbrales de alerta especificados en su anexo I, las comunidades
autónomas, y en su caso, las entidades locales, elaborarán planes de acción, que
indicarán las medidas que deben adoptarse a corto o medio plazo para reducir el riesgo
de superación o la duración de la misma.
Entre dichas medidas, se prevén aquellas que sean eficaces para controlar
actividades que contribuyan de forma significativa a aumentar el riesgo de superación de
los valores límite o los valores objetivo o umbrales de alerta respectivos. Y en particular,
se prevé que esos planes de acción podrán incluir medidas relativas al tráfico de
vehículos de motor, a aeronaves en ciclo de aterrizaje y despegue, a obras de
construcción, a buques amarrados y al funcionamiento de instalaciones industriales o el
uso de productos y a la calefacción doméstica. En el marco de esos planes, también
podrán preverse acciones específicas destinadas a proteger a los sectores vulnerables
de la población, como es la población infantil.
Por otra parte, el I Programa Nacional de Control de la Contaminación Atmosférica,
que da continuidad al Plan Aire II 2017-2019 establece que, si bien las medidas para
disminuir eficazmente la contaminación por dióxido de nitrógeno (NO2) y partículas en
suspensión inferiores a 10 micras (PM10) son relativamente sencillas de identificar,
reducir la contaminación por ozono (O3) y otros contaminantes fotoquímicos es mucho
más complejo, ya que se trata de contaminantes secundarios, que no se emiten
directamente, sino que son generados a partir de reacciones químicas favorecidas por la
acción de la luz solar en la atmósfera entre varios contaminantes o precursores, como
los óxidos de nitrógeno (NOX) y un elevado número de compuestos orgánicos volátiles
(COV).
Asimismo, es necesario subrayar los vínculos existentes entre el cambio climático y
la calidad del aire, produciendo impactos sobre la salud. Entre los impactos del cambio
climático se prevé la persistencia de condiciones de estabilidad atmosférica que
dificultan la dispersión de contaminantes; el aumento en la frecuencia de episodios de
altas temperaturas y mayor insolación, que favorecen la formación de ozono troposférico;
y el incremento de la desertificación que contribuye a la generación de tormentas de
polvo desértico, afectando negativamente a la calidad del aire. En este sentido, el Plan
Nacional de Adaptación al Cambio Climático 2021-2030, desde la perspectiva de la
protección de la salud pública, promueve la adopción de acciones preventivas ante
episodios de contaminación atmosférica.
III
Teniendo en cuenta los antecedentes expuestos, la Conferencia Sectorial de Medio
Ambiente, en su reunión de 9 julio de 2021, aprobó el Plan Marco de Acción a corto

cve: BOE-A-2023-2026
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Núm. 21