I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Calidad del aire. Garantías financieras. Residuos. (BOE-A-2023-2026)
Real Decreto 34/2023, de 24 de enero, por el que se modifican el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire; el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado mediante el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre; y el Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 21
Miércoles 25 de enero de 2023
Sec. I. Pág. 10342
D. Valores objetivo y límite de las partículas PM2,5 en condiciones ambientales
para la protección de la salud y umbral de activación, de información y de alerta de
partículas PM2,5
I.
Valores límite de las partículas PM2,5 en condiciones ambientales para la
protección de la salud
Período de
promedio
Valor objetivo anual.
1 año civil.
Valor
25 µg/m3.
Valor límite anual (fase
I).
1 año civil.
25 µg/m3.
Valor límite anual (fase
II) (1).
1 año civil.
20 µg/m3.
Fecha
de cumplimiento
del valor límite
Margen de tolerancia
En vigor desde el 1
de enero de 2010.
–
20 % el 11 de junio de 2008, que se reducirá el 1 de enero
siguiente y, en lo sucesivo, cada 12 meses, en
porcentajes idénticos anuales hasta alcanzar un 0 % el 1
de enero de 2015, estableciéndose los siguientes valores:
5 µg/m3 en 2008;
1 de enero de 2015.
4 µg/m3 en 2009 y 2010;
3 µg/m3 en 2011;
2 µg/m3 en 2012;
1 µg/m3 en 2013 y 2014.
–
1 de enero de 2020.
(1) Valor límite indicativo que deberá ratificarse como valor límite en 2013 a la luz de una mayor información acerca de los efectos sobre la salud y el medio
ambiente, la viabilidad técnica y la experiencia obtenida con el valor objetivo en los Estados Miembros de la Unión Europea.
II. Umbrales de activación, de información y de alerta para las partículas PM2,5
Parámetro
Umbral
Umbral de activación.
Promedio 24 h o Promedio móvil 24 h (1).
25 µg/m3.
Umbral de información.
Promedio 24 h o Promedio móvil 24 h (2).
35 µg/m3.
Umbral de alerta.
Promedio 24 h o Promedio móvil 24 h (2).
50 µg/m3.
(1) El valor promedio diario o móvil de 24 h habrá de medirse o determinarse predictivamente para la activación del plan, durante un número determinado de
horas o días a definir justificadamente por la administración competente, garantizando la protección de la salud de la población y que los medios necesarios estarán
disponibles para la adopción de medidas en caso de superación de los umbrales de información o alerta.
(2) Durante un número determinado de horas para el promedio móvil 24 h o días para el promedio diario a definir por la administración competente siempre y
cuando permita garantizar la protección de la salud de la población.
Valor límite del plomo en condiciones ambientales para la protección de la
salud
Período de promedio
Valor límite anual.
1 año civil.
Valor límite
0,5 µg/m .
3
Fecha de cumplimiento del valor límite
En vigor desde el 1 de enero de 2005, en general.
En las inmediaciones de fuentes industriales específicas, situadas en lugares
contaminados a lo largo de decenios de actividad industrial, el 1 de enero de
2010.
cve: BOE-A-2023-2026
Verificable en https://www.boe.es
E.
Núm. 21
Miércoles 25 de enero de 2023
Sec. I. Pág. 10342
D. Valores objetivo y límite de las partículas PM2,5 en condiciones ambientales
para la protección de la salud y umbral de activación, de información y de alerta de
partículas PM2,5
I.
Valores límite de las partículas PM2,5 en condiciones ambientales para la
protección de la salud
Período de
promedio
Valor objetivo anual.
1 año civil.
Valor
25 µg/m3.
Valor límite anual (fase
I).
1 año civil.
25 µg/m3.
Valor límite anual (fase
II) (1).
1 año civil.
20 µg/m3.
Fecha
de cumplimiento
del valor límite
Margen de tolerancia
En vigor desde el 1
de enero de 2010.
–
20 % el 11 de junio de 2008, que se reducirá el 1 de enero
siguiente y, en lo sucesivo, cada 12 meses, en
porcentajes idénticos anuales hasta alcanzar un 0 % el 1
de enero de 2015, estableciéndose los siguientes valores:
5 µg/m3 en 2008;
1 de enero de 2015.
4 µg/m3 en 2009 y 2010;
3 µg/m3 en 2011;
2 µg/m3 en 2012;
1 µg/m3 en 2013 y 2014.
–
1 de enero de 2020.
(1) Valor límite indicativo que deberá ratificarse como valor límite en 2013 a la luz de una mayor información acerca de los efectos sobre la salud y el medio
ambiente, la viabilidad técnica y la experiencia obtenida con el valor objetivo en los Estados Miembros de la Unión Europea.
II. Umbrales de activación, de información y de alerta para las partículas PM2,5
Parámetro
Umbral
Umbral de activación.
Promedio 24 h o Promedio móvil 24 h (1).
25 µg/m3.
Umbral de información.
Promedio 24 h o Promedio móvil 24 h (2).
35 µg/m3.
Umbral de alerta.
Promedio 24 h o Promedio móvil 24 h (2).
50 µg/m3.
(1) El valor promedio diario o móvil de 24 h habrá de medirse o determinarse predictivamente para la activación del plan, durante un número determinado de
horas o días a definir justificadamente por la administración competente, garantizando la protección de la salud de la población y que los medios necesarios estarán
disponibles para la adopción de medidas en caso de superación de los umbrales de información o alerta.
(2) Durante un número determinado de horas para el promedio móvil 24 h o días para el promedio diario a definir por la administración competente siempre y
cuando permita garantizar la protección de la salud de la población.
Valor límite del plomo en condiciones ambientales para la protección de la
salud
Período de promedio
Valor límite anual.
1 año civil.
Valor límite
0,5 µg/m .
3
Fecha de cumplimiento del valor límite
En vigor desde el 1 de enero de 2005, en general.
En las inmediaciones de fuentes industriales específicas, situadas en lugares
contaminados a lo largo de decenios de actividad industrial, el 1 de enero de
2010.
cve: BOE-A-2023-2026
Verificable en https://www.boe.es
E.