V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. (BOE-B-2023-2190)
Resolución número 2154/2022, de 28 de diciembre, de la Dirección General de Energía, por la que se concede la Autorización Administrativa y Declaración, en concreto, de Utilidad Pública, de las instalaciones eléctricas de alta tensión denominadas "Nuevo enlace eléctrico submarino, doble circuito, entre la subestación Chío (Tenerife) y la subestación El Palmar (La Gomera) a 66 kV", "Reformado del proyecto técnico de la nueva subestación eléctrica El Palmar de La Gomera 66 kV y del tramo subterráneo en la isla de La Gomera entre el PK 0+580 y la subestación El Palmar del enlace subterráneo-submarino de doble circuito entre la subestación Chío (Tenerife) y la subestación El Palmar (La Gomera)" y "Nueva subestación eléctrica Chío 66 kV", expedientes número SE-2021/001, SE-2021R002 Y SE-2021/003.
37 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. V-B. Pág. 3572
Costas de Canarias y a la Autoridad Portuaria la autorización para la ocupación de
la Servidumbre de Protección.
3.-El cable dispone de cámaras de transición de cable subterráneo a
submarino, a la salida de las perforaciones dirigidas que conectan el último punto
en el fondo del mar con la parte terrestre mediante estos micro túneles. En los
planos anexos se puede comprobar la ubicación de dichas cámaras, que en
cualquier caso no estarían en el DPMT si no en la zona de servidumbre de
protección
4.-El proyecto no contempla ningún tipo de vertido de residuos sólidos,
escombros o aguas residuales sin depurar al DPMT o su zona de servidumbre de
protección.
5.-Los proyectos cumplen con la normativa en materia ambiental y en materia
de costas.
6.-Se aporta una descripción del método constructivo para el tendido del cable.
7.-Se adjunta los planos donde se pueden comprobar los perfiles en las zonas
costeras y el perfil general bajo el mar.
8.-No se prevé afecciones a praderas de fanerógamas por la turbidez generada
por el tendido del cable.
9.-Se cumplirá con lo establecido en la legislación, igual que el resto de
normativa sectorial aplicable.
21) Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación: con fecha 5
de julio de 2021 se recibe informe donde se considera que la actuación que se
quiere desarrollar no tendrá una afección negativa significativa sobre los valores
naturales objeto de conservación en los espacios Red Natura 2000 indicados
anteriormente, siempre que se respeten las siguientes condiciones:
1. De acuerdo con las directrices de gestión de la ZEPA ES0000526 ‘Espacio
marino de La Gomera-Teno’5, elaboradas bajo el marco del proyecto LIFE+
INDEMARES, el periodo de reproducción de los taxones prioritarios objeto de
conservación se inicia en febrero y no termina hasta el mes de octubre. Constatado
el hecho de que existen colonias de cría junto a las actuaciones en la franja
costera de La Gomera, se planificarán las obras adecuadamente para evitar su
ejecución -en esa franja costera- en el intervalo de meses mencionado.
2. En línea con las directrices de gestión de la ZEPA ES0000526 ‘Espacio
marino de La Gomera-Teno’, Objetivo Operativo 7.2 (CR-2), se deberá disponer de
un protocolo de actuación que garantice la rápida y efectiva actuación en defensa
de las aves ante un hipotético caso de vertido accidental, dentro de los planes e
instrumentos de contingencia contra la contaminación marina.
3. Se recuerda que todas las especies de cetáceos y tortugas marinas
presentes en aguas españolas se encuentran incluidas en el Anexo V (Especies
animales y vegetales de interés comunitario que requieren una protección estricta)
de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, estando también recogidas en el Listado de
Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE) desarrollado
por el Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, y además, muchas de ellas
incluidas en la categoría ‘vulnerable’ del Catálogo Español de Especies
cve: BOE-B-2023-2190
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 19
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. V-B. Pág. 3572
Costas de Canarias y a la Autoridad Portuaria la autorización para la ocupación de
la Servidumbre de Protección.
3.-El cable dispone de cámaras de transición de cable subterráneo a
submarino, a la salida de las perforaciones dirigidas que conectan el último punto
en el fondo del mar con la parte terrestre mediante estos micro túneles. En los
planos anexos se puede comprobar la ubicación de dichas cámaras, que en
cualquier caso no estarían en el DPMT si no en la zona de servidumbre de
protección
4.-El proyecto no contempla ningún tipo de vertido de residuos sólidos,
escombros o aguas residuales sin depurar al DPMT o su zona de servidumbre de
protección.
5.-Los proyectos cumplen con la normativa en materia ambiental y en materia
de costas.
6.-Se aporta una descripción del método constructivo para el tendido del cable.
7.-Se adjunta los planos donde se pueden comprobar los perfiles en las zonas
costeras y el perfil general bajo el mar.
8.-No se prevé afecciones a praderas de fanerógamas por la turbidez generada
por el tendido del cable.
9.-Se cumplirá con lo establecido en la legislación, igual que el resto de
normativa sectorial aplicable.
21) Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación: con fecha 5
de julio de 2021 se recibe informe donde se considera que la actuación que se
quiere desarrollar no tendrá una afección negativa significativa sobre los valores
naturales objeto de conservación en los espacios Red Natura 2000 indicados
anteriormente, siempre que se respeten las siguientes condiciones:
1. De acuerdo con las directrices de gestión de la ZEPA ES0000526 ‘Espacio
marino de La Gomera-Teno’5, elaboradas bajo el marco del proyecto LIFE+
INDEMARES, el periodo de reproducción de los taxones prioritarios objeto de
conservación se inicia en febrero y no termina hasta el mes de octubre. Constatado
el hecho de que existen colonias de cría junto a las actuaciones en la franja
costera de La Gomera, se planificarán las obras adecuadamente para evitar su
ejecución -en esa franja costera- en el intervalo de meses mencionado.
2. En línea con las directrices de gestión de la ZEPA ES0000526 ‘Espacio
marino de La Gomera-Teno’, Objetivo Operativo 7.2 (CR-2), se deberá disponer de
un protocolo de actuación que garantice la rápida y efectiva actuación en defensa
de las aves ante un hipotético caso de vertido accidental, dentro de los planes e
instrumentos de contingencia contra la contaminación marina.
3. Se recuerda que todas las especies de cetáceos y tortugas marinas
presentes en aguas españolas se encuentran incluidas en el Anexo V (Especies
animales y vegetales de interés comunitario que requieren una protección estricta)
de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, estando también recogidas en el Listado de
Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE) desarrollado
por el Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, y además, muchas de ellas
incluidas en la categoría ‘vulnerable’ del Catálogo Español de Especies
cve: BOE-B-2023-2190
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 19