III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-1929)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Instalación de generación fotovoltaica denominada "FV Herradura" de 100 MWp, y su infraestructura de evacuación, en Jimena de la Frontera y Castellar de la Frontera (Cádiz)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 9405
– El riesgo por vulcanismo se ha catalogado como nulo porque no existen zonas de
actividad volcánica próxima.
– El riesgo por sismo se ha catalogado como medio, ya que el número total de
terremotos producidos en el área de proyecto y alrededores es de 87 en el
periodo 2000-2020. La mayor parte de los terremotos ocurridos se encuentran en una
magnitud de entre 1,0 y 2,5.
– El riesgo de inundaciones fluviales se ha catalogado como bajo. Aunque no existe
estudios de inundaciones realizados en el tramo del cauce coincidente el proyecto podría
presentar riesgo de inundaciones considerando las áreas con riesgo potencial
significativo de inundación (ARPSIS) existentes aguas arriba y aguas abajo y el relieve
totalmente plano.
– El riesgo de incendios forestales se ha catalogado como alto. El proyecto se ubica
dentro de la Zona de Peligro de Jimena de la Frontera.
– El riesgo fenómenos meteorológicos extremos (viento, nieve) se ha catalogado
como bajo, porque el diseño de seguidores se ha realizado para que sean resistentes
tanto al viento como a la carga de nieve, según normativa básica de edificación.
La Dirección General de Emergencias y Protección Civil de la Junta de Andalucía
informa que se en el EsIA se han tenido en cuenta los efectos derivados de la
vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes graves o de catástrofes,
resultando los documentos coherentes con los aspectos relacionados con las
actuaciones y competencias de esa Dirección General, no formulándose aportaciones ni
objeciones al mismo. Todo ello, sin perjuicio de lo establecido por los órganos
competentes en materia de planificación del uso del suelo.
d.
Programa de vigilancia ambiental (PVA).
– Protección de calidad del aire: control de la presencia de polvo en el aire y su
presencia en la vegetación, control del correcto mantenimiento y funcionamiento de la
maquinaria, de la cubrición de acopios y camiones, de la realización de riegos y de la
correcta velocidad de la maquinaria.
– Protección de calidad acústica: control de niveles de ruido durante las fases de
obras, funcionamiento y desmantelamiento.
– Protección de suelos: control ocupación de suelos, ubicación de áreas auxiliares,
control del acopio, control de volúmenes de residuos y productos almacenados,
vigilancia de la contaminación de suelos, control de la gestión de residuos y sustancias
peligrosas, comprobar el estado de las redes de drenaje y el aislamiento de los
materiales peligrosos de las mismas.
cve: BOE-A-2023-1929
Verificable en https://www.boe.es
El EsIA presentaba un Programa de Vigilancia Ambiental poco desarrollado,
proponiendo unas medidas compensatorias poco definidas, por lo que la Dirección
General de Sostenibilidad Ambiental y Cambio Climático de la Junta de Andalucía en su
informe indicaba que se debía ampliar el PVA, con objeto de detallar las posibles
medidas compensatorias que se llevarían a cabo en caso de detectarse afecciones
sobre las especies que determinaron la declaración los espacios de Red Natura 2000
colindantes con el proyecto.
Con la primera adenda, se incorpora al EsIA un PVA que pretende garantizar el
cumplimiento de las medidas mitigadoras propuestas, y define los aspectos a controlar.
Establece un seguimiento que persigue avalar la correcta ejecución de las medidas
protectoras del proyecto. Al mismo tiempo, el seguimiento permitirá detectar las
desviaciones de los efectos pronosticados o detectar nuevos impactos no previstos. Si
fueran identificados, permitirá redimensionar las medidas propuestas o adoptar otras
nuevas.
Algunos de los controles más importantes recogidos en el PVA se resumen a
continuación:
Núm. 19
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 9405
– El riesgo por vulcanismo se ha catalogado como nulo porque no existen zonas de
actividad volcánica próxima.
– El riesgo por sismo se ha catalogado como medio, ya que el número total de
terremotos producidos en el área de proyecto y alrededores es de 87 en el
periodo 2000-2020. La mayor parte de los terremotos ocurridos se encuentran en una
magnitud de entre 1,0 y 2,5.
– El riesgo de inundaciones fluviales se ha catalogado como bajo. Aunque no existe
estudios de inundaciones realizados en el tramo del cauce coincidente el proyecto podría
presentar riesgo de inundaciones considerando las áreas con riesgo potencial
significativo de inundación (ARPSIS) existentes aguas arriba y aguas abajo y el relieve
totalmente plano.
– El riesgo de incendios forestales se ha catalogado como alto. El proyecto se ubica
dentro de la Zona de Peligro de Jimena de la Frontera.
– El riesgo fenómenos meteorológicos extremos (viento, nieve) se ha catalogado
como bajo, porque el diseño de seguidores se ha realizado para que sean resistentes
tanto al viento como a la carga de nieve, según normativa básica de edificación.
La Dirección General de Emergencias y Protección Civil de la Junta de Andalucía
informa que se en el EsIA se han tenido en cuenta los efectos derivados de la
vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes graves o de catástrofes,
resultando los documentos coherentes con los aspectos relacionados con las
actuaciones y competencias de esa Dirección General, no formulándose aportaciones ni
objeciones al mismo. Todo ello, sin perjuicio de lo establecido por los órganos
competentes en materia de planificación del uso del suelo.
d.
Programa de vigilancia ambiental (PVA).
– Protección de calidad del aire: control de la presencia de polvo en el aire y su
presencia en la vegetación, control del correcto mantenimiento y funcionamiento de la
maquinaria, de la cubrición de acopios y camiones, de la realización de riegos y de la
correcta velocidad de la maquinaria.
– Protección de calidad acústica: control de niveles de ruido durante las fases de
obras, funcionamiento y desmantelamiento.
– Protección de suelos: control ocupación de suelos, ubicación de áreas auxiliares,
control del acopio, control de volúmenes de residuos y productos almacenados,
vigilancia de la contaminación de suelos, control de la gestión de residuos y sustancias
peligrosas, comprobar el estado de las redes de drenaje y el aislamiento de los
materiales peligrosos de las mismas.
cve: BOE-A-2023-1929
Verificable en https://www.boe.es
El EsIA presentaba un Programa de Vigilancia Ambiental poco desarrollado,
proponiendo unas medidas compensatorias poco definidas, por lo que la Dirección
General de Sostenibilidad Ambiental y Cambio Climático de la Junta de Andalucía en su
informe indicaba que se debía ampliar el PVA, con objeto de detallar las posibles
medidas compensatorias que se llevarían a cabo en caso de detectarse afecciones
sobre las especies que determinaron la declaración los espacios de Red Natura 2000
colindantes con el proyecto.
Con la primera adenda, se incorpora al EsIA un PVA que pretende garantizar el
cumplimiento de las medidas mitigadoras propuestas, y define los aspectos a controlar.
Establece un seguimiento que persigue avalar la correcta ejecución de las medidas
protectoras del proyecto. Al mismo tiempo, el seguimiento permitirá detectar las
desviaciones de los efectos pronosticados o detectar nuevos impactos no previstos. Si
fueran identificados, permitirá redimensionar las medidas propuestas o adoptar otras
nuevas.
Algunos de los controles más importantes recogidos en el PVA se resumen a
continuación: