III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-1929)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Instalación de generación fotovoltaica denominada "FV Herradura" de 100 MWp, y su infraestructura de evacuación, en Jimena de la Frontera y Castellar de la Frontera (Cádiz)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 9402
cauce. Igualmente, las edificaciones se encuentran fuera de la zona de flujo preferente y
se solicitarán las autorizaciones al órgano competente con respecto al Dominio Público.
Añade en esta Adenda un «Estudio hidrológico e hidráulico para la implantación de la
Planta Solar Fotovoltaica y la Subestación La Herradura, así como para la implantación
de la Subestación Guadarranque».
La Dirección General de Recursos Hídricos de la Junta de Andalucía en su segundo
informe indica que, en la Adenda del Estudio de Impacto Ambiental, se pone de
manifiesto que existe una afección significativa al DPH, en particular la que afecta al río
Hozgarganta en su margen izquierda, donde se ubican los paneles fotovoltaicos de la
misma y la SET La Herradura. También se produce afección al DPH, en el itinerario
seguido por la línea de evacuación, y prácticamente toda la extensión de la planta solar,
incluida la SET La Herradura se encuentra en zona inundable (T=500 años). Por lo que
habrán de tenerse en cuenta las limitaciones de usos para las Zonas Inundables y para
la Zona de Flujo Preferente, así como del DPH y sus zonas de servidumbre asociadas.
Añade que también se produce afección a la Zona de Policía al situarse una parte
importante de los paneles solares en la zona de protección del río Hozgarganta y del
Arroyo de Las Gallinas y de los cauces innominados. Por lo que este tipo de actuaciones
estarán sujetas a la preceptiva autorización de esa Administración Hidráulica conforme a
lo regulado en el citado Reglamento.
En la línea de evacuación, se producen varios cruzamientos sobre cauces, entre
otros el Rio Hozgarganta y el Arroyo de los Álamos o Batanero, en los que habrán de
tenerse en cuenta los requisitos de esta Administración para cruces aéreos o
subterráneos. En caso de que fuese necesario se aportará nuevo estudio hidrológicohidráulico que incluya los cauces a cruzar por la citada línea de evacuación.
En aquellos casos en los que no sea posible ubicar los módulos fotovoltaicos fuera
de zonas inundables, se tendrá en cuenta que la altura sobre el terreno de los postes de
apoyo deberá garantizar que las placas, para cualquiera de sus posibles posiciones
operativas, siempre queden por encima de la cota de inundación para periodo de retorno
de 500 años y que las secciones de los postes de apoyo deberán ser reducidas para que
no supongan un obstáculos al flujo en las avenidas y a la vez lo suficientemente
resistentes para soportar el paso de las mismas sin que se produzcan daños en la
instalación.
En caso de tener que atravesar mediante conducciones o líneas eléctricas el dominio
público hidráulico deberá obtenerse la correspondiente autorización administrativa. En
cualquier caso, para tuberías el criterio del Organismo es no autorizar su instalación de
forma longitudinal en el DPH. Lo anterior deberá ser tenido en cuenta en la ejecución de
las obras.
El promotor indica que se evitará la afección al río Hozgarganta y al ecosistema de
ribera, como desbroces, tala de vegetación o alteración de los perfiles del cauce dentro
del DPH. El cruce de este río se realizará mediante perforación horizontal, con este tipo
de técnica se hacen pasar las conducciones por debajo del canal sin tocar el lecho ni sus
márgenes, evitándose, por tanto, cualquier afección al cauce o sus riberas.
Añade que no se realizará ningún tipo de vertido a los cauces naturales. Se
garantizará que no se producen derrames o vertidos accidentales desde las balsas o
depósitos de lodos de perforación utilizadas para las perforaciones dirigidas horizontales
al arroyo de los Álamos o Batanero y al río Hozgarganta, bien mediante un murete de
contención o por su ubicación en una pendiente contraria a ellos u otra medida igual de
efectiva.
Para asegurar la protección de las aguas, en esta resolución se incluyen las
condiciones 15 a 25.
b.8)
Paisaje.
De acuerdo con el estudio paisajístico, la planta se sitúa en un paisaje de fuerte
carácter rural, donde a pesar de la existencia de importantes infraestructuras de
cve: BOE-A-2023-1929
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 19
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 9402
cauce. Igualmente, las edificaciones se encuentran fuera de la zona de flujo preferente y
se solicitarán las autorizaciones al órgano competente con respecto al Dominio Público.
Añade en esta Adenda un «Estudio hidrológico e hidráulico para la implantación de la
Planta Solar Fotovoltaica y la Subestación La Herradura, así como para la implantación
de la Subestación Guadarranque».
La Dirección General de Recursos Hídricos de la Junta de Andalucía en su segundo
informe indica que, en la Adenda del Estudio de Impacto Ambiental, se pone de
manifiesto que existe una afección significativa al DPH, en particular la que afecta al río
Hozgarganta en su margen izquierda, donde se ubican los paneles fotovoltaicos de la
misma y la SET La Herradura. También se produce afección al DPH, en el itinerario
seguido por la línea de evacuación, y prácticamente toda la extensión de la planta solar,
incluida la SET La Herradura se encuentra en zona inundable (T=500 años). Por lo que
habrán de tenerse en cuenta las limitaciones de usos para las Zonas Inundables y para
la Zona de Flujo Preferente, así como del DPH y sus zonas de servidumbre asociadas.
Añade que también se produce afección a la Zona de Policía al situarse una parte
importante de los paneles solares en la zona de protección del río Hozgarganta y del
Arroyo de Las Gallinas y de los cauces innominados. Por lo que este tipo de actuaciones
estarán sujetas a la preceptiva autorización de esa Administración Hidráulica conforme a
lo regulado en el citado Reglamento.
En la línea de evacuación, se producen varios cruzamientos sobre cauces, entre
otros el Rio Hozgarganta y el Arroyo de los Álamos o Batanero, en los que habrán de
tenerse en cuenta los requisitos de esta Administración para cruces aéreos o
subterráneos. En caso de que fuese necesario se aportará nuevo estudio hidrológicohidráulico que incluya los cauces a cruzar por la citada línea de evacuación.
En aquellos casos en los que no sea posible ubicar los módulos fotovoltaicos fuera
de zonas inundables, se tendrá en cuenta que la altura sobre el terreno de los postes de
apoyo deberá garantizar que las placas, para cualquiera de sus posibles posiciones
operativas, siempre queden por encima de la cota de inundación para periodo de retorno
de 500 años y que las secciones de los postes de apoyo deberán ser reducidas para que
no supongan un obstáculos al flujo en las avenidas y a la vez lo suficientemente
resistentes para soportar el paso de las mismas sin que se produzcan daños en la
instalación.
En caso de tener que atravesar mediante conducciones o líneas eléctricas el dominio
público hidráulico deberá obtenerse la correspondiente autorización administrativa. En
cualquier caso, para tuberías el criterio del Organismo es no autorizar su instalación de
forma longitudinal en el DPH. Lo anterior deberá ser tenido en cuenta en la ejecución de
las obras.
El promotor indica que se evitará la afección al río Hozgarganta y al ecosistema de
ribera, como desbroces, tala de vegetación o alteración de los perfiles del cauce dentro
del DPH. El cruce de este río se realizará mediante perforación horizontal, con este tipo
de técnica se hacen pasar las conducciones por debajo del canal sin tocar el lecho ni sus
márgenes, evitándose, por tanto, cualquier afección al cauce o sus riberas.
Añade que no se realizará ningún tipo de vertido a los cauces naturales. Se
garantizará que no se producen derrames o vertidos accidentales desde las balsas o
depósitos de lodos de perforación utilizadas para las perforaciones dirigidas horizontales
al arroyo de los Álamos o Batanero y al río Hozgarganta, bien mediante un murete de
contención o por su ubicación en una pendiente contraria a ellos u otra medida igual de
efectiva.
Para asegurar la protección de las aguas, en esta resolución se incluyen las
condiciones 15 a 25.
b.8)
Paisaje.
De acuerdo con el estudio paisajístico, la planta se sitúa en un paisaje de fuerte
carácter rural, donde a pesar de la existencia de importantes infraestructuras de
cve: BOE-A-2023-1929
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Núm. 19