III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-1915)
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad, la Universidad Autónoma de Madrid y la Fundación de la Universidad Autónoma de Madrid, para el desarrollo de recursos digitales docentes compartidos enfocados a la mejora de competencias digitales en el ámbito de la transformación digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19

Lunes 23 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 9260

financiación de la Unión y derecho de uso, así como lo dispuesto en el artículo 9.3.b) de
la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Decimoquinta.

Principios transversales del PRTR y medidas antifraude.

1. En el ámbito del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, las
actuaciones del presente Convenio se ajustarán al marco jurídico definido por:
– Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
– Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el
procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector
Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y
objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El anexo a la Decisión de Ejecución del Consejo, de fecha 29 de octubre de 2021,
por el que se acuerdan las Disposiciones Operativas del Plan de Recuperación entre el
Gobierno de España y la Comisión Europea de conformidad con el Reglamento (UE)
2021/241, describe el objetivo CID número 292 del Componente 19, Inversión 3:
«Competencias digitales para el empleo» como: «450.000 personas, como mínimo,
deberán haber participado en cursos de formación sobre competencias digitales. Cada
formación deberá tener un mínimo de 15 ECTS». El plazo para la consecución del
mismo es el 4.º trimestre (T4) del año 2025. Según dicho anexo, los indicadores de
seguimiento y mecanismos de verificación establecidos para el cumplimiento del objetivo
CID 292 y sus plazos son:
4T 2022

4T 2023

4T 2025

292.1

90.000





292.2



180.000



292
(CID)





450.000

Mecanismos de verificación

Documento resumen que justifique debidamente el cumplimiento satisfactorio del objetivo (incluidos
sus elementos relevantes, tal como se enumeran en la descripción del mismo y de la medida
correspondiente en el anexo del CID).
Este documento incluirá como anexo una hoja de cálculo con las siguientes pruebas documentales
y elementos:
(a) las referencias oficiales de los certificados que acrediten la realización de las acciones
formativas;
(b) para cada uno de los programas de formación, el número de acciones formativas realizadas, el
número de candidatos matriculados y el número de ECTS por acción;
(c) La lista de personas capacitadas, con identificador único. Sobre la base de una muestra
seleccionada por la Comisión, se deberá presentar por cada uno de los beneficiarios seleccionados,
las siguientes pruebas documentales:
a) Constancia de finalización de la capacitación;
b) Acreditación documental sobre el tipo de formación impartida por el centro o área seleccionada,
con detalle de su contenido.

A la consecución del citado compromiso de cumplimiento de hitos y objetivos del
Gobierno de España, la Guardia Civil pretende contribuir mediante la formación de un
mínimo de 5375 guardias civiles en competencias digitales básicas, docentes y de
investigación a fecha de finalización de la medida.
2. Campos de intervención. La medida C19.I3 contribuye al cumplimiento del campo de
intervención digital 108, con un porcentaje del 100 % (etiquetado digital: 100 %), en virtud del
documento de componente C19 y del anexo VII del Rgto. UE 241/2021.
3. Ambas partes se comprometen a cumplir con lo dispuesto en la Resolución de 6
de mayo de 2022, de la Subsecretaria del Interior, por la que se aprueba el plan de
medidas antifraude y el código ético y de conducta en materia de gestión de fondos Next
Generation EU del Ministerio del Interior y en todas aquellas normas y declaraciones que
exija en cada momento la normativa vigente.

cve: BOE-A-2023-1915
Verificable en https://www.boe.es

Objetivo