III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-1915)
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad, la Universidad Autónoma de Madrid y la Fundación de la Universidad Autónoma de Madrid, para el desarrollo de recursos digitales docentes compartidos enfocados a la mejora de competencias digitales en el ámbito de la transformación digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19

Lunes 23 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 9259

7. La Comisión se reunirá, al menos, una vez al año y siempre que lo solicite
alguna de las partes.
8. En todo lo no dispuesto en este convenio, el régimen de organización y
funcionamiento de la comisión mixta se rige por lo dispuesto para los órganos colegiados
en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de LRJSP.
Duodécima.

Modificación del convenio.

Las partes podrán modificar el presente documento en cualquier momento de la
vigencia del convenio por mutuo acuerdo mediante la correspondiente adenda, que
deberá tramitarse conforme al procedimiento seguido para su suscripción de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 50 LRJSP.
Decimotercera.

Publicidad.

1. Las partes prestan expresamente su consentimiento para que se dé al presente
convenio la publicidad exigida, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno.
2. En cumplimiento del artículo 34 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia, la UAM hará mención al origen de la aportación
económica realizada en el marco de este convenio por la Unión Europea y velará por
darle visibilidad, incluido, cuando proceda, mediante el emblema de la Unión y una
declaración de financiación adecuada que indique «financiado por la Unión Europea NextGenerationEU».
3. Con respecto de las cuestiones de publicidad y comunicación, la UAM se atendrá
al contenido del artículo 9 de la Orden Ministerial HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
Imagen Institucional.

1. Cada una de las partes destacará la colaboración que mantiene con la otra en
cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión de sus actividades conjuntas,
incluido el material impreso, con la inclusión de los correspondientes logotipos,
comprometiéndose ambas partes a respetar recíprocamente sus directrices de imagen
institucional.
2. Cada una de las partes que suscribe este convenio autoriza a la otra parte a usar
su logotipo en todas las acciones orientadas a la difusión y comunicación (elaboración de
material de marketing, publicación en páginas web, difusión en redes sociales), así como
en los materiales y actividades que se desarrollen en ejecución del presente convenio.
La autorización que realiza cada parte no supone cesión, traspaso o renuncia de los
derechos que cada una de las partes ostenta sobre su propio logotipo y marca. Cada
parte se reserva el derecho a retirar el consentimiento para el uso de su logotipo por la
otra parte, sin alegar causa alguna. En todo caso, la retirada de la autorización para el
uso de su logotipo se deberá notificar de forma fehaciente. Asimismo, las partes podrán
acordar la utilización de logotipos de terceras entidades colaboradoras, que participen en
las actividades formativas previstas en este convenio.
3. En concreto, y, al tratarse de actuaciones relacionadas con la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, todas las actividades realizadas al amparo del
presente convenio incorporarán el logo oficial de dicho Plan del Reino de España, en los
términos que se comuniquen por la Autoridad Responsable indicada en el artículo 20 del Real
Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la
modernización de la Administración Pública y para la ejecución del PRTR.
4. En todo caso, se tomará en consideración lo dispuesto en el artículo 10 del
Acuerdo de Financiación entre la Comisión Europea y el Reino de España, por el que se
concreta el marco en relación con la publicación de información, visibilidad de la

cve: BOE-A-2023-1915
Verificable en https://www.boe.es

Decimocuarta.