III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-1915)
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad, la Universidad Autónoma de Madrid y la Fundación de la Universidad Autónoma de Madrid, para el desarrollo de recursos digitales docentes compartidos enfocados a la mejora de competencias digitales en el ámbito de la transformación digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19

Lunes 23 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 9258

La documentación de cada actividad que se realice al amparo del convenio incluirá,
en su caso, la oportuna cláusula sobre el tratamiento concreto los datos personales, con
especificación de los puntos legalmente exigibles.
3. Los datos personales que sean objeto de tratamiento con motivo del convenio se
incorporarán a los Registros de Actividades de Tratamiento (RAT) de cada una de las
partes intervinientes, con la finalidad de gestionar la descrita en el convenio. Las partes
intervinientes se abstendrán de cualquier tratamiento de los datos personales que no sea
estrictamente necesario para el cumplimiento de los fines del convenio.
4. Si las partes intervinientes en el convenio destinasen los datos personales que
obtengan a consecuencia del mismo a otra finalidad, los comunicasen o utilizasen
incumpliendo lo estipulado en el convenio y/o en la normativa de protección de datos
personales, cada una de las partes intervinientes responderá de las responsabilidades
que deriven de los daños y perjuicios causados, a fin de garantizar al perjudicado la
indemnización efectiva, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 82.5 del RGPD europeo.
5. Las garantías que, en orden a los datos personales, se establecen tendrán
validez durante la vigencia del presente convenio.
Décima.

Utilización de los resultados de la colaboración.

Los posibles derechos de explotación que pudiesen surgir fruto de las actividades
realizadas al amparo de este convenio corresponderán de forma compartida a las partes
firmantes de este convenio, en las condiciones legales que les sean de aplicación.
Undécima.

Mecanismo de ejecución, seguimiento y control del convenio.

1. La ejecución de este convenio de colaboración se encomienda a Jefatura de
Enseñanza de la DGGC y al Prof. Dr. don Javier Ortega García, Catedrático de Teoría de
la Señal y Comunicaciones de la Escuela Politécnica Superior de la UAM y Director de la
Escuela de Transformación Digital de la UAM.
2. Para el seguimiento y control de las actividades de colaboración descritas en
este convenio, así como para la resolución de los problemas de ejecución e
interpretación que pudieran plantearse, las partes acuerdan crear una comisión mixta y
paritaria. Esta comisión estará integrada por tres representantes por parte de la DGGC y
tres representantes por parte de la UAM y la FUAM. La presidencia se ocupará con
alternancia anual entre la UAM y la DGGC, iniciándose por la DGGC.
3. Los representantes de la UAM y de la FUAM, respectivamente, serán los
siguientes:

4. Los tres representantes de la Secretaría de Estado de Seguridad serán
nombrados por la personal titular de la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil a
propuesta de la UCCIBER, en un plazo no superior a un mes a contar desde el día de la
firma del presente convenio.
5. Podrán incorporarse a la comisión mixta, sin voto, los técnicos o representantes
de las entidades que las partes consideren oportunos atendiendo a los temas a tratar.
6. La adopción de decisiones en el seno de la comisión mixta se realizará por
asentimiento de las partes. En ningún caso podrán adoptarse decisiones que excedan de
las estrictas funciones de control y seguimiento y de resolución de posibles conflictos
previstas en este convenio. Los representantes de las partes firmantes de este convenio
podrán proponer la adopción de líneas de actuación para su consideración y aprobación
por la comisión mixta.

cve: BOE-A-2023-1915
Verificable en https://www.boe.es

– El Vicerrector de Transferencia, Innovación y Cultura, Prof. Dr. don Félix Zamora
Abanades, o persona en quien delegue.
– El IP del desarrollo de las actividades de colaboración, Prof. Dr. don Javier Ortega
García, o persona en quien delegue.
– El Director General de la FUAM, don José Ramón Seoane, o persona en quien
delegue.