III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-1942)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Parque eólico Carballoso en los términos municipales de A Lama y Fornelos de Montes (Pontevedra), y Avión (Orense)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 23 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 9613

zanjas para la línea subterránea se excavarán siguiendo los viales del parque eólico y la
afección a los humedales inventariados, en caso necesario, se limitará a las zonas de
ocupación permanente. Asimismo, se balizará y señalizará la zona de encharcamiento
temporal situada a 40 m de la línea subterránea, para evitar su ocupación y afección por
las obras.
Se realizará una prospección de fauna previa a las obras para identificar posibles
nidos de avifauna y la presencia de desmán ibérico en los cursos de agua en el entorno
del proyecto. En caso de encontrarse nidificaciones o camadas de especies catalogadas,
no podrán ser trasladadas y se jalonará una superficie suficiente para garantizar la no
afección al éxito reproductor de la especie. En caso de detectarse indicios de la
presencia de desmán ibérico, se pondrá en conocimiento de la Dirección General de
Patrimonio Natural de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda de la Xunta
de Galicia que dictará las medidas oportunas.
Se señalizará la presencia de los cursos de agua y charcas de la zona del proyecto y
su entorno. Se limitarán las obras a los cruces de la línea subterránea en los tres cauces
sin nombre y se evitarán ocupaciones y afecciones en el resto, así como el paso de
personal y el uso de maquinaria por los mismos como medida de protección a los
anfibios.
Se evitarán los trabajos iniciales de desbroce y los movimientos de tierras durante el
periodo de reproducción de las especies que puedan utilizarla como refugio o como
sustrato para la nidificación. El calendario de obras se fijará en coordinación con la
Dirección General de Patrimonio Natural de la Xunta de Galicia. Asimismo, se evitarán
los trabajos nocturnos durante la construcción.
En el caso de ser necesarios pasos canadienses en alguno de los viales para impedir
el paso de ganado, deberán ir dotados de medidas que permitan el escape de los
pequeños animales que hayan podido caer en el foso.
Se realizará el balizamiento nocturno de los aerogeneradores mediante luz roja
continua, ya en horas crepusculares y no sólo durante la noche, dado que estas horas
son muy activas para la fauna.
Las torres de medición del viento serán autosoportadas, sin cables tensores
(vientos).
En los meses más sensibles para los quirópteros, desde una hora antes del ocaso
hasta tres horas después del mismo, con velocidades de viento inferiores al 6 m/s los
aerogeneradores permanecerán parados. Este período de paro será determinado en
coordinación con la Dirección General de Patrimonio Natural.
Previamente a la puesta en marcha, se instalarán dispositivos que permitan la
detección de sobrevuelo de aves en todo el espacio aéreo del parque y un sistema
automático de predicción de trayectorias que determine la parada automática anticipada
de los aerogeneradores. Además, se realizará el cromado de las palas de los
aerogeneradores, y en caso de que el seguimiento determine presencia de especies de
vuelo bajo se cromará también la parte baja de la torre.
En caso de que el seguimiento indique la muerte de ejemplares de aves y
quirópteros protegidos por colisión con algún aerogenerador, se aplicará el protocolo de
actuación con aerogeneradores conflictivos definido en el anexo de esta resolución.
Medidas compensatorias de la mortalidad realmente causada a especies clave de
aves y quirópteros protegidas: Anualmente, durante toda la fase de explotación, el
promotor remitirá a la Dirección General de Patrimonio Natural de la Xunta de Galicia,
el resultado del seguimiento anual de mortalidad de aves y quirópteros en el parque. El
promotor deberá ejecutar medidas compensatorias para cada especie protegida con bajas
en el año por el funcionamiento del parque, según el criterio del organismo autonómico,
para evitar pérdidas netas a las poblaciones de las especies protegidas afectadas.
Se llevará a cabo un seguimiento de los efectos acumulativos y sinérgicos sobre la
avifauna y los quirópteros entre los parques eólicos que existan en el entorno en el
momento en el que este parque eólico entre en funcionamiento, se hubieran considerado
o no en la documentación evaluada. Se tendrán en cuenta también las infraestructuras

cve: BOE-A-2023-1942
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Núm. 19