III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-1942)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Parque eólico Carballoso en los términos municipales de A Lama y Fornelos de Montes (Pontevedra), y Avión (Orense)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 9610
O Patataco, conjunto de O Patataco, Xesteiro de O Patataco, chozo de O Patataco, pena
Coberta Grande y Cruz conmemorativa.
El estudio arqueológico y el estudio de impacto ambiental contemplan medidas
protectoras y correctoras para evitar las afecciones a los elementos del patrimonio cultural.
Incidencia socioeconómica sobre el territorio
El entorno se caracteriza por contar con núcleos rurales con un carácter
eminentemente residencial. Los valores límite legales más restrictivos para los índices de
ruido se refieren a los niveles nocturnos y hacen referencia al índice Ln. No se prevé
afección acústica que supere los umbrales legales en ninguno de los núcleos de
población ni edificaciones residenciales aisladas, que se encuentran fuera de las bandas
acústicas superiores a los 45 dB(A), calculadas según un modelo a partir del
funcionamiento de los aerogeneradores.
En cuanto al efecto parpadeo (flicker), el resultado del modelo indica que ninguno de
los receptores supera o iguala el umbral de las treinta horas anuales, en el peor
escenario, esto es, sin considerar la disminución asociada a nubosidad o nieblas, y
considerando el movimiento continuo del rotor y constante de los aerogeneradores,
siguiendo el criterio establecido en la WEA-Schattenwurf-Hinweise. En el caso real, la
afección será menor, al considerar la reducción producida por los días con cielos
cubiertos y la orientación cambiante de los aerogeneradores con respecto a los
receptores considerados según las condiciones del viento.
Los campos magnéticos creados por la línea subterránea, los aerogeneradores y el
centro de seccionamiento y medida son inferiores a los límites legales en su entorno
próximo. La distancia de estas instalaciones a las zonas habitadas, más de 1 km, hace
que aumenten los márgenes de seguridad para la población.
El proyecto generará afección sobre la aptitud agroganadera y forestal de la zona, ya
que implica limitaciones en el uso de los suelos en el área de gestión de la biomasa en
torno a las infraestructuras. Se afectará a la gestión de la biomasa en 25,86 ha de
brezales secos y repoblaciones forestales.
Un tramo de la línea subterránea está proyectado sobre la concesión minera
Alberta I, en estudio para la obtención de tántalo, niobio, litio, estaño o wolframio, que no
presenta actividad actualmente.
El proyecto afectará a cuatro terrenos cinegéticamente ordenados: Sexta e Seixido
(PO-10168), A Laxe-Berducido (PO-10177), Couso-Avión (OU-10186) y San Agustín
(OU-10032).
El proyecto ocupa seis montes vecinales en mano común: A Laxe, en el Concello de
Fornelos de Montes; Abelenda y Comunal de Couso, en el Concello de Avión; y
Berducido, Seixido y Xiesta, en el Concello de A Lama.
Los tres municipios donde se localiza el proyecto están clasificados como zona de
alto riesgo de incendio forestal según el Plan de prevención y defensa contra los
incendios forestales de Galicia (PLADIGA).
Respecto al turismo, durante la fase de construcción, las afecciones se pueden producir
por ruidos y por aumento de tráfico en la zona y, durante la fase de funcionamiento, la
presencia del parque eólico generará un impacto visual. El parque eólico se verá desde 8
alojamientos turísticos de los 27 que se encuentran en el ámbito de los 15 km.
Se consideran como impacto positivo las acciones susceptibles de generar empleo.
El parque eólico y la línea subterránea ocupan un área de captación de aguas de una
zona sensible (ESCM1216). Cerca del parque se localizan varios puntos de captaciones
de abastecimiento humano en la Demarcación Galicia Costa, y cerca de la línea
subterránea, se encuentran captaciones subterráneas de abastecimiento de la
Demarcación de Miño Sil.
El parque eólico se localiza dentro del Plan sectorial de implantación desarrollo de
las infraestructuras de la Xunta de Galicia gestionadas por RETEGAL en el área
cve: BOE-A-2023-1942
Verificable en https://www.boe.es
7.
Núm. 19
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 9610
O Patataco, conjunto de O Patataco, Xesteiro de O Patataco, chozo de O Patataco, pena
Coberta Grande y Cruz conmemorativa.
El estudio arqueológico y el estudio de impacto ambiental contemplan medidas
protectoras y correctoras para evitar las afecciones a los elementos del patrimonio cultural.
Incidencia socioeconómica sobre el territorio
El entorno se caracteriza por contar con núcleos rurales con un carácter
eminentemente residencial. Los valores límite legales más restrictivos para los índices de
ruido se refieren a los niveles nocturnos y hacen referencia al índice Ln. No se prevé
afección acústica que supere los umbrales legales en ninguno de los núcleos de
población ni edificaciones residenciales aisladas, que se encuentran fuera de las bandas
acústicas superiores a los 45 dB(A), calculadas según un modelo a partir del
funcionamiento de los aerogeneradores.
En cuanto al efecto parpadeo (flicker), el resultado del modelo indica que ninguno de
los receptores supera o iguala el umbral de las treinta horas anuales, en el peor
escenario, esto es, sin considerar la disminución asociada a nubosidad o nieblas, y
considerando el movimiento continuo del rotor y constante de los aerogeneradores,
siguiendo el criterio establecido en la WEA-Schattenwurf-Hinweise. En el caso real, la
afección será menor, al considerar la reducción producida por los días con cielos
cubiertos y la orientación cambiante de los aerogeneradores con respecto a los
receptores considerados según las condiciones del viento.
Los campos magnéticos creados por la línea subterránea, los aerogeneradores y el
centro de seccionamiento y medida son inferiores a los límites legales en su entorno
próximo. La distancia de estas instalaciones a las zonas habitadas, más de 1 km, hace
que aumenten los márgenes de seguridad para la población.
El proyecto generará afección sobre la aptitud agroganadera y forestal de la zona, ya
que implica limitaciones en el uso de los suelos en el área de gestión de la biomasa en
torno a las infraestructuras. Se afectará a la gestión de la biomasa en 25,86 ha de
brezales secos y repoblaciones forestales.
Un tramo de la línea subterránea está proyectado sobre la concesión minera
Alberta I, en estudio para la obtención de tántalo, niobio, litio, estaño o wolframio, que no
presenta actividad actualmente.
El proyecto afectará a cuatro terrenos cinegéticamente ordenados: Sexta e Seixido
(PO-10168), A Laxe-Berducido (PO-10177), Couso-Avión (OU-10186) y San Agustín
(OU-10032).
El proyecto ocupa seis montes vecinales en mano común: A Laxe, en el Concello de
Fornelos de Montes; Abelenda y Comunal de Couso, en el Concello de Avión; y
Berducido, Seixido y Xiesta, en el Concello de A Lama.
Los tres municipios donde se localiza el proyecto están clasificados como zona de
alto riesgo de incendio forestal según el Plan de prevención y defensa contra los
incendios forestales de Galicia (PLADIGA).
Respecto al turismo, durante la fase de construcción, las afecciones se pueden producir
por ruidos y por aumento de tráfico en la zona y, durante la fase de funcionamiento, la
presencia del parque eólico generará un impacto visual. El parque eólico se verá desde 8
alojamientos turísticos de los 27 que se encuentran en el ámbito de los 15 km.
Se consideran como impacto positivo las acciones susceptibles de generar empleo.
El parque eólico y la línea subterránea ocupan un área de captación de aguas de una
zona sensible (ESCM1216). Cerca del parque se localizan varios puntos de captaciones
de abastecimiento humano en la Demarcación Galicia Costa, y cerca de la línea
subterránea, se encuentran captaciones subterráneas de abastecimiento de la
Demarcación de Miño Sil.
El parque eólico se localiza dentro del Plan sectorial de implantación desarrollo de
las infraestructuras de la Xunta de Galicia gestionadas por RETEGAL en el área
cve: BOE-A-2023-1942
Verificable en https://www.boe.es
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