III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-1939)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Planta fotovoltaica Elawan Ayora III", en los términos municipales de Carcelén (Albacete) y Jarafuel y Zarra (Valencia).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 9575
Se deberá presentar un plan de restauración de las zonas que queden desprovistas
de vegetación, así como de posibles taludes de viales de acceso, debiendo
contemplarse medidas de revegetación atendiendo a la normativa vigente sobre
materiales forestales de reproducción (Real Decreto 289/2003, de 7 de marzo, sobre
comercialización de los materiales forestales de reproducción). En la apertura de zanjas,
se conservará la capa de tierra vegetal para facilitar la revegetación a través del propio
banco de semillas.
En relación a las labores de mantenimiento y control de la vegetación espontánea
que pueda surgir en los campos solares (bajo los seguidores y en los pasillos de
separación), deberán emplearse técnicas alternativas frente al uso de fitocidas o
herbicidas, con especial atención al control mediante el pastoreo con ganado ovino y/o el
desbroce manual con medios mecánicos. En cualquier caso, queda prohibida la
utilización de herbicidas, plaguicidas, insecticidas, rodenticidas y otros productos
químicos que por sus características provoquen perturbaciones en los sistemas vitales
de la fauna silvestre que potencialmente utilice este entorno como zona de alimentación
en particular la avifauna insectívora y granívora, los pequeños roedores o las especies
que precisan el consumo de insectos en determinadas etapas de su vida.
Previo al inicio de las obras se volverán a realizar prospecciones del terreno en la
época adecuada y por un técnico especializado en botánica, para localización, y el
establecimiento de medidas adecuadas para evitar los impactos sobre la vegetación
natural.
Patrimonio cultural:
Geología y suelo:
Los seguidores se instalarán mediante hincado en el terreno y únicamente se admite
la cimentación como alternativa, previa justificación y solicitud de informe de afección y
no se retirará la tierra vegetal para implantar los seguidores solares, debiéndose ceñirse
tan solo a retirar la parte de la capa indispensable para implantarlos.
En el relleno superficial de las zanjas se utilizará el mismo material previamente
retirado para permitir la nueva colonización por las especies típicas de dicho hábitat a
través del propio banco de semillas.
cve: BOE-A-2023-1939
Verificable en https://www.boe.es
En relación a las vías pecuarias afectadas, es preceptivo disponer de la autorización
de ocupación o cruce correspondiente. En relación a este aspecto, el replanteo de
vallados perimetrales, se realizará bajo la supervisión de la Sección correspondiente del
Servicio provincial y los Agentes Medioambientales.
Se adoptarán medidas para evitar fenómenos erosivos y pérdida de suelo por
movimiento de tierras en la fase de ejecución del proyecto y de explotación.
Se efectuará un control arqueológico por un arqueólogo en las obras de remoción de
tierras necesarias para la ejecución del proyecto. En el caso de aparición de hallazgos
casuales, se actuará de acuerdo con lo que disponga la Delegación Provincial de
Educación, Cultura y Deportes de Albacete Servicio Patrimonio y Arqueología, de la
Consejería y Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha y al Servicio Patrimonio y Arqueología, de la Consejería y Educación, Cultura y
Deportes de la Comunidad Valenciana.
En caso de que aparecieran restos de valor cultural, se paralizarán inmediatamente
los trabajos afectados y se comunicará a la autoridad en patrimonio cultural. Las
modificaciones del proyecto deben contar igualmente con autorización de la autoridad en
patrimonio cultural.
En relación a los elementos de interés encontrados en la prospección arqueológica,
se deberán tomar las medidas adecuadas de acuerdo a lo que establezcan los servicios
de Patrimonio de cada provincia en sus informes. En cualquier caso, se deberá atender a
la resolución, que está pendiente que emitan sobre este expediente para que continúe el
desarrollo del proyecto.
Núm. 19
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 9575
Se deberá presentar un plan de restauración de las zonas que queden desprovistas
de vegetación, así como de posibles taludes de viales de acceso, debiendo
contemplarse medidas de revegetación atendiendo a la normativa vigente sobre
materiales forestales de reproducción (Real Decreto 289/2003, de 7 de marzo, sobre
comercialización de los materiales forestales de reproducción). En la apertura de zanjas,
se conservará la capa de tierra vegetal para facilitar la revegetación a través del propio
banco de semillas.
En relación a las labores de mantenimiento y control de la vegetación espontánea
que pueda surgir en los campos solares (bajo los seguidores y en los pasillos de
separación), deberán emplearse técnicas alternativas frente al uso de fitocidas o
herbicidas, con especial atención al control mediante el pastoreo con ganado ovino y/o el
desbroce manual con medios mecánicos. En cualquier caso, queda prohibida la
utilización de herbicidas, plaguicidas, insecticidas, rodenticidas y otros productos
químicos que por sus características provoquen perturbaciones en los sistemas vitales
de la fauna silvestre que potencialmente utilice este entorno como zona de alimentación
en particular la avifauna insectívora y granívora, los pequeños roedores o las especies
que precisan el consumo de insectos en determinadas etapas de su vida.
Previo al inicio de las obras se volverán a realizar prospecciones del terreno en la
época adecuada y por un técnico especializado en botánica, para localización, y el
establecimiento de medidas adecuadas para evitar los impactos sobre la vegetación
natural.
Patrimonio cultural:
Geología y suelo:
Los seguidores se instalarán mediante hincado en el terreno y únicamente se admite
la cimentación como alternativa, previa justificación y solicitud de informe de afección y
no se retirará la tierra vegetal para implantar los seguidores solares, debiéndose ceñirse
tan solo a retirar la parte de la capa indispensable para implantarlos.
En el relleno superficial de las zanjas se utilizará el mismo material previamente
retirado para permitir la nueva colonización por las especies típicas de dicho hábitat a
través del propio banco de semillas.
cve: BOE-A-2023-1939
Verificable en https://www.boe.es
En relación a las vías pecuarias afectadas, es preceptivo disponer de la autorización
de ocupación o cruce correspondiente. En relación a este aspecto, el replanteo de
vallados perimetrales, se realizará bajo la supervisión de la Sección correspondiente del
Servicio provincial y los Agentes Medioambientales.
Se adoptarán medidas para evitar fenómenos erosivos y pérdida de suelo por
movimiento de tierras en la fase de ejecución del proyecto y de explotación.
Se efectuará un control arqueológico por un arqueólogo en las obras de remoción de
tierras necesarias para la ejecución del proyecto. En el caso de aparición de hallazgos
casuales, se actuará de acuerdo con lo que disponga la Delegación Provincial de
Educación, Cultura y Deportes de Albacete Servicio Patrimonio y Arqueología, de la
Consejería y Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha y al Servicio Patrimonio y Arqueología, de la Consejería y Educación, Cultura y
Deportes de la Comunidad Valenciana.
En caso de que aparecieran restos de valor cultural, se paralizarán inmediatamente
los trabajos afectados y se comunicará a la autoridad en patrimonio cultural. Las
modificaciones del proyecto deben contar igualmente con autorización de la autoridad en
patrimonio cultural.
En relación a los elementos de interés encontrados en la prospección arqueológica,
se deberán tomar las medidas adecuadas de acuerdo a lo que establezcan los servicios
de Patrimonio de cada provincia en sus informes. En cualquier caso, se deberá atender a
la resolución, que está pendiente que emitan sobre este expediente para que continúe el
desarrollo del proyecto.