III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-1937)
Resolución de 13 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Instalación híbrida Morón de Almazán y su infraestructura de evacuación", en el término municipal de Morón de Almazán, provincia de Soria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 23 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 9549

las incluidas en la información pública, en tanto no contradigan la presente resolución,
así como las siguientes condiciones:
Si durante las actuaciones asociadas al presente proyecto se detectase algún
impacto no analizado o cuya magnitud fuera superior a la evaluada se comunicará dicha
circunstancia al órgano autonómico competente para la determinación de la forma de
proceder.
Al tratarse de un proyecto de hibridación, las medidas y condiciones deben ir acordes
en su conjunto, coordinadas y relacionadas en lo posible con las establecidas para la
parte eólica del proyecto.
Se realizará una prospección previa de flora para detectar posibles especies
amenazadas y de fauna para identificar posibles nidos que hayan podido nidificar en el
terreno de la planta y en el trazado de la línea de evacuación.
Se deberá realizar un muestreo de campo exhaustivo previo las obras de
construcción del complejo solar en la zona de actuación y su área de influencia (en torno
a 1 km), así como en las masas forestales circundantes o de ribera, con el fin de detectar
posibles especies amenazadas de flora y de fauna para identificar la posible de aves
nidificando en la zona o de nidos (milano negro) y en sus inmediaciones por si hay que
establecer medidas preventivas adicionales, debiendo comunicarse al Servicio
Provincial. Se respetará el periodo de nidificación, presentando un plan de trabajo que
minimice su afección.
Se aportarán parcelas con una superficie equivalente al 100 % de la instalación
proyectada, a modo de mejora de los hábitats de la avifauna esteparia, elaborando un
Plan de Conservación de esteparias aprobado y consensuado con el Servicio Territorial
de Medio Ambiente de Soria de la Junta de Castilla y León. Entre las medidas a
incorporar siguiendo las estrategias de conservación del Plan de Gestión «Zonas de
especial protección para las Aves de ambientes esteparios», se aumentarán las
superficies de barbecho tradicional y su mantenimiento a largo plazo, alzado tardío del
rastrojo, empleo de leguminosas de grano y/o utilización de cereales de ciclo largo y no
tratadas con productos fitosanitarios, fungicidas o rodenticidas, mantenimiento de
pastizales naturales así como restablecer lindes con vegetación herbáceas y fomentar la
transformación de cultivos herbáceos en pastizales permanentes.
Se respetará el periodo de nidificación para aquellos trabajos que puedan incidir en
la avifauna, presentando un plan de trabajo que minimice su afección, estableciendo un
calendario de obras, en coordinación con el Servicio Territorial de Medio Ambiente de la
Junta de Castilla y León.
De forma conjunta, se considera necesaria la elaboración de un plan de seguimiento
específico para la fauna que se extenderá durante toda la vida útil desde la puesta en
marcha por la instalación, prorrogables por periodos de igual o menos duración, en
función de los resultados obtenido, llevándose a cabo por una empresa independiente de
la responsable de la obra. Dicho plan deberá incluir tanto dentro como fuera de las
instalaciones mediante censos de fauna (aves esteparias, rapaces, quirópteros,
invertebrados) y seguimiento de mortalidad de la fauna, con aprobación del Servicio
Territorial de Medio Ambiente de Soria, e informes anuales de seguimiento.
Para realizar las zanjas, se minimizará su afección con la vegetación de las lindes,
evitando su afección y si fuese necesario su restauración y mejora. De igual modo, los
caminos públicos de paso para acceso a la instalación deberán mantenerse en perfectas
condiciones de uso, evitando su deterioro, así como las ocupaciones que dificulten el
tránsito o la funcionalidad de los mismos.
Durante las obras, se seleccionará el procedimiento de construcción que minimice la
alteración de la capa superficial del suelo, respetando la vegetación existente,
minimizando los movimientos de tierra en la superficie de la planta, así como los acopios
de cualquier tipo de material y zonas auxiliares deberán disponerse dentro del perímetro
del proyecto, fuera de las áreas naturales a conservar y evitando la evacuación de
solidos por escorrentía superficial.

cve: BOE-A-2023-1937
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Núm. 19