III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-1937)
Resolución de 13 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Instalación híbrida Morón de Almazán y su infraestructura de evacuación", en el término municipal de Morón de Almazán, provincia de Soria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19

Lunes 23 de enero de 2023
7.

Sec. III. Pág. 9548

Incidencia socio-económica sobre el territorio

El resumen ejecutivo no recoge modificaciones en la estructura poblacional de la
zona como consecuencia del proyecto ni impactos sobre el sistema demográfico. De
igual modo, no se citan afecciones significativas sobre el sistema territorial, habiéndose
desestimado el incremento del tráfico y la alteración de los usos del suelo. Así, el único
impacto relevante sobre el medio socio-económico es el derivado de la generación de
empleo, el cual considera positivo.
La localización de la instalación de la planta solar fotovoltaica se encuentra a menos
de 3 km del núcleo urbano más cercano, Morón de Almazán, con 194 habitantes según
el censo de 2020.
Según los datos del Servicio de Defensa del Medio Natural de la Junta de Castilla y
León, la zona de ejecución del proyecto no se encuentra catalogada dentro de las áreas
registradas como de alto riesgo de incendios.
De acuerdo con la cartografía digital del Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico, en relación a los fenómenos erosivos producidos por el viento, los
terrenos en que se localiza el proyecto presentan un riesgo de erosión eólica bajo-medio
y un riesgo de erosión laminar baja.
En el caso de que se vean afectadas infraestructuras agrarias, especialmente los
caminos de accesos, serán necesarias medidas correctoras asegurando la continuidad
de los mismos y el acceso por camión a las fincas colindantes.
El estudio de campos magnéticos recoge que los valores de campo magnético en el
perímetro exterior de la planta fotovoltaica son inferiores al límite de 100 μT, por lo que
no implica emisiones superiores a los máximos permitidos en las instalaciones de alta
tensión. En consecuencia, no es necesaria ninguna protección o mitigación adicional del
campo magnético generado por la planta fotovoltaica en el exterior, ya que no presenta
riesgo para la salud.
Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos

En la zona del proyecto, se encuentran varias instalaciones en funcionamiento. En
relación a las plantas fotovoltaicas, en un radio de 10 Km, existen 11 plantas, de las
cuales, 10 están en proyección incluyendo el proyecto objeto de este procedimiento, con
una superficie total de 383,92 ha y una potencia total de 247,51 MW. En relación a los
parques eólicos, se localizan 5 en funcionamiento y dos en tramitación, con un total
de 110 aerogeneradores y una potencia total de 305,45 MW.
El parque eólico con el que hibrida este proyecto, Morón de Almazán, cuenta con 25
aerogeneradores con una potencia de 50 MW.
De acuerdo con la metodología empleada, la envolvente de 10 km en torno al
proyecto supone una superficie total de 35.483,91 ha. Dentro de esta superficie resultará
visible la planta fotovoltaica en el 12,18 % de dicha envolvente.
En este mismo sentido, el cálculo de las cuencas visuales indica que, actualmente,
son visibles proyectos similares desde un 84,46 % del territorio comprendido en la
envolvente de 10 km, y que la construcción de la Instalación Híbrida Morón de Almazán
únicamente haría aumentar este valor en un 0,05 %. Por otra parte, en caso de llevarse a
cabo todos los proyectos en tramitación, el porcentaje de visibilidad de alguna de las
infraestructuras aumentaría aproximadamente un 10 %, con lo que desde prácticamente
cualquier punto de la envolvente habría visibilidad de alguna componente de los
proyectos, lo cual supone un importante efecto sobre la calidad paisajística de la zona,
pasando de una visibilidad del 85 % al 95 %.
La ocupación del terreno por parte de los proyectos supone un impacto
significativamente negativo sobre la conectividad ecológica, con una pérdida y/o
fragmentación del hábitat y el aumento del efecto barrera en la dispersión, así como
cambios en su uso por parte de las especies.
El promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias y el Plan de Vigilancia contemplados en el estudio de impacto ambiental,

cve: BOE-A-2023-1937
Verificable en https://www.boe.es

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