III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-1935)
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos "Los Quincetos", "El Espino" y "Las Coronas" de 50,1 MWp cada uno, y su infraestructura de evacuación asociada en los términos municipales de Mota del Marqués, Vega de Valdetronco, Marzales, Tordesillas y Bercero (Valladolid)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 23 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 9525

Toda actuación no prevista que surja durante el transcurso de las obras y/o la vida
útil de las instalaciones, así como en la fase de desmantelamiento de estas y que pueda
afectar al dominio público hidráulico será puesta en conocimiento de la Confederación
Hidrográfica del Duero, a la mayor brevedad posible. Asimismo, antes de la autorización
del proyecto, el promotor deberá asegurarse de la adecuada tramitación de la extinción
de los derechos de agua de los propietarios de los terrenos dado que la planta
fotovoltaica tiene una vida útil superior al plazo fijado por el Reglamento del Dominio
Público Hidráulico.
18) La ejecución del proyecto no deberá afectar a ningún yacimiento arqueológico.
Para ello, las superficies identificadas como yacimiento y una superficie de reserva
adicional que proteja su perímetro exterior se excluirán de la colocación de cualquier tipo
de infraestructura relacionada con el proyecto, ya sea temporal o permanente. El
perímetro de protección de todos los yacimientos arqueológicos deberá quedar
adecuadamente balizado y señalizado y se formará e informará adecuadamente al
personal de obra para su adecuada conservación.
Todo movimiento de tierras necesario para la ejecución del proyecto deberá contar
con el adecuado control arqueológico por técnico especialista. Este control arqueológico
será especialmente intensivo en las zonas del proyecto cercanas a los yacimientos
arqueológicos.
El promotor deberá cumplir todas las condiciones y medidas establecidas por el
Servicio Territorial de Cultura y Turismo de Valladolid de la Junta de Castilla y León y la
disposición final de los elementos del proyecto (módulos fotovoltaicos, vallado, líneas de
evacuación, etc.), así como la distancia para establecer la zona de reserva arqueológica
alrededor de los yacimientos arqueológicos inventariados, deberá contar con su
aprobación.
Antes de la ejecución del proyecto, el nuevo trazado soterrado de la línea eléctrica de
evacuación desde la SET Martínez Montes hasta la SET Tordesillas Renovables deberá
contar con informe favorable del Servicio Territorial de Cultura de Valladolid de la Junta
de Castilla y León y de la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural y aplicar, en su
caso, las medidas preventivas indicadas.
19) Todas las actividades en fase de obra y de explotación deberán cumplir con la
Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León. Asimismo, la iluminación de las
instalaciones deberá cumplir con la Ley 15/2010, de 10 de diciembre, de Prevención de
la Contaminación Lumínica y del Fomento del Ahorro y Eficiencia Energéticos Derivados
de Instalaciones de Iluminación de Castilla y León.
20) Los vallados perimetrales a las instalaciones de la planta fotovoltaica deberán
ser permeables a la fauna, por lo que se empleará un vallado de tipo cinegético con la
luz de malla amplia, lo más cercano posible a 30x30 cm en la parte inferior más próxima
al suelo, sin zócalo ni sujeción inferior al terreno. En ningún caso se utilizarán mallas de
simple torsión o tipo gallinero, ni contendrán alambre de espino ni otros elementos
cortantes. Asimismo, se instalarán gateras y pasos de dimensiones amplias (40x40 cm)
en algunos puntos del vallado o se procederá a la elevación de la parte inferior de todo el
vallado entre 20 y 30 cm por encima del terreno con el fin de alcanzar la máxima
permeabilidad posible para toda la fauna, incluidos los mamíferos terrestres de mayor
tamaño presentes en la zona. Para hacerlo más visible a las aves y evitar la colisión, el
vallado se señalizará, con placas metálicas o plásticas de color blanco, mates y sin
bordes cortantes de 25x25 cm, y se colocarán a tresbolillo en la parte superior del
vallado. La altura del vallado no será superior a los dos metros.
21) Se instalará una franja vegetal en el exterior de los vallados perimetrales para
ocultar las instalaciones fotovoltaicas y evitar posibles reflejos metálicos del vallado y de
los paneles solares. Se realizará una plantación por bosquetes y pequeñas alineaciones
(plantadas a tresbolillo) utilizando especies arbóreas y arbustivas propias del entorno,
cuyas tallas durante la madurez sean similares, o algo superiores, a la altura máxima de
los paneles fotovoltaicos. La pantalla vegetal se instalará en todos los contornos de los
subcampos de los parques fotovoltaicos (aunque el vallado límite con un camino

cve: BOE-A-2023-1935
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Núm. 19