III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-1934)
Resolución de 10 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques solares fotovoltaicos Elawan Olmedo I de 50,064 MW, Elawan Olmedo II de 50,064 MW y Elawan Olmedo III de 50,064 MW y su infraestructura de evacuación en Ramiro (Valladolid)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19

Lunes 23 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 9505

transformadores, pero la probabilidad de propagación se considera muy baja, teniendo
en cuenta, además, las medidas de protección con que cuenten las instalaciones.
El riesgo de peligrosidad sísmica es bajo en la provincia de Valladolid, mientras que
el riesgo de deslizamiento de ladera o el de hundimiento del terreno para la PSF es
medio en la mayor parte de la superficie ocupada por la planta.
Los recintos de la PSF no se encuentran en zonas inundables. Los municipios
afectados presentan riesgo potencial por inundación: bajo en Ramiro, medio en Medina
del Campo y «sin riesgo» en La Zarza y Olmedo. Además, no existe riesgo de lluvias
intensas en el ámbito de estudio, y los riesgos a consecuencia de nevadas serán bajos
tanto en todas las fases, según se indica en el informe de la Agencia de Protección Civil
de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.
Según el EsIA, actualmente, los terrenos afectados se encuentran dentro de la Zona
Vulnerable por nitratos derivada de la contaminación de origen agrario, denominada «Los
Arenales y Medina del Campo».
La Agencia de Protección Civil de la Junta de Castilla y León confirma que los
riesgos de estos proyectos son, en general, bajos o muy bajos e incluye algunas
condiciones generales, establecidas en el PVA, como: garantizar la mínima afección a la
superficie necesaria para la ejecución de la obra o seguimiento en la protección de los
cauces, aceptadas por el promotor. Así como respetar las buenas prácticas ambientales,
establecidas en el condicionado de la presente Declaración.
3.4

Programa de Vigilancia Ambiental (PVA).

El EsIA incluye un programa de vigilancia ambiental (PVA) para garantizar el
cumplimiento de la totalidad de las medidas preventivas y correctoras descritas, con
el que se prevé que todas las acciones impactantes del proyecto se vigilen, documenten
y reporten a las administraciones públicas competentes. El PVA propone unos
contenidos básicos, referidos a la fase de construcción y explotación:
– Fase de construcción:
● Seguimiento de las emisiones de polvo y ruido.
● Seguimiento de afecciones al suelo y el sistema hidrológico, control de residuos y
gestión de inertes.
● Seguimiento de la protección de los cauces. Se vigilará que se cumple la
protección de 50 metros respecto a los cauces.
● Seguimiento de las afecciones a flora y vegetación. Reconocimiento previo al inicio
de las obras para señalizar los elementos de vegetación de interés que puedan ser
afectados por las obras.
● Seguimiento de las afecciones a fauna, especialmente nidificaciones de especies
de interés conservacionista.
● Integración paisajística y restauración ambiental y morfológica.
● Seguimiento arqueológico.

● Seguimiento de las actuaciones contempladas en el programa de restauración y
gestión ambiental.
● Seguimiento de las afecciones a la fauna y, en particular, a la avifauna y
mamíferos carnívoros catalogados.
● Seguimiento de uso del espacio aéreo de águila imperial.
● Control de colisiones, daños por quemadura, electrocución de la avifauna y
reutilización del espacio. Búsqueda intensiva de cadáveres o cualquier resto de aves,
quirópteros o fauna en general dentro de la superficie vallada de la PFV.
● Seguimiento del correcto funcionamiento de la red de drenaje.

cve: BOE-A-2023-1934
Verificable en https://www.boe.es

– Fase de explotación: