III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-1934)
Resolución de 10 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques solares fotovoltaicos Elawan Olmedo I de 50,064 MW, Elawan Olmedo II de 50,064 MW y Elawan Olmedo III de 50,064 MW y su infraestructura de evacuación en Ramiro (Valladolid)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 9502
– Se elaborará un plan de restauración paisajística, donde se recojan las
actuaciones de instalación y mantenimiento de la plantación de la pantalla perimetral
interior y las teselas de vegetación del interior de la planta.
– En la revegetación de superficies temporalmente alteradas se realizarán
plantaciones con especies arbóreas y arbustivas forestales autóctonas.
3.2.8
Patrimonio Cultural y Bienes de Dominio Público.
Patrimonio Arqueológico.
Según el EsIA, dentro de los monumentos y lugares de interés que podemos
encontrar, según el catálogo de Bienes Protegidos de la Junta de Castilla y León, hay
catalogados en la zona once Bienes de Interés Cultural. En el EsIA de la PSV Elawan
Olmedo I se ha consultado la capa base de yacimientos arqueológicos de la Infraestructura
de Datos Espaciales de Investigación Arqueológica (IDEArq), comprobando que existe
un elemento de interés arqueológico en el término municipal de Medina del Campo,
denominado yacimiento de La Mota.
La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Castilla y León, informa
sobre una afección indirecta al bien arqueológico Camino de la Cagalera (50 m), por la
instalación de la PSV Elawan Olmedo II, aunque es compatible con el proyecto.
Respecto a la infraestructura de evacuación desde la SET Gomeznarro 132 kV hasta
la SET Olmedo Renovables 400 kV, esta misma Dirección General informa que existen
dos yacimientos catalogados:
– El Torrejón-La Fragua (Código JCYL 47-132-0001-03).
– Santa Eufemia (Código JCYL 47-232-0001-02).
El EsIA, establece una serie de medidas preventivas y correctoras, entre las que
destacan las siguientes:
Dicha Dirección General establece, en el condicionado, la exigencia de la realización
de un control arqueológico de todos los movimientos de tierra y una serie de medidas
preventivas a tener en cuenta por el promotor en el Plan de Vigilancia Ambiental (PVA)
para garantizar la viabilidad del proyecto, como la señalización de los yacimientos
durante la fase de obras y el seguimiento de estos posteriormente, además de las
indicadas en el subapartado Patrimonio cultural y Bienes de Dominio Público, del
apartado ii) Condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias
para los impactos más significativos.
Infraestructuras:
Entre las infraestructuras que se hallan en la zona de implantación, figuran las
siguientes vías de comunicación: las carreteras VP-9904 y CL-602 y la vía del ferrocarril,
así como las líneas eléctricas.
El soterramiento de la línea, según informa La Dirección General de Patrimonio
Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León, tal y como se ha indicado en los
cve: BOE-A-2023-1934
Verificable en https://www.boe.es
– Se realizará una prospección arqueológica para determinar las posibles afecciones
al patrimonio cultural en las zonas en las zonas afectadas.
– Al inicio de la fase de obra se señalizará la ubicación de los yacimientos
arqueológicos Santa Eufemia y Camino de la Cagalera, para evitar posibles afecciones,
debido a su proximidad a las zonas de actuación (10 m y 50 m, respectivamente).
– Se deberá colocar, mantener, reponer y trasladar toda la señalización, pasos
provisionales y elementos de seguridad necesarios.
– Se tendrá en cuenta el artículo 60 de la Ley 12/2002 de Patrimonio Cultural de
Castilla y León, que señala que, si en el transcurso de las obras aparecieran restos
históricos, arqueológicos o paleontológicos, deberá ponerse tal circunstancia en conocimiento
de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León.
Núm. 19
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 9502
– Se elaborará un plan de restauración paisajística, donde se recojan las
actuaciones de instalación y mantenimiento de la plantación de la pantalla perimetral
interior y las teselas de vegetación del interior de la planta.
– En la revegetación de superficies temporalmente alteradas se realizarán
plantaciones con especies arbóreas y arbustivas forestales autóctonas.
3.2.8
Patrimonio Cultural y Bienes de Dominio Público.
Patrimonio Arqueológico.
Según el EsIA, dentro de los monumentos y lugares de interés que podemos
encontrar, según el catálogo de Bienes Protegidos de la Junta de Castilla y León, hay
catalogados en la zona once Bienes de Interés Cultural. En el EsIA de la PSV Elawan
Olmedo I se ha consultado la capa base de yacimientos arqueológicos de la Infraestructura
de Datos Espaciales de Investigación Arqueológica (IDEArq), comprobando que existe
un elemento de interés arqueológico en el término municipal de Medina del Campo,
denominado yacimiento de La Mota.
La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Castilla y León, informa
sobre una afección indirecta al bien arqueológico Camino de la Cagalera (50 m), por la
instalación de la PSV Elawan Olmedo II, aunque es compatible con el proyecto.
Respecto a la infraestructura de evacuación desde la SET Gomeznarro 132 kV hasta
la SET Olmedo Renovables 400 kV, esta misma Dirección General informa que existen
dos yacimientos catalogados:
– El Torrejón-La Fragua (Código JCYL 47-132-0001-03).
– Santa Eufemia (Código JCYL 47-232-0001-02).
El EsIA, establece una serie de medidas preventivas y correctoras, entre las que
destacan las siguientes:
Dicha Dirección General establece, en el condicionado, la exigencia de la realización
de un control arqueológico de todos los movimientos de tierra y una serie de medidas
preventivas a tener en cuenta por el promotor en el Plan de Vigilancia Ambiental (PVA)
para garantizar la viabilidad del proyecto, como la señalización de los yacimientos
durante la fase de obras y el seguimiento de estos posteriormente, además de las
indicadas en el subapartado Patrimonio cultural y Bienes de Dominio Público, del
apartado ii) Condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias
para los impactos más significativos.
Infraestructuras:
Entre las infraestructuras que se hallan en la zona de implantación, figuran las
siguientes vías de comunicación: las carreteras VP-9904 y CL-602 y la vía del ferrocarril,
así como las líneas eléctricas.
El soterramiento de la línea, según informa La Dirección General de Patrimonio
Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León, tal y como se ha indicado en los
cve: BOE-A-2023-1934
Verificable en https://www.boe.es
– Se realizará una prospección arqueológica para determinar las posibles afecciones
al patrimonio cultural en las zonas en las zonas afectadas.
– Al inicio de la fase de obra se señalizará la ubicación de los yacimientos
arqueológicos Santa Eufemia y Camino de la Cagalera, para evitar posibles afecciones,
debido a su proximidad a las zonas de actuación (10 m y 50 m, respectivamente).
– Se deberá colocar, mantener, reponer y trasladar toda la señalización, pasos
provisionales y elementos de seguridad necesarios.
– Se tendrá en cuenta el artículo 60 de la Ley 12/2002 de Patrimonio Cultural de
Castilla y León, que señala que, si en el transcurso de las obras aparecieran restos
históricos, arqueológicos o paleontológicos, deberá ponerse tal circunstancia en conocimiento
de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León.