III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-1933)
Resolución de 10 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque fotovoltaico Ayora 1 de 199,962 MWp/162 MWn, y su infraestructura de evacuación, en Ayora (Valencia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19

Lunes 23 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 9472

Protección de Aves (ZEPA) de Aves Esteparias, que se encontraba entonces en trámite
de aprobación y que finalmente fue aprobada por Decreto 73/2021, de 21 de mayo, del
Consell. El promotor procedió a modificar el proyecto y eliminó del proyecto las parcelas
ubicadas dentro de la ZEPA, reduciendo la potencia de la planta y la superficie ocupada.
Presentó una adenda con la modificación del proyecto y una adenda al estudio de
impacto ambiental para reflejar estos cambios.
La línea eléctrica de evacuación se ha dividido en tres partes. En la primera, la más
cercana a la planta, se han considerado dos recorridos subterráneos, A y B. En la
segunda hay una única alternativa subterránea (C). En la tercera, que conecta con
la SET «La Oliva», se han comparado tres trazados: uno aéreo E, y dos subterráneos, D
y F. El promotor ha seleccionado la combinación de tramos A, C y D como la más
adecuada, discurriendo la línea totalmente soterrada ya que el tramo A es más corto que
el B, atraviesa menor superficie de Hábitats de Interés Comunitario y de superficie
forestal, y cruza menos cauces. En la tercera parte, el tramo D afecta a menos superficie
de terreno forestal que el F, tiene menor afección a cauces, pero afecta levemente
al HIC 1520*. El tramo aéreo E se descarta por sus mayores afecciones a la avifauna y
al paisaje, además de producir impactos sobre la vegetación y sobre HIC por la apertura
y mantenimiento de la calle de seguridad.
4.2

Tratamiento de los principales impactos del proyecto.

Se resumen a continuación los impactos significativos del proyecto y su tratamiento,
a la vista del estudio de impacto ambiental, las contestaciones a las consultas y
alegaciones recibidas y las observaciones finales del promotor. Los impactos
contemplados en el estudio y considerados no significativos no se detallan en la presente
resolución. El estudio de impacto está disponible en el enlace web indicado en el
apartado 2.
El estudio contempla los impactos asociados con la fase de obra, explotación y
desmantelamiento. Los impactos de la fase de desmantelamiento derivados de las
actuaciones de movimiento de tierras, desmontaje de las infraestructuras de la
instalación, presencia de personal y maquinaria son del mismo tipo que durante la fase
de obra, con la diferencia de que tras esta fase se incluyen labores de restitución de
terrenos y accesos y la recuperación de usos originales del suelo que generarían
fundamentalmente impactos positivos.
Suelo.

Las afecciones más significativas sobre la geomorfología pueden venir ocasionadas
por el movimiento de tierras necesario para la apertura de zanjas, realización de
cimentaciones y ampliación de los viales de accesos. Dado que la superficie del terreno
donde se ubicará la planta presenta pendientes bajas, los módulos se instalarán sobre
estructuras fijas, y el promotor indica que se retirarán los primeros 20 cm de suelo
superficial.
Durante la fase de explotación no se prevén impactos más allá del riesgo de
contaminación del suelo por un vertido accidental.
El estudio de impacto ambiental recoge medidas preventivas y correctoras
relacionadas con buenas prácticas de obra. Además, una vez finalizada la fase de
construcción se restaurarán las superficies de ocupación temporal según el Plan
de Restauración de la cubierta vegetal del proyecto. Este Plan incluye la reincorporación
de la tierra vegetal previamente retirada y la revegetación de las superficies restauradas.
4.2.2

Agua.

El proyecto se localiza en la Demarcación Hidrográfica del Júcar, emplazándose las
instalaciones proyectadas sobre varias masas de agua subterránea. La planta
fotovoltaica es colindante con diversos cauces de naturaleza intermitente, y una parte de
esta se ubica en zona de policía. La línea eléctrica de evacuación cruza diversos cauces,

cve: BOE-A-2023-1933
Verificable en https://www.boe.es

4.2.1