III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-1933)
Resolución de 10 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque fotovoltaico Ayora 1 de 199,962 MWp/162 MWn, y su infraestructura de evacuación, en Ayora (Valencia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19

Lunes 23 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 9479

causaría una disminución de la anchura de este corredor, según se indica en el informe
del Servicio de Infraestructura Verde y Paisaje de la Dirección General de Política
Territorial y Paisaje de la Generalitat Valenciana. Esta reducción se estima en 1,6 km
sobre los 8 km de anchura total, lo que reduciría en cierta forma la movilidad de las
especies entre espacios de la Red Natura 2000, si bien el diseño del cerramiento de la
planta permeable al paso de la mayor parte de los vertebrados terrestres mitiga este
impacto. La Dirección General de Medio Natural y Evaluación Ambiental de la Generalitat
Valenciana no ha hecho referencias al respecto de este posible impacto.
En la misma línea indicada por el órgano competente en la gestión del espacio Red
Natura 2000 potencialmente afectado, y con las garantías adicionales derivadas de las
medidas preventivas y correctoras incorporadas mediante la presente resolución, se
considera que no es previsible que el proyecto cause un perjuicio a la integridad de
la ZEPA ES0000452 «Meca-Mugrón-San Benito», ni a ninguno de los demás espacios
de la Red Natura 2000 próximos al proyecto.
Paisaje.

El proyecto está incluido en el ámbito del Paisaje de Relevancia Regional (PRR) 17
«Secanos y Sierras de entorno de Carcelén y Alpera».
Siguiendo las directrices de la legislación autonómica, el promotor realizó un Estudio
de Integración Paisajística (EIP) según la Ley 5/2014 de Ordenación del Territorio,
Urbanismo y Paisaje de la Comunidad Valenciana (LOTUP). La planta se localiza en una
unidad con fragilidad paisajística alta según este Estudio de Integración Paisajística.
Aunque no hay poblaciones a menos de 3 km desde donde se pueda percibir la planta,
pero será visible desde las carreteras N-330 y CV-437 y desde las vías pecuarias
«Vereda de San Roque» y «Cañada Real de Tortosilla».
Durante la fase de construcción se producirá una alteración del paisaje como
consecuencia de las acciones propias de la obra y la presencia de zonas de acopio.
Dada la ubicación de la planta, alejada de núcleos urbanos, se prevé que las obras sean
visibles desde las dos carreteras mencionadas en este apartado y desde casas de
campo aisladas que se encuentran en la zona. Se considera que el impacto visual
generado por las obras es bajo y de carácter temporal, sobre un terreno ya modificado
por las roturaciones agrícolas. La aplicación de medidas preventivas y correctoras de
buenas prácticas durante las obras, hacen que el impacto se considere compatible.
Durante la fase de explotación, se producirá una incidencia visual en el paisaje por el
contraste visual de las instalaciones. Dada la gran extensión de terreno ocupada, el
promotor considera este impacto como severo. No obstante, indica que el desarrollo de
un Programa de Integración Paisajística convertirá este impacto en moderado.
El Servicio de Infraestructura Verde y Paisaje de la Dirección General de Política
Territorial y Paisaje de la Generalitat Valenciana considera imprescindible la existencia
previa de un instrumento de naturaleza territorial para garantizar la compatibilidad del
proyecto, como una modificación de planeamiento, un plan especial u otros. Asimismo,
este Servicio pedía un estudio de paisaje que acompañase al instrumento de
planeamiento para caracterizar y valorar el paisaje a escala adecuada. Ante este
requerimiento, el promotor ha informado de la tramitación en el ayuntamiento de Ayora
de un Plan Especial específico para la planta fotovoltaica «Ayora 1», acompañado de un
estudio de paisaje específico de acuerdo con lo solicitado por el mencionado Servicio.
Este Servicio solicita, además, que para mejorar la integración paisajística del
proyecto se respeten las masas vegetales existentes en el terreno, interrumpiendo la
continuidad de los módulos fotovoltaicos donde sea necesario, incluso dentro del
perímetro vallado. Además, se deberán minimizar los movimientos de tierra y, antes del
inicio de las obras se deberá aportar documentación gráfica donde se especifiquen
dichos movimientos, con el fin de justificar el cumplimiento del artículo 8.b de la LOTUP.
La Asociación Naturalista de Ayora y La Valle indica en sus alegaciones que el
proyecto afecta al Paisaje de relevancia regional 17 «Secanos y sierras del entorno de
Carcelén y Alpera», y que no cumple con las directrices del Documento de Alcance

cve: BOE-A-2023-1933
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4.2.6