III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-1850)
Resolución de 3 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Labraza de 40 MW y de una parte de su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Oyón en la provincia de Álava y Aguilar de Codés en la provincia de Navarra".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18
Sábado 21 de enero de 2023
b2.
Sec. III. Pág. 8917
Agua e hidrología.
b3.
Calidad atmosférica, población y salud.
Durante la fase de construcción se pueden producir molestias a la población por el
incremento de los niveles de ruido, emisiones de gases y partículas, así como una
disminución de la permeabilidad territorial.
El promotor propone medidas como el riego periódico de la zona de obras y la
limitación de la velocidad de los vehículos. Asimismo, contempla la reposición de todos
los bienes y servicios afectados. En el EsIA se justifica que las viviendas habitadas más
cve: BOE-A-2023-1850
Verificable en https://www.boe.es
El promotor indica que el ámbito del proyecto se ubica en la Demarcación
Hidrográfica del Ebro. La alineación oeste entre el aerogenerador 1 y el 2 se encuentra
próxima al arroyo del Horcajo sin llegar a interceptarlo. La alineación este se ubica entre
el arroyo Valdevarón y el arroyo del Espinar. Todas las infraestructuras del PE se sitúan
sobre la masa de agua subterránea denominada «Laguardia» (ES091MSBT046), la cual
se encuentra en buen estado tanto cuantitativo como químico. El promotor expone que la
captación «Arroyo Valdevarón» se ubica a 350 m en línea recta del aerogenerador 8, y la
captación «Cabanillas» a 455 m del aerogenerador 6, siendo la diferencia de cota de
unos 100 m entre las captaciones situadas a pie de valle y las actuaciones a llevar a
cabo situadas en el cordal cimero, haciendo que la probabilidad de afección, incluso
accidental, sea muy baja. No se interceptarán cauces permanentes y en todo caso se
mantendrá la permeabilidad hidráulica, de manera que a efectos cuantitativos la
subcuenca que recoge las aguas de las captaciones no se verá en modo alguno
afectada significativamente por las obras a realizar. Adicionalmente, se adjunta un
estudio hidrológico (apéndice 8), donde se describe el régimen hidrológico del PE,
determinando los caudales generados en las cuencas afectadas por la red de caminos y
plataformas.
Durante la fase de construcción no se interceptará directamente ningún curso de
agua importante, con régimen continuo o con una cierta estacionalidad. Los drenajes
afectados serán de carácter intermitente, no quedando cortado permanentemente
ninguno de ellos por las obras.
Como medidas de protección de la hidrología se contemplan, entre otras, una red de
cunetas para los viales con el fin de canalizar la escorrentía superficial, el control
exhaustivo de las tareas de mantenimiento de maquinaria, así como de los vertidos a la
red hidrográfica. Asimismo, se revegetarán los taludes, colocando mallas de contención
hasta que la nueva cubierta vegetal tenga el porte y sistema radical suficiente para
fijarlos.
La Confederación Hidrográfica del Ebro considera necesario el cumplimiento de las
medidas mitigadoras recogidas en el EsIA, así como las medidas necesarias tendentes a
minimizar las posibles afecciones sobre el medio hídrico y la calidad de las aguas. La
Agencia Vasca del Agua considera que las actuaciones previstas en el proyecto serán a
priori compatibles con el mantenimiento del buen estado de las aguas superficiales y
subterráneas de la zona y su entorno, entendiéndose como adecuadas las medidas
incluidas en el EsIA. En todo caso, consideran necesario que en la fase de construcción
se minimice la emisión de finos y contaminantes a la red de drenaje natural y se
garantice la no afección a la calidad de las aguas, debiendo disponer de los sistemas de
retención adecuados para asegurar que los eventuales vertidos que se realicen no
afecten al Dominio Público Hidráulico. El promotor muestra su conformidad con ambos
informes.
La Dirección de Salud Pública y Adicciones del Gobierno Vasco señala que la URA
tiene registradas varias zonas como protegidas por masas de agua utilizadas como
captación de agua destinadas a consumo humano con el objetivo de preservar la calidad
y cantidad del agua como recurso para ese uso. El promotor señala que en fases
posteriores del proyecto se estudiará la ubicación concreta de las captaciones y su
hidrología hasta confirmar que no existe ningún riesgo para las mismas.
Núm. 18
Sábado 21 de enero de 2023
b2.
Sec. III. Pág. 8917
Agua e hidrología.
b3.
Calidad atmosférica, población y salud.
Durante la fase de construcción se pueden producir molestias a la población por el
incremento de los niveles de ruido, emisiones de gases y partículas, así como una
disminución de la permeabilidad territorial.
El promotor propone medidas como el riego periódico de la zona de obras y la
limitación de la velocidad de los vehículos. Asimismo, contempla la reposición de todos
los bienes y servicios afectados. En el EsIA se justifica que las viviendas habitadas más
cve: BOE-A-2023-1850
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El promotor indica que el ámbito del proyecto se ubica en la Demarcación
Hidrográfica del Ebro. La alineación oeste entre el aerogenerador 1 y el 2 se encuentra
próxima al arroyo del Horcajo sin llegar a interceptarlo. La alineación este se ubica entre
el arroyo Valdevarón y el arroyo del Espinar. Todas las infraestructuras del PE se sitúan
sobre la masa de agua subterránea denominada «Laguardia» (ES091MSBT046), la cual
se encuentra en buen estado tanto cuantitativo como químico. El promotor expone que la
captación «Arroyo Valdevarón» se ubica a 350 m en línea recta del aerogenerador 8, y la
captación «Cabanillas» a 455 m del aerogenerador 6, siendo la diferencia de cota de
unos 100 m entre las captaciones situadas a pie de valle y las actuaciones a llevar a
cabo situadas en el cordal cimero, haciendo que la probabilidad de afección, incluso
accidental, sea muy baja. No se interceptarán cauces permanentes y en todo caso se
mantendrá la permeabilidad hidráulica, de manera que a efectos cuantitativos la
subcuenca que recoge las aguas de las captaciones no se verá en modo alguno
afectada significativamente por las obras a realizar. Adicionalmente, se adjunta un
estudio hidrológico (apéndice 8), donde se describe el régimen hidrológico del PE,
determinando los caudales generados en las cuencas afectadas por la red de caminos y
plataformas.
Durante la fase de construcción no se interceptará directamente ningún curso de
agua importante, con régimen continuo o con una cierta estacionalidad. Los drenajes
afectados serán de carácter intermitente, no quedando cortado permanentemente
ninguno de ellos por las obras.
Como medidas de protección de la hidrología se contemplan, entre otras, una red de
cunetas para los viales con el fin de canalizar la escorrentía superficial, el control
exhaustivo de las tareas de mantenimiento de maquinaria, así como de los vertidos a la
red hidrográfica. Asimismo, se revegetarán los taludes, colocando mallas de contención
hasta que la nueva cubierta vegetal tenga el porte y sistema radical suficiente para
fijarlos.
La Confederación Hidrográfica del Ebro considera necesario el cumplimiento de las
medidas mitigadoras recogidas en el EsIA, así como las medidas necesarias tendentes a
minimizar las posibles afecciones sobre el medio hídrico y la calidad de las aguas. La
Agencia Vasca del Agua considera que las actuaciones previstas en el proyecto serán a
priori compatibles con el mantenimiento del buen estado de las aguas superficiales y
subterráneas de la zona y su entorno, entendiéndose como adecuadas las medidas
incluidas en el EsIA. En todo caso, consideran necesario que en la fase de construcción
se minimice la emisión de finos y contaminantes a la red de drenaje natural y se
garantice la no afección a la calidad de las aguas, debiendo disponer de los sistemas de
retención adecuados para asegurar que los eventuales vertidos que se realicen no
afecten al Dominio Público Hidráulico. El promotor muestra su conformidad con ambos
informes.
La Dirección de Salud Pública y Adicciones del Gobierno Vasco señala que la URA
tiene registradas varias zonas como protegidas por masas de agua utilizadas como
captación de agua destinadas a consumo humano con el objetivo de preservar la calidad
y cantidad del agua como recurso para ese uso. El promotor señala que en fases
posteriores del proyecto se estudiará la ubicación concreta de las captaciones y su
hidrología hasta confirmar que no existe ningún riesgo para las mismas.