III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Marina mercante. Títulos profesionales. (BOE-A-2023-1844)
Resolución de 11 de enero de 2023, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se establece el temario y la fecha de la convocatoria del examen para la obtención del certificado de especialidad de patrón profesional de embarcaciones de recreo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18

Sábado 21 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 8872

2. La inscripción en la convocatoria también puede realizarse de forma «on-line»
mediante la aplicación matriculación exprés, a la cual se accede desde la sede
electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en el enlace:
https://sede.mitma.gob.es/SEDE_ELECTRONICA/LANG_CASTELLANO/
OFICINAS_SECTORIALES/MARINA_MERCANTE/SERVICIOS_ESPECIALES/
MATRICULACION_EXPRES/default.htm.
3. Para beneficiarse de este sistema no es necesario disponer de DNI electrónico o
certificado digital, permitiendo a los interesados la inscripción en la convocatoria del
examen sin tener que desplazarse a ningún registro de la Administración General del
Estado.
Tercero. No presentación a examen.
La no presentación a examen, salvo por enfermedad debidamente justificada y en el plazo
máximo de tres días hábiles con posterioridad al examen, no dará lugar a cambio de matrícula
para una próxima convocatoria. Solamente se podrán realizar cambios de matrícula, en las
circunstancias anteriores de la primera convocatoria, a la segunda del mismo año.
Cuarto.

Fin de plazo de admisión de solicitudes y lista definitiva de admitidos.

1. Una vez finalizado el plazo de inscripción para presentarse a las pruebas de
conocimiento, se hará pública la lista provisional de admitidos en la página web del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (http://www.mitma.gob.es), pudiendo en el plazo de
diez días, subsanar las deficiencias los candidatos que hayan resultado excluidos, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre
de 2015).
2. Las listas definitivas de admitidos se publicarán en la página web del Ministerio
de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (http://www.mitma.gob.es), junto con el
lugar, fecha y hora señalada para la realización de las pruebas.
Quinto. Realización de la prueba de conocimiento y resultado de los exámenes.
1. Las pruebas se realizarán en Madrid, en las fechas y lugares que designe cada
año la Dirección General de la Marina Mercante por resolución. La fecha y lugar de las
convocatorias del año en curso figuran en el anexo III de esta resolución.
2. Finalizados los exámenes se publicarán en la web del Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana (http://www.mitma.gob.es) las listas provisionales de
calificaciones, que se elevarán a definitivas una vez finalizado el plazo de reclamaciones.
Reclamaciones.

Los candidatos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día
siguiente a la publicación de las listas de calificaciones provisionales, para presentar por
escrito las reclamaciones que consideren oportunas. Las reclamaciones serán dirigidas al
Secretario del Tribunal, con indicación de los datos personales, domicilio y código postal de la
localidad, al objeto de dar la oportuna contestación por escrito. Serán desestimadas de oficio
las reclamaciones en las que falte alguno de los requisitos señalados anteriormente o
aquellas en las que no haya una exposición de motivos de la reclamación.
Séptimo.

Plazo para solicitar la expedición del certificado.

Una vez superada la prueba de conocimiento se dispondrá de un plazo máximo
de 24 meses para solicitar la expedición del certificado, debiéndose cumplir los requisitos
determinados en el artículo 93 del Real Decreto 269/2022, de 12 de abril, por el que se
regulan los títulos profesionales y de competencia de la Marina Mercante.

cve: BOE-A-2023-1844
Verificable en https://www.boe.es

Sexto.