III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-1757)
Resolución de 3 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Anteproyecto modificado del parque eólico Los Corrales de 85,5 MW y su infraestructura de evacuación, en Ujué, Pitillas y Olite (Navarra)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 17

Viernes 20 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 8464

impacto ambiental. Asimismo, informan que para agilizar la tramitación y formar parte del
mismo expediente, se han unificado los dos anteproyectos y estudios de impacto
ambiental presentados anteriormente como PE Los Corrales de 58,6 MW y PE Los
Corrales Ampliación de 26,95, en un único anteproyecto con el nombre de Anteproyecto
modificado del PE Los Corrales de 85,5 MW. A este respecto, esta unidad remite
requerimiento para que la información señalada sea aportada en un plazo máximo de
tres meses, de acuerdo con el apartado 3 del artículo 40 de la Ley de evaluación
ambiental.
Con fecha 20 de julio tiene entrada el nuevo expediente [estudio de impacto
ambiental (EsIA), anexos y proyecto técnico] correspondiente al anteproyecto modificado
del PE Los Corrales de 85,5 MW y su infraestructura de evacuación.
Con fecha 5 de octubre de 2022, este órgano ambiental requiere en virtud del
artículo 40.5 de la Ley de evaluación ambiental, que el órgano sustantivo traslade la
nueva información generada a las siguientes administraciones afectadas: Dirección
General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra, la Dirección General de CulturaInstitución Príncipe de Viana del Gobierno de Navarra y la Confederación Hidrográfica
del Ebro. Con fecha 5 de diciembre de 2022 se recibe el informe de la Dirección General
de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra.
3.

Análisis técnico del expediente

a. Análisis de alternativas. En el EsIA del PE Los Corrales modificado, para el
análisis de alternativas, el promotor elabora unos «mapas de riesgo» caracterizando una
serie de factores ambientales identificados como previsiblemente afectados: hábitats de
interés comunitario (HIC), vegetación natural, espacios protegidos y espacios Red
Natura 2000 y un mapa de calor de uso del espacio de avifauna volando a altura de
riesgo. A partir de estos mapas se identifican las áreas ambientalmente sensibles, cuya
ocupación debe ser evitada, se superponen los criterios técnicos (existencia de recurso
eólico) y constructivos (fundamentalmente la viabilidad de ejecución de las plataformas y
accesos), con el fin de identificar las alternativas ambiental y técnicamente viables.
Además, según indica el promotor, se han incorporado otros condicionantes planteados
por distintos organismos en el procedimiento de evaluación, como son la distancia a
edificaciones residenciales y la afección a vías pecuarias.
Para la ubicación del PE modificado se plantean tres alternativas, de tal manera que
el promotor configura una alternativa 2 en el que aleja las posiciones de los
aerogeneradores de la Laguna de Pitillas, elimina posiciones en las zonas detectadas de
mayor riesgo para la avifauna y estudia las localizaciones para disminuir la afección
derivada de la ejecución de aerogeneradores y accesos sobre la vegetación natural, HIC,
vías pecuarias y Montes de Utilidad Pública (MUP). Esta alternativa se modifica en la
alternativa seleccionada, la alternativa 3, para alejar algunas posiciones de corralizas
que son utilizadas por la población de Ujué.
Para la SET del PE, se plantearon 2 posiciones diferentes con las mismas
dimensiones, seleccionándose la alternativa 2, más cercana al PE y por tanto con menor
longitud de zanjas de interconexión, y menor cantidad de movimientos de tierra.
Respecto a la línea eléctrica de evacuación, cabe destacar que el proyecto inicial PE
Los Corrales contemplaba una línea de evacuación aérea compartida con otro proyecto
del mismo promotor (PE Biota). La Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno
de Navarra informó desfavorablemente para esta línea de evacuación, tanto para el PE
Biota como para el PE Los Corrales, indicando la necesidad de contemplar una
alternativa en soterrado para minimizar las afecciones sobre la avifauna y el paisaje
principalmente. Por tanto, para el PE Los Corrales modificado el promotor plantea cuatro
alternativas que se comparan en función de un análisis multicriterio que tiene en cuenta,

cve: BOE-A-2023-1757
Verificable en https://www.boe.es

A continuación, se exponen los impactos significativos y los aspectos más relevantes
puestos de manifiesto durante la tramitación de la evaluación ambiental del proyecto que
fundamentan y motivan la presente resolución.