III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2023-1755)
Resolución de 10 de enero de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., por la que se publica el Convenio educativo con la Universidad de Salamanca, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 17

Viernes 20 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 8439

Décima.
La entidad colaboradora se compromete a:
Presentar a la Universidad de Salamanca o a cualquiera de sus centros, cuando así
lo estime conveniente y sin que ello suponga obligación contractual, las ofertas de
prácticas que se consideren oportunas, especificando el número de puestos que se
ofrecen, duración de las mismas, requisitos de formación exigidos, características de la
práctica a realizar y, si lo hubiere, importe de la ayuda al estudio que recibirá cada uno
de los estudiantes participantes.
Facilitar al estudiante las herramientas necesarias para realizar las tareas formativas
encomendadas.
Nombrar un tutor profesional responsable de las prácticas que, junto con el tutor
académico de la Universidad de Salamanca, realizará el seguimiento de las prácticas.
Emitir y remitir al tutor académico el informe final, y su caso los informes de
seguimiento intermedios, con mención expresa de la actividad desarrollada, su duración
y, en su caso, su rendimiento.
Informar, formar y hacer cumplir y respetar al estudiante en prácticas las medidas
sobre seguridad e higiene establecidas en la entidad.
Undécima.
La Universidad de Salamanca se compromete a:
Realizar una selección previa de los candidatos que van a realizar las prácticas.
Nombrar un tutor académico responsable de las prácticas, que coordine junto con el
tutor profesional de la entidad colaboradora el desarrollo de las prácticas.
Suscribir pólizas de seguro (de responsabilidad civil y de accidentes) en favor de los
estudiantes en prácticas realizadas al amparo del presente convenio.
Emitir un documento acreditativo al finalizar el período de prácticas de los estudiantes.
Reconocer la labor realizada por los tutores de la entidad colaboradora, de acuerdo
con la normativa de prácticas académicas externas de la Universidad de Salamanca.
Duodécima.

Aceptación del reglamento.

La firma del compromiso de prácticas externas implica la aceptación del contenido
del Reglamento de Prácticas Externas de la Universidad de Salamanca. El texto del
reglamento está disponible en la siguiente URL: http://secretaria.usal.es/boletines/
consulta/files/6600-P16_Reglamento_Practicas_Externas_Usal.pdf.
La aceptación del reglamento no debe producirse sin el expreso conocimiento de
quien lo firma, así como de la entidad colaboradora.

El presente convenio educativo producirá efectos a partir de la fecha de su
inscripción en el Registro electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
del sector público estatal y su duración será de cuatro años, con posibilidad de una
prórroga expresa, antes del vencimiento del plazo, por cuatro años más.
La prórroga se formalizará por escrito mediante una adenda al convenio, con tres
meses de antelación a la finalización del plazo de vigencia. La duración total del
convenio, incluida la prórroga, no excederá en ningún caso de los ocho años.
Decimocuarta.

Modificación y resolución.

La modificación del contenido del convenio requerirá el acuerdo unánime de los
firmantes. Cualquier modificación del contenido previsto en este convenio será objeto de
la correspondiente adenda modificativa.

cve: BOE-A-2023-1755
Verificable en https://www.boe.es

Decimotercera. Duración del convenio.