III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2023-1759)
Orden TED/1379/2022, de 28 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo del "Programa de voluntariado de ríos" en el ámbito competencial de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 17
Viernes 20 de enero de 2023
e)
Sec. III. Pág. 8508
Justificantes de pago:
Cada justificante de gasto irá unido a su correspondiente justificante de pago. Todos
los justificantes irán debidamente ordenados.
El pago de las facturas y demás gastos se acreditará mediante justificantes de pago
realizados a través de entidad financiera. Estos documentos contendrán:
1.º Fecha valor del pago, que debe ser como máximo la fecha tope de la actuación
acordada en la convocatoria.
2.º Identificación de la persona beneficiaria del pago y del ordenante del mismo: El
pagador debe ser (coincidencia del NIF y denominación social). La persona beneficiaria
de la ayuda.
3.º Concepto en que se ordena el pago, con remisión al número o números de
factura que corresponde.
No se admitirán aquellos documentos de pago que, aun siendo conformes con los
requisitos formales señalados anteriormente, no permitan identificar claramente las
facturas/gastos vinculadas a las actuaciones a las que corresponden. (Si el documento
de pago como tal no hace referencia a la/s factura/s, deberá ir acompañado de la
documentación complementaria que permita verificar la correspondencia entre gasto y
pago).
En el caso de que el justificante de pago incluya varias facturas, se presentará el
correspondiente extracto bancario acompañado de uno de los siguientes documentos:
1.º
2.º
Relación emitida por la entidad bancaria de los pagos realizados.
Orden de pago de la empresa sellada por la entidad bancaria.
No se admitirán como justificantes los obtenidos a través de Internet si no están
validados por la entidad bancaria o disponen de códigos para su verificación por terceros
en el portal corporativo de dicha entidad bancaria.
En el supuesto de que el pago se realice a través de un documento de giro deberá
presentarse, además de fotocopia del mismo, el extracto de movimientos bancarios
acreditativo de la salida material de fondos. En ningún caso se aceptarán como
documentos justificativos los cheques al portador.
1.º «Captura» impresa de la página web de la entidad beneficiaria, en caso de que
disponga de ella, donde se haga referencia a la actuación subvencionada y a la
cofinanciación pública la CH Cantábrico.
2.º Prueba de la inclusión de la imagen institucional de la CH Cantábrico, en toda la
información o publicidad de la actividad subvencionada, así como en cualquier material
que se genere en las actuaciones objeto de subvención.
En la convocatoria se adjuntará un modelo normalizado de cuenta justificativa en el
que se detallará la relación de documentación a presentar.
Los Servicios Técnicos de la CH Cantábrico podrán realizar, en cualquier momento,
las comprobaciones que se consideren oportunas.
cve: BOE-A-2023-1759
Verificable en https://www.boe.es
f) En caso de que hubiese variaciones en la actuación finalmente ejecutada
respecto a la inicialmente prevista que fue objeto de la subvención concedida, éstas
deberán reflejarse e indicarse las causas justificativas de las mismas. Cualquier variación
a la baja, en relación a la solicitud presentada, en el gasto total subvencionable
ejecutado dará lugar a la revocación de la subvención recibida.
g) Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que financien la actividad
subvencionada con indicación de importe y procedencia.
h) La realización de las actividades de información o publicidad se justificarán,
según proceda, aportando:
Núm. 17
Viernes 20 de enero de 2023
e)
Sec. III. Pág. 8508
Justificantes de pago:
Cada justificante de gasto irá unido a su correspondiente justificante de pago. Todos
los justificantes irán debidamente ordenados.
El pago de las facturas y demás gastos se acreditará mediante justificantes de pago
realizados a través de entidad financiera. Estos documentos contendrán:
1.º Fecha valor del pago, que debe ser como máximo la fecha tope de la actuación
acordada en la convocatoria.
2.º Identificación de la persona beneficiaria del pago y del ordenante del mismo: El
pagador debe ser (coincidencia del NIF y denominación social). La persona beneficiaria
de la ayuda.
3.º Concepto en que se ordena el pago, con remisión al número o números de
factura que corresponde.
No se admitirán aquellos documentos de pago que, aun siendo conformes con los
requisitos formales señalados anteriormente, no permitan identificar claramente las
facturas/gastos vinculadas a las actuaciones a las que corresponden. (Si el documento
de pago como tal no hace referencia a la/s factura/s, deberá ir acompañado de la
documentación complementaria que permita verificar la correspondencia entre gasto y
pago).
En el caso de que el justificante de pago incluya varias facturas, se presentará el
correspondiente extracto bancario acompañado de uno de los siguientes documentos:
1.º
2.º
Relación emitida por la entidad bancaria de los pagos realizados.
Orden de pago de la empresa sellada por la entidad bancaria.
No se admitirán como justificantes los obtenidos a través de Internet si no están
validados por la entidad bancaria o disponen de códigos para su verificación por terceros
en el portal corporativo de dicha entidad bancaria.
En el supuesto de que el pago se realice a través de un documento de giro deberá
presentarse, además de fotocopia del mismo, el extracto de movimientos bancarios
acreditativo de la salida material de fondos. En ningún caso se aceptarán como
documentos justificativos los cheques al portador.
1.º «Captura» impresa de la página web de la entidad beneficiaria, en caso de que
disponga de ella, donde se haga referencia a la actuación subvencionada y a la
cofinanciación pública la CH Cantábrico.
2.º Prueba de la inclusión de la imagen institucional de la CH Cantábrico, en toda la
información o publicidad de la actividad subvencionada, así como en cualquier material
que se genere en las actuaciones objeto de subvención.
En la convocatoria se adjuntará un modelo normalizado de cuenta justificativa en el
que se detallará la relación de documentación a presentar.
Los Servicios Técnicos de la CH Cantábrico podrán realizar, en cualquier momento,
las comprobaciones que se consideren oportunas.
cve: BOE-A-2023-1759
Verificable en https://www.boe.es
f) En caso de que hubiese variaciones en la actuación finalmente ejecutada
respecto a la inicialmente prevista que fue objeto de la subvención concedida, éstas
deberán reflejarse e indicarse las causas justificativas de las mismas. Cualquier variación
a la baja, en relación a la solicitud presentada, en el gasto total subvencionable
ejecutado dará lugar a la revocación de la subvención recibida.
g) Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que financien la actividad
subvencionada con indicación de importe y procedencia.
h) La realización de las actividades de información o publicidad se justificarán,
según proceda, aportando: