III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2023-1759)
Orden TED/1379/2022, de 28 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo del "Programa de voluntariado de ríos" en el ámbito competencial de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 17
Viernes 20 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 8507
condiciones impuestas y los resultados obtenidos. La memoria se acompañará, en su
caso, de la siguiente documentación:
1.º
La Memoria técnica contendrá entre otros, los siguientes datos:
Los cauces en los que se han realizado las actividades o acciones subvencionadas.
Número total de participantes.
Número total de actividades o acciones.
2.º En el caso de que con motivo de la actuación se genere material divulgativo,
copia del mismo en el que ha de constar la imagen institucional de la CH Cantábrico.
3.º En el caso de que la actuación subvencionada sea una actividad formativa,
programa de la jornada en la que figuren los ponentes, los títulos de las ponencias,
fechas y horario de impartición, así como listado completo de participantes que incluya
control de firma.
4.º En el caso de haber realizado medidas de publicidad del carácter público de la
financiación de la actividad, copia de los elementos proporcionales de las actuaciones
subvencionadas (folletos, anuncios en prensa, etc.), y de realizarse comunicaciones a la
prensa y los medios informativos sobre la actuación subvencionada, dossier de prensa
donde se acredite la mención expresa a la subvención concedida por la CH Cantábrico.
b) Relación justificativa de haber solicitado tres ofertas de diferentes proveedores
cuando proceda, de acuerdo con lo establecido en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre.
c) Relación detallada de los justificantes de gasto aportados en la que conste:
identificador del gasto (por ejemplo, el número de factura), fecha de expedición,
proveedor, NIF del proveedor, concepto/s, importe con IVA, importe sin IVA, importe
imputado a la subvención, y fecha de pago. Se tendrá por no presentado todo gasto que
no haya sido relacionado.
d) Justificantes de gasto:
1.º Personal contratado específicamente para el proyecto: copia del contrato,
nóminas y recibos de liquidación de cotizaciones.
2.º Personal no contratado específicamente para el proyecto: copia del contrato,
declaración responsable de horas dedicadas al proyecto firmado por el trabajador
participante en el proyecto, partes horarios conforme al modelo que se establezca en la
correspondiente convocatoria que incluya una breve descripción de las tareas realizadas
de acuerdo con el proyecto aprobado, acreditación suficiente del cálculo de su coste
horario en base a nóminas y recibos de liquidación de cotizaciones, adjuntando copia de
los mismos.
cve: BOE-A-2023-1759
Verificable en https://www.boe.es
Los justificantes de gasto serán las facturas originales del gasto realizado.
Las facturas deberán reunir los siguientes requisitos: número de la factura, fecha,
datos identificativos del expedidor (nombre, apellidos, denominación o razón social, NIF
y domicilio), datos identificativos del destinatario (deberá ser la persona beneficiaria),
descripción detallada, precio sin IVA, IVA correspondiente y precio con IVA, lugar y fecha
de emisión y pago, firma y sello del emisor de la factura en la que figure la recepción de
los fondos y forma de pago de la factura (contado, transferencia o cheque nominativo).
La descripción de los bienes o servicios que se facturan debe ser clara y precisa y debe
permitir apreciar la vinculación a la actividad subvencionada.
No se admitirán facturas que no se ajusten a los requisitos establecidos en el Real
Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que
se regulan las obligaciones de facturación.
En el caso de que en la factura se incluyan gastos no subvencionables, deberán
estar claramente identificados y separados de los subvencionables.
Con relación a los gastos de personal se aportará la siguiente documentación:
Núm. 17
Viernes 20 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 8507
condiciones impuestas y los resultados obtenidos. La memoria se acompañará, en su
caso, de la siguiente documentación:
1.º
La Memoria técnica contendrá entre otros, los siguientes datos:
Los cauces en los que se han realizado las actividades o acciones subvencionadas.
Número total de participantes.
Número total de actividades o acciones.
2.º En el caso de que con motivo de la actuación se genere material divulgativo,
copia del mismo en el que ha de constar la imagen institucional de la CH Cantábrico.
3.º En el caso de que la actuación subvencionada sea una actividad formativa,
programa de la jornada en la que figuren los ponentes, los títulos de las ponencias,
fechas y horario de impartición, así como listado completo de participantes que incluya
control de firma.
4.º En el caso de haber realizado medidas de publicidad del carácter público de la
financiación de la actividad, copia de los elementos proporcionales de las actuaciones
subvencionadas (folletos, anuncios en prensa, etc.), y de realizarse comunicaciones a la
prensa y los medios informativos sobre la actuación subvencionada, dossier de prensa
donde se acredite la mención expresa a la subvención concedida por la CH Cantábrico.
b) Relación justificativa de haber solicitado tres ofertas de diferentes proveedores
cuando proceda, de acuerdo con lo establecido en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre.
c) Relación detallada de los justificantes de gasto aportados en la que conste:
identificador del gasto (por ejemplo, el número de factura), fecha de expedición,
proveedor, NIF del proveedor, concepto/s, importe con IVA, importe sin IVA, importe
imputado a la subvención, y fecha de pago. Se tendrá por no presentado todo gasto que
no haya sido relacionado.
d) Justificantes de gasto:
1.º Personal contratado específicamente para el proyecto: copia del contrato,
nóminas y recibos de liquidación de cotizaciones.
2.º Personal no contratado específicamente para el proyecto: copia del contrato,
declaración responsable de horas dedicadas al proyecto firmado por el trabajador
participante en el proyecto, partes horarios conforme al modelo que se establezca en la
correspondiente convocatoria que incluya una breve descripción de las tareas realizadas
de acuerdo con el proyecto aprobado, acreditación suficiente del cálculo de su coste
horario en base a nóminas y recibos de liquidación de cotizaciones, adjuntando copia de
los mismos.
cve: BOE-A-2023-1759
Verificable en https://www.boe.es
Los justificantes de gasto serán las facturas originales del gasto realizado.
Las facturas deberán reunir los siguientes requisitos: número de la factura, fecha,
datos identificativos del expedidor (nombre, apellidos, denominación o razón social, NIF
y domicilio), datos identificativos del destinatario (deberá ser la persona beneficiaria),
descripción detallada, precio sin IVA, IVA correspondiente y precio con IVA, lugar y fecha
de emisión y pago, firma y sello del emisor de la factura en la que figure la recepción de
los fondos y forma de pago de la factura (contado, transferencia o cheque nominativo).
La descripción de los bienes o servicios que se facturan debe ser clara y precisa y debe
permitir apreciar la vinculación a la actividad subvencionada.
No se admitirán facturas que no se ajusten a los requisitos establecidos en el Real
Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que
se regulan las obligaciones de facturación.
En el caso de que en la factura se incluyan gastos no subvencionables, deberán
estar claramente identificados y separados de los subvencionables.
Con relación a los gastos de personal se aportará la siguiente documentación: