I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. Presupuestos. (BOE-A-2023-1604)
Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 17
Viernes 20 de enero de 2023
Artículo 17.
Sec. I. Pág. 7765
Retribuciones del personal funcionario.
1. Las cuantías del sueldo y trienios del personal funcionario, referidas a doce
mensualidades, serán las siguientes, en euros:
Grupo/subgrupo
Texto refundido Ley Estatuto Básico del
Empleado Público
Sueldo
Trienios
A1
15.082,68
580,56
A2
13.041,72
473,40
B
11.400,24
415,32
C1
9.792,12
358,32
C2
8.149,80
243,96
E y Agrupaciones Profesionales
7.459,20
183,60
2. Las pagas extraordinarias, que serán dos al año y se devengarán de acuerdo
con lo previsto en el artículo 50.2 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, o en el precepto
que lo sustituya, incluirán, además de la cuantía de una mensualidad del complemento
de destino que corresponda, las siguientes cuantías, en euros, en concepto de sueldo y,
en su caso, trienios:
Grupo/subgrupo
Texto refundido Ley Estatuto Básico del
Empleado Público
Sueldo
Trienios
A1
775,61
29,86
A2
792,63
28,76
B
821,10
29,93
C1
705,28
25,78
C2
672,96
20,12
E y Agrupaciones Profesionales
621,60
15,30
Nivel
Importe
30
13.174,80
29
11.817,12
28
11.320,56
27
10.823,16
26
9.495,60
25
8.424,60
24
7.927,56
23
7.431,24
22
6.933,84
21
6.437,64
cve: BOE-A-2023-1604
Verificable en https://www.boe.es
3. Las cuantías del complemento de destino correspondiente a los distintos niveles
de puestos de trabajo serán las siguientes, en euros, referidas a doce mensualidades:
Núm. 17
Viernes 20 de enero de 2023
Artículo 17.
Sec. I. Pág. 7765
Retribuciones del personal funcionario.
1. Las cuantías del sueldo y trienios del personal funcionario, referidas a doce
mensualidades, serán las siguientes, en euros:
Grupo/subgrupo
Texto refundido Ley Estatuto Básico del
Empleado Público
Sueldo
Trienios
A1
15.082,68
580,56
A2
13.041,72
473,40
B
11.400,24
415,32
C1
9.792,12
358,32
C2
8.149,80
243,96
E y Agrupaciones Profesionales
7.459,20
183,60
2. Las pagas extraordinarias, que serán dos al año y se devengarán de acuerdo
con lo previsto en el artículo 50.2 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, o en el precepto
que lo sustituya, incluirán, además de la cuantía de una mensualidad del complemento
de destino que corresponda, las siguientes cuantías, en euros, en concepto de sueldo y,
en su caso, trienios:
Grupo/subgrupo
Texto refundido Ley Estatuto Básico del
Empleado Público
Sueldo
Trienios
A1
775,61
29,86
A2
792,63
28,76
B
821,10
29,93
C1
705,28
25,78
C2
672,96
20,12
E y Agrupaciones Profesionales
621,60
15,30
Nivel
Importe
30
13.174,80
29
11.817,12
28
11.320,56
27
10.823,16
26
9.495,60
25
8.424,60
24
7.927,56
23
7.431,24
22
6.933,84
21
6.437,64
cve: BOE-A-2023-1604
Verificable en https://www.boe.es
3. Las cuantías del complemento de destino correspondiente a los distintos niveles
de puestos de trabajo serán las siguientes, en euros, referidas a doce mensualidades: