I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. Presupuestos. (BOE-A-2023-1604)
Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 20 de enero de 2023
Sec. I. Pág. 7745
canon de trasvase mediante la incorporación de una disposición transitoria
decimotercera a la mencionada Ley 9/2010, de 30 de julio.
En la disposición final novena se modifica el Decreto-ley 1/2018, de 27 de marzo, de
medidas para la gestión de los instrumentos financieros del Programa Operativo FEDER
Andalucía 2014-2020 y otras de carácter financiero, para impulsar y reforzar la actual
política financiera de la Junta de Andalucía, a través de la centralización de los
instrumentos financieros en una sola entidad (Fondo Público Andaluz para la
Financiación Empresarial y el Desarrollo Económico), adecuando la estrategia de
inversión del mismo a las evaluaciones ex ante que se realicen para detectar las
deficiencias de financiación del sector empresarial, estableciendo una nueva
composición de su órgano de gobierno y ampliando la actividad y destino de los recursos
del Fondo.
En el ámbito tributario, la Ley del Presupuesto incorpora diversas medidas esenciales
para la ejecución de la política económica del Gobierno de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, lo que hace necesaria su aprobación mediante esta Ley.
En relación con los tributos cedidos, se incorporan a esta Ley en la disposición final
undécima diversas modificaciones de la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos
Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, tras un año de vigencia,
encaminadas fundamentalmente a mejorar, clarificar y simplificar su contenido, en aras
de la transparencia y con el fin de facilitar a los ciudadanos y otros operadores jurídicos
su correcta interpretación y aplicación.
Estas modificaciones afectan a medidas de carácter sustantivo relativas al impuesto
sobre la renta de las personas físicas, al impuesto sobre transmisiones patrimoniales y
actos jurídicos documentados, al impuesto sobre sucesiones y donaciones y a los
tributos sobre el juego, así como a determinadas normas de aplicación de estos tributos
incluidas en el Título III de la ley citada.
En la disposición final duodécima se modifican varios artículos de la Ley 10/2021,
de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
Junto a modificaciones destinadas a adecuar las tasas a los cambios introducidos en
la normativa reguladora de los servicios y actividades gravadas, se introducen diversos
beneficios fiscales, como la exención para 2023 de la tasa por servicios facultativos
agronómicos, la bonificación en la cuota de la tasa por servicios facultativos veterinarios
para los jóvenes agricultores con objeto de fomentar la incorporación de jóvenes al
sector agrario y la exención aplicable a los titulares de explotaciones que pertenezcan a
asociaciones de defensa sanitaria ganadera en la tasa por servicios de diagnóstico,
análisis y dictámenes prestados por los laboratorios agroganaderos, agroalimentarios y
de control de calidad de los recursos pesqueros.
En la tasa por la prevención y control de la contaminación se añade un nuevo
artículo 170 bis, en el que se introduce una reducción para microempresas, pequeñas y
medianas empresas (pymes), como medida de apoyo a las pequeñas y medianas
empresas, junto a la reducción aplicable a las empresas que se encuentren inscritas en
el Registro del Sistema Andaluz de Compensación de Emisiones (SACE), como
instrumento voluntario para la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
La modificación en el apartado 1 del artículo 187, que regula la cuota de la tasa por
ocupación de monte público a instancia de parte, responde a la necesidad de adecuar la
regulación de la tasa a las modificaciones normativas introducidas en la Ley 11/2021,
de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición
de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se
establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el
funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en
materia de regulación del juego.
En último lugar, se introducen diversas modificaciones en la tasa por inscripción en
las convocatorias para la selección de personal, con objeto de adecuar esta tasa a lo
dispuesto en el artículo 2 de la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios
cve: BOE-A-2023-1604
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 17
Viernes 20 de enero de 2023
Sec. I. Pág. 7745
canon de trasvase mediante la incorporación de una disposición transitoria
decimotercera a la mencionada Ley 9/2010, de 30 de julio.
En la disposición final novena se modifica el Decreto-ley 1/2018, de 27 de marzo, de
medidas para la gestión de los instrumentos financieros del Programa Operativo FEDER
Andalucía 2014-2020 y otras de carácter financiero, para impulsar y reforzar la actual
política financiera de la Junta de Andalucía, a través de la centralización de los
instrumentos financieros en una sola entidad (Fondo Público Andaluz para la
Financiación Empresarial y el Desarrollo Económico), adecuando la estrategia de
inversión del mismo a las evaluaciones ex ante que se realicen para detectar las
deficiencias de financiación del sector empresarial, estableciendo una nueva
composición de su órgano de gobierno y ampliando la actividad y destino de los recursos
del Fondo.
En el ámbito tributario, la Ley del Presupuesto incorpora diversas medidas esenciales
para la ejecución de la política económica del Gobierno de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, lo que hace necesaria su aprobación mediante esta Ley.
En relación con los tributos cedidos, se incorporan a esta Ley en la disposición final
undécima diversas modificaciones de la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos
Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, tras un año de vigencia,
encaminadas fundamentalmente a mejorar, clarificar y simplificar su contenido, en aras
de la transparencia y con el fin de facilitar a los ciudadanos y otros operadores jurídicos
su correcta interpretación y aplicación.
Estas modificaciones afectan a medidas de carácter sustantivo relativas al impuesto
sobre la renta de las personas físicas, al impuesto sobre transmisiones patrimoniales y
actos jurídicos documentados, al impuesto sobre sucesiones y donaciones y a los
tributos sobre el juego, así como a determinadas normas de aplicación de estos tributos
incluidas en el Título III de la ley citada.
En la disposición final duodécima se modifican varios artículos de la Ley 10/2021,
de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
Junto a modificaciones destinadas a adecuar las tasas a los cambios introducidos en
la normativa reguladora de los servicios y actividades gravadas, se introducen diversos
beneficios fiscales, como la exención para 2023 de la tasa por servicios facultativos
agronómicos, la bonificación en la cuota de la tasa por servicios facultativos veterinarios
para los jóvenes agricultores con objeto de fomentar la incorporación de jóvenes al
sector agrario y la exención aplicable a los titulares de explotaciones que pertenezcan a
asociaciones de defensa sanitaria ganadera en la tasa por servicios de diagnóstico,
análisis y dictámenes prestados por los laboratorios agroganaderos, agroalimentarios y
de control de calidad de los recursos pesqueros.
En la tasa por la prevención y control de la contaminación se añade un nuevo
artículo 170 bis, en el que se introduce una reducción para microempresas, pequeñas y
medianas empresas (pymes), como medida de apoyo a las pequeñas y medianas
empresas, junto a la reducción aplicable a las empresas que se encuentren inscritas en
el Registro del Sistema Andaluz de Compensación de Emisiones (SACE), como
instrumento voluntario para la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
La modificación en el apartado 1 del artículo 187, que regula la cuota de la tasa por
ocupación de monte público a instancia de parte, responde a la necesidad de adecuar la
regulación de la tasa a las modificaciones normativas introducidas en la Ley 11/2021,
de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición
de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se
establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el
funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en
materia de regulación del juego.
En último lugar, se introducen diversas modificaciones en la tasa por inscripción en
las convocatorias para la selección de personal, con objeto de adecuar esta tasa a lo
dispuesto en el artículo 2 de la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios
cve: BOE-A-2023-1604
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Núm. 17