III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-1568)
Resolución de 9 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Pro a Pro Hostelería Organizada, SAU, para sus centros de trabajo de Madrid, Barcelona, Las Palmas de Gran Canaria y Palma de Mallorca.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 16
Jueves 19 de enero de 2023
Artículo 45.
Sec. III. Pág. 7502
Referencias.
– Legislación del apartado 3.
– Guía para la elaboración e implantación de un protocolo de acoso en la Empresa
del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
– Artículo 30 (Régimen disciplinario) del Convenio Colectivo de Pro@Pro.
– Artículo 31 (Sanciones) del Convenio Colectivo de Pro@Pro.
Artículo 46. Responsabilidades.
– Dirección General de Pro@Pro: es la responsable de promover la creación del
Comité para la Prevención y Denuncia del Acoso Laboral, así como de la creación del
Protocolo Integral de Prevención del Acoso Laboral y de que se lleve a cabo el
seguimiento de los puntos/acciones detalladas en dicho protocolo.
– Responsables área / Mandos Intermedios.: son los responsables de velar, en el
ámbito de su responsabilidad, por la consecución de un ambiente adecuado de trabajo y
libre de comportamientos indeseados que pudieran ser constitutivos de acoso laboral.
Según lo indicado en el Anexo VIII - Funciones Preventivas de los Responsables y
Mandos Intermedios.
– Miembros del Comité para la Prevención y Denuncia del Acoso Laboral: son los
responsables de iniciar las investigaciones pertinentes, tras la recepción de una
Comunicación de Acoso por cualquiera de las vías detalladas en este protocolo, y de
llegar a la resolución. Siempre preservando la intimidad y confidencialidad de todos los
implicados.
Personas trabajadoras: son responsables de comunicar por las vías oficiales al
Comité de Prevención y Denuncia del Acoso Laboral, cualquier caso de acoso que
detecten, independientemente de que sean testigos de este o bien como afectado
directo.
Artículo 47.
47.1
Ejecución.
Declaración de principios.
a) Rechazo absoluto a la violencia, física o psíquica, ejercida en la organización.
b) Consideración de cualquier tipo de acoso como una conducta inaceptable
porque atenta contra la dignidad de la persona y los derechos fundamentales que le son
inherentes.
c) La violencia sobre las mujeres, en cualquiera de sus manifestaciones, repugna
especialmente a la organización, que debe actuar y prevenir al respecto.
d) Asimismo, consideración como intolerables las conductas de acoso por razón de
orientación sexual y expresión e identidad de género, tal como se especifica en los
principios de Yogyakarta (2007) y en la Carta de los Derechos Fundamentales de la
Unión Europea (2010).
47.2
Compromiso.
Para conseguir los fines que se exponen en el presente protocolo, Pro@Pro se
compromete a:
– Dar información y formar a toda la plantilla de la empresa sobre los contenidos del
presente protocolo, así como garantizar una eficaz prevención concienciando sobre los
valores de respeto a la dignidad.
cve: BOE-A-2023-1568
Verificable en https://www.boe.es
Pro@Pro es la empresa de servicios centrales administrativos de una empresa
multinacional dedicada a la comercialización y distribución de productos de alimentación,
elaborados y congelados, dirigidos al sector de la restauración profesional.
En su virtud, Pro@Pro, declara los siguientes principios, como fundamentos y guía
de su actuación:
Núm. 16
Jueves 19 de enero de 2023
Artículo 45.
Sec. III. Pág. 7502
Referencias.
– Legislación del apartado 3.
– Guía para la elaboración e implantación de un protocolo de acoso en la Empresa
del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
– Artículo 30 (Régimen disciplinario) del Convenio Colectivo de Pro@Pro.
– Artículo 31 (Sanciones) del Convenio Colectivo de Pro@Pro.
Artículo 46. Responsabilidades.
– Dirección General de Pro@Pro: es la responsable de promover la creación del
Comité para la Prevención y Denuncia del Acoso Laboral, así como de la creación del
Protocolo Integral de Prevención del Acoso Laboral y de que se lleve a cabo el
seguimiento de los puntos/acciones detalladas en dicho protocolo.
– Responsables área / Mandos Intermedios.: son los responsables de velar, en el
ámbito de su responsabilidad, por la consecución de un ambiente adecuado de trabajo y
libre de comportamientos indeseados que pudieran ser constitutivos de acoso laboral.
Según lo indicado en el Anexo VIII - Funciones Preventivas de los Responsables y
Mandos Intermedios.
– Miembros del Comité para la Prevención y Denuncia del Acoso Laboral: son los
responsables de iniciar las investigaciones pertinentes, tras la recepción de una
Comunicación de Acoso por cualquiera de las vías detalladas en este protocolo, y de
llegar a la resolución. Siempre preservando la intimidad y confidencialidad de todos los
implicados.
Personas trabajadoras: son responsables de comunicar por las vías oficiales al
Comité de Prevención y Denuncia del Acoso Laboral, cualquier caso de acoso que
detecten, independientemente de que sean testigos de este o bien como afectado
directo.
Artículo 47.
47.1
Ejecución.
Declaración de principios.
a) Rechazo absoluto a la violencia, física o psíquica, ejercida en la organización.
b) Consideración de cualquier tipo de acoso como una conducta inaceptable
porque atenta contra la dignidad de la persona y los derechos fundamentales que le son
inherentes.
c) La violencia sobre las mujeres, en cualquiera de sus manifestaciones, repugna
especialmente a la organización, que debe actuar y prevenir al respecto.
d) Asimismo, consideración como intolerables las conductas de acoso por razón de
orientación sexual y expresión e identidad de género, tal como se especifica en los
principios de Yogyakarta (2007) y en la Carta de los Derechos Fundamentales de la
Unión Europea (2010).
47.2
Compromiso.
Para conseguir los fines que se exponen en el presente protocolo, Pro@Pro se
compromete a:
– Dar información y formar a toda la plantilla de la empresa sobre los contenidos del
presente protocolo, así como garantizar una eficaz prevención concienciando sobre los
valores de respeto a la dignidad.
cve: BOE-A-2023-1568
Verificable en https://www.boe.es
Pro@Pro es la empresa de servicios centrales administrativos de una empresa
multinacional dedicada a la comercialización y distribución de productos de alimentación,
elaborados y congelados, dirigidos al sector de la restauración profesional.
En su virtud, Pro@Pro, declara los siguientes principios, como fundamentos y guía
de su actuación: