I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Certificados de profesionalidad. (BOE-A-2023-1400)
Real Decreto 1041/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece un certificado de profesionalidad, de la familia profesional Actividades Físicas y Deportivas, que se incluye en el Repertorio Nacional de Certificados de Profesionalidad.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 19 de enero de 2023
Sec. I. Pág. 6924
entrenamiento, briefing o formación comprobando que los usuarios lo comprenden
para el posterior desarrollo de estas de forma autónoma en los retos, plataformas
y otros circuitos.
CR2.4 La ejecución técnica de progresión y anclaje de los usuarios se valora durante
el desarrollo de la actividad en el circuito de entrenamiento previa observación,
indicando correcciones para garantizar la seguridad.
CR2.5 El agarre con ambas manos se realiza, con especial atención a las poleas de
los anclajes, para evitar la introducción durante el desplazamiento en estas y evitar
lesiones en los dedos.
CR2.6 El paso entre puntos intermedios se explica, y se demuestran siguiendo
las técnicas según las especificaciones técnicas de los anclajes sin necesidad de
desabrocharse, para mantener la seguridad durante todo el circuito.
CR2.7 La relación con los usuarios se mantiene con empatía, utilizando técnicas
de comunicación verbal o gestual, para atender sus demandas e indicarles las
acciones y el comportamiento que deben seguir en todo momento y en situaciones
de emergencia.
RP3: Concretar las actividades en el circuito de entrenamiento, briefing o formación
adaptándolas a las características de los usuarios y según el nivel de dificultad de los
retos para lograr la satisfacción y disfrute en los límites de seguridad.
CR3.1 Las edades, características y expectativas de los usuarios del grupo se
verifican mediante la observación y cotejo individualizado de información para
identificar la experiencia físico deportiva.
CR3.2 La altura, pesos máximos y mínimos se verifican conforme al protocolo
establecido por el parque de aventura en altura para desarrollar las actividades
dentro de los límites que establecen las especificaciones técnicas de los circuitos.
CR3.3 El nivel de ejecución técnica de los usuarios se valora durante la realización
de actividades en el circuito de entrenamiento, briefing o formación para determinar
el de su nivel y adaptar la actividad.
CR3.4 Las señales de fatiga, deshidratación y posibles conductas de riesgo en los
usuarios se identifican y se corrigen en cada situación para mantener la actividad
dentro de los niveles de seguridad y satisfacción.
CR3.5 Los problemas de salud que tenga el usuario se identifican para
adoptar las medidas preventivas y desarrollar la actividad según lo programado o
desaconsejar en su caso la actividad.
CR3.6 La información se proporciona a los usuarios de forma detallada, amena,
con un lenguaje comprensible, teniendo en cuenta a las personas con necesidades
especiales y comprobando que ha sido comprendida y abarcando los siguientes
aspectos para mantener el interés por la actividad y la seguridad en su desarrollo:
- Las características de los retos y circuitos.
- El uso y capacidad de las plataformas de llegada y salida de los retos.
- El número máximo de personas por reto.
- El uso de las líneas de vida, de equipos anticaídas, de escaleras y de los equipos
de protección individual.
- Los protocolos de actuación durante la progresión horizontal y vertical.
- Las técnicas de progresión, dificultades de los retos, requisitos físicos o
destrezas, grados de dificultad de los circuitos y retos.
- En los casos de circuitos con sistema de línea de vida continua, conoce, indica
y muestra cómo asegurarse en el mismo, cómo se evoluciona y cómo se libera
del mismo.
- Los espacios protegidos y características de la zona.
- Las normas de protección y comportamiento en el medio natural.
cve: BOE-A-2023-1400
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 16
Jueves 19 de enero de 2023
Sec. I. Pág. 6924
entrenamiento, briefing o formación comprobando que los usuarios lo comprenden
para el posterior desarrollo de estas de forma autónoma en los retos, plataformas
y otros circuitos.
CR2.4 La ejecución técnica de progresión y anclaje de los usuarios se valora durante
el desarrollo de la actividad en el circuito de entrenamiento previa observación,
indicando correcciones para garantizar la seguridad.
CR2.5 El agarre con ambas manos se realiza, con especial atención a las poleas de
los anclajes, para evitar la introducción durante el desplazamiento en estas y evitar
lesiones en los dedos.
CR2.6 El paso entre puntos intermedios se explica, y se demuestran siguiendo
las técnicas según las especificaciones técnicas de los anclajes sin necesidad de
desabrocharse, para mantener la seguridad durante todo el circuito.
CR2.7 La relación con los usuarios se mantiene con empatía, utilizando técnicas
de comunicación verbal o gestual, para atender sus demandas e indicarles las
acciones y el comportamiento que deben seguir en todo momento y en situaciones
de emergencia.
RP3: Concretar las actividades en el circuito de entrenamiento, briefing o formación
adaptándolas a las características de los usuarios y según el nivel de dificultad de los
retos para lograr la satisfacción y disfrute en los límites de seguridad.
CR3.1 Las edades, características y expectativas de los usuarios del grupo se
verifican mediante la observación y cotejo individualizado de información para
identificar la experiencia físico deportiva.
CR3.2 La altura, pesos máximos y mínimos se verifican conforme al protocolo
establecido por el parque de aventura en altura para desarrollar las actividades
dentro de los límites que establecen las especificaciones técnicas de los circuitos.
CR3.3 El nivel de ejecución técnica de los usuarios se valora durante la realización
de actividades en el circuito de entrenamiento, briefing o formación para determinar
el de su nivel y adaptar la actividad.
CR3.4 Las señales de fatiga, deshidratación y posibles conductas de riesgo en los
usuarios se identifican y se corrigen en cada situación para mantener la actividad
dentro de los niveles de seguridad y satisfacción.
CR3.5 Los problemas de salud que tenga el usuario se identifican para
adoptar las medidas preventivas y desarrollar la actividad según lo programado o
desaconsejar en su caso la actividad.
CR3.6 La información se proporciona a los usuarios de forma detallada, amena,
con un lenguaje comprensible, teniendo en cuenta a las personas con necesidades
especiales y comprobando que ha sido comprendida y abarcando los siguientes
aspectos para mantener el interés por la actividad y la seguridad en su desarrollo:
- Las características de los retos y circuitos.
- El uso y capacidad de las plataformas de llegada y salida de los retos.
- El número máximo de personas por reto.
- El uso de las líneas de vida, de equipos anticaídas, de escaleras y de los equipos
de protección individual.
- Los protocolos de actuación durante la progresión horizontal y vertical.
- Las técnicas de progresión, dificultades de los retos, requisitos físicos o
destrezas, grados de dificultad de los circuitos y retos.
- En los casos de circuitos con sistema de línea de vida continua, conoce, indica
y muestra cómo asegurarse en el mismo, cómo se evoluciona y cómo se libera
del mismo.
- Los espacios protegidos y características de la zona.
- Las normas de protección y comportamiento en el medio natural.
cve: BOE-A-2023-1400
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 16