I. Disposiciones generales. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Presupuestos. (BOE-A-2023-1406)
Ley Foral 35/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 16

Jueves 19 de enero de 2023

Sec. I. Pág. 7122

Artículo 52. Incorporaciones de créditos de gasto no ejecutados correspondientes al
Fondo de residuos.
El gasto consignado en los Presupuestos Generales de Navarra correspondiente al
Fondo de Residuos creado por la Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de residuos y su
fiscalidad, que no se ejecute en el ejercicio correspondiente tendrá la consideración de
Remanente de Tesorería afecto y podrá incorporarse a ejercicios presupuestarios
siguientes.
Artículo 53.

Gestión de créditos del Fondo Climático de Navarra.

Podrán realizarse movimientos de fondos entre las partidas correspondientes al
Fondo Climático de Navarra, pudiendo crearse las necesarias para una mejor gestión del
gasto.
La competencia para autorizar los mencionados movimientos de fondos
corresponderá a la persona titular del departamento donde se encuadren las partidas
afectadas. En el caso que corresponda a diferentes departamentos, la competencia será
de la persona titular del Departamento de Economía y Hacienda, previa conformidad de
los departamentos implicados.
Artículo 54. Incorporaciones de créditos de gasto no ejecutados correspondientes al
Fondo Climático de Navarra.
El gasto consignado en los Presupuestos Generales de Navarra correspondiente al
Fondo Climático de Navarra creado por la Ley Foral 4/2022, de 22 de marzo, de cambio
climático y transición energética, que no se ejecute en el ejercicio correspondiente tendrá
la consideración de Remanente de Tesorería afecto y podrá incorporarse a ejercicios
presupuestarios siguientes.
Centrales sindicales y organizaciones empresariales.

– La partida 810012-81500-4819-494100, denominada «Subvención a la Asociación
Unidad de Innovación Social para su funcionamiento», se destinará a sufragar los gastos
de infraestructura y mantenimiento de la Asociación Unidad de Innovación Social para
que pueda cumplir con su finalidad de promoción e impulso de la innovación social, la
ideación y desarrollo colaborativos de formas innovadoras de resolver retos sociales y
que promuevan un desarrollo económico innovador, social, sostenible y centrado en las
personas, generando actividad empresarial y empleo de calidad.
– La partida 810012-81500-4819-494103, denominada «Compensación por su
participación a los sindicatos componentes del Comité de seguimiento del proceso
electoral sindical», se distribuirá entre los sindicatos que participen en la Comisión
creada por Decreto Foral 182/1994, de 3 de octubre, en proporción al número de
representantes de cada uno de ellos.
– La partida 810012-81500-4819-494108, denominada, «Transferencias a centrales
sindicales en proporción a su representatividad», del presupuesto del Departamento de
Desarrollo Económico y Empresarial, se distribuirá entre todas ellas en función de la
representación que ostente cada una de ellas en el ámbito de la Comunidad Foral, y
conforme a los resultados de las actas electorales cuyas votaciones y escrutinios se
hayan celebrado en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de
diciembre de 2022 y con mandato representativo en vigor en esta última fecha, según se
dispone en la Orden Foral 26E/2017, de 16 de junio, del Consejero de Desarrollo
Económico, por la que se establece el régimen de la subvención a las organizaciones
sindicales para el ejercicio de sus actividades ordinarias, en proporción al número de
representantes obtenido en Navarra, así como en su correspondiente convocatoria
anual.
– La partida 810012-81500-4819-494111 denominada «Transferencia a agentes
sociales y empresariales por participación», se destinará a fomentar la participación

cve: BOE-A-2023-1406
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Artículo 55.