I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Asistencia social. (BOE-A-2023-1405)
Ley 14/2022, de 22 de diciembre, del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 19 de enero de 2023

Sec. I. Pág. 7011

Sin embargo, el crecimiento económico posterior a la crisis financiera de 2008 no ha
impedido que la pobreza y la exclusión social crezcan en Euskadi. El efecto que explica
el crecimiento de la pobreza incluso en tiempos de bonanza tiene que ver con el desigual
incremento de los ingresos de los diferentes grupos de renta y con el consiguiente
incremento de los umbrales de pobreza. En ese sentido, el último informe de la EPDS
pone de manifiesto el incremento de todos los indicadores de desigualdad en Euskadi,
debido al menor incremento de los ingresos de los grupos de menor renta. Entre 2008
y 2020, el 60 % más acomodado de la población vasca ha experimentado un incremento
de sus ingresos, en términos de euros constantes, del 13 %. El 10 % más pobre, por el
contrario, ha experimentado una reducción de sus ingresos del 9 %, que hubiera llegado
al 21 % en ausencia de la RGI.
El propio crecimiento económico –al no repartirse de forma uniforme entre todos los
grupos de renta– está en parte provocando el crecimiento de la pobreza, medida en
términos relativos.
En términos más generales, el aumento del desempleo, el crecimiento en el número
de las personas paradas de larga duración, la falta de recursos de las personas
migrantes, la feminización del riesgo de exclusión, la discapacidad o la situación de las
personas pensionistas con escasos recursos económicos son solo algunos ejemplos de
los distintos factores que han contribuido al incremento del volumen de personas
necesitadas de protección. En el contexto de un sistema que trata de apoyar a personas
con bajos salarios, esta realidad se está viendo acentuada por el crecimiento de las
formas más precarias de empleo, tanto en términos de contratación eventual como a
tiempo parcial, que afectan de manera significativa a la población con menor
cualificación.
III
Por otra parte, el panorama que acaba de describirse ha cambiado radicalmente
como consecuencia de la crisis sociosanitaria y socioeconómica provocada por la
pandemia de COVID-19. En efecto, la brusca caída de la actividad económica derivada
de las medidas adoptadas para evitar la transmisión del virus ha tenido como
consecuencia un notable incremento de las tasas generales de desempleo, una
importante mortalidad empresarial y, sin duda, un incremento en las tasas de pobreza.
Tal y como pone de manifiesto la publicación del Consejo Económico y Social VascoEuskadiko Ekonomia eta Gizarte Arazoetarako Batzordea «Aproximación al impacto del
COVID-19 en Euskadi», el impacto económico de esta crisis no tiene precedentes y ha
provocado un shock internacional, tanto de oferta como de demanda, que ha generado
un entorno de elevada incertidumbre. En lo que a Euskadi respecta, el estudio constata
una contracción interanual en términos reales del PIB vasco de un 3,2 % en el primer
trimestre de 2020 y de un 19,5 % en el segundo, y una significativa destrucción del tejido
empresarial, con una pérdida entre febrero y septiembre de 2020 de 1.115 empresas
inscritas en la Seguridad Social, a la que se añade una tasa de paro general del 10 %
durante el tercer trimestre de 2020, con un peso de las personas paradas sobre el total
de la demanda de empleo en septiembre de 2020 del 29,7 %.
Este fuerte impacto ha sido moderado por efecto de los expedientes de regulación
temporal de empleo, que han permitido mantener, como apunta el estudio, la protección
de las personas trabajadoras, facilitando la flexibilidad de las plantillas ante la
incertidumbre sobre la paralización de la economía. Quizá esto explique, al menos en
parte, que no se hayan apreciado cambios reseñables en el número de familias
beneficiarias del Sistema de Garantía de Ingresos.
En cualquier caso, a la incertidumbre derivada de la crisis sociosanitaria y
socioeconómica se añaden los cambios vinculados a la aprobación del Real Decretoley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso mínimo vital, que nace
como prestación económica de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, con
el objetivo principal de garantizar, a través de la satisfacción de unas condiciones

cve: BOE-A-2023-1405
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Núm. 16