III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-1386)
Resolución de 3 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque solar fotovoltaico Villameca, de 196 MWp, y de una parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de León".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 18 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 6863

detectado nidificando en el entorno del proyecto, pero sí en zonas cercanas en la
temporada 2020.
La zona de estudio es utilizada como hábitat de alimentación y de campeo por la
mayor parte de las especies de avifauna mencionadas, por lo que la implantación de los
módulos implicará una pérdida de superficie de hábitat adecuado. Respecto a los
aguiluchos cenizo y pálido, se afecta a hábitat de reproducción de estas especies, que
aunque pueda ser abundante en la zona, debe considerarse el impacto acumulativo que
producirán todos los proyectos en distintas fases de ejecución, habiéndose estimado una
pérdida de hábitat de unas 1.700 ha en total.
En cuanto a aves ligadas a medios esteparios abiertos, se ha detectado presencia de
alondra común (Alauda arvensis), bisbita campestre (Anthus campestris), bisbita
pratense (A. pratensis), collalba gris (Oenanthe oenanthe), cogujada común (Galerida
cristata) o alondra totovía (Lullula arborea) entre otras, no habiendo detectado presencia
de grandes especies como avutarda, ganga, ortega o sisón común.
Aunque los resultados del estudio de avifauna confirman que el sisón común no está
presente en el área del proyecto ni en su entorno inmediato, se considera una zona de
presencia potencial, con posibilidad de ser recolonizada por poblaciones cercanas,
existiendo cuadrículas sensibles (10 x 10 km) para la especie relativamente cercanas (5
km al este y 3,3 km al sur) al proyecto, según el Inventario Español de Especies
Terrestres y la «Guía metodológica para la valoración de repercusiones de las plantas
solares sobre especies de avifauna esteparia» publicada por la Subdirección General de
Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO.
El informe de la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la
Junta de Castilla y León concluye que el proyecto no supondrá una afección a la
integridad de las especies presentes, siempre que se cumplan las medidas preventivas y
correctoras indicadas en el citado informe, que se recogen en el condicionado de la
presente resolución. Las medidas que deben incorporarse al proyecto más destacables
son la realización de prospecciones previas para localizar nidos de especies sensibles, la
protección de los nidos si es preciso y la comunicación con la autoridad competente de
cualquier hallazgo, así como la época de realización de las prospecciones, y las
características que debe cumplir el vallado perimetral.
Teniendo en cuenta que la implantación del proyecto supondrá la pérdida de un
hábitat de buena calidad para aves esteparias y rapaces (hábitat potencial en el caso del
sisón común, hábitat de alimentación y campeo para todas las especies presentes,
hábitat de reproducción constatado en el caso del aguilucho cenizo y probable en el caso
del aguilucho pálido), se estima necesario compensar dicho impacto residual. La
Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León
considera conveniente gestionar una superficie equivalente al 100 % de la ocupada por
la planta para la mejora del hábitat de las aves esteparias, mediante una serie de
medidas que se recogerán en un Plan de Conservación de aves esteparias sujeto a
aprobación de dicho organismo.
El promotor, en la última documentación técnica aportada, incluye una propuesta de
medidas correctoras destinadas a favorecer la presencia de avifauna esteparia en el
interior de la planta fotovoltaica, como la plantación de leguminosas entre las hileras de
seguidores, respetar la vegetación natural, o la instalación de puntos de agua. Por otro
lado, propone como medida compensatoria por la pérdida de hábitat estepario (y de los
aguiluchos cenizo y pálido en particular) la selección y compra de áreas de cultivo en
zonas cercanas para su recuperación como hábitat estepario, en una superficie
equivalente al menos al doble de la ocupación de la planta, que haya sido transformada
mediante concentración parcelaria, pérdida de linderos, o cambios en los tipos de cultivo,
mediante la aplicación de medidas agroambientales durante toda la vida útil del proyecto.
Además, propone el seguimiento coordinado de las poblaciones de aguiluchos en un
entorno de 5 km alrededor de todas las plantas fotovoltaicas que conforman el nudo de
Villameca.

cve: BOE-A-2023-1386
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 15