III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Planes de gestión del riesgo de inundación. (BOE-A-2023-1380)
Real Decreto 26/2023, de 17 de enero, por el que se aprueba la revisión y actualización de los planes de gestión del riesgo de inundación de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Segura, Júcar y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana, Ebro, Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 18 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 6788

contaminación de la laguna y del acuífero y recuperar las dinámicas naturales,
cumpliendo con los siguientes objetivos operativos del Marco de Actuaciones Prioritarias:
− Restablecer la legalidad y la dinámica natural de los ecosistemas.
− Restaurar y renaturalizar en los diferentes ámbitos de actuación a nivel de cuenca.
− Desarrollar diferentes intervenciones en el territorio aplicando las soluciones
basadas en la naturaleza que permitan una mayor funcionalidad y resiliencia en toda la
Cuenca del Mar Menor.
Además, en cada momento, las medidas deberán cumplir con el desarrollo y
mecanismos establecidos en los siguientes capítulos del Marco de Actuaciones
Prioritarias del Mar Menor:
− 07. Reformas normativas.
− 08. Mejora del conocimiento y seguimiento.
− 09. Planificación y Visión a medio-largo plazo.
− 10. Participación social.
Las medidas 2098 y 2105 se incluyen únicamente en el programa de Medidas del
Plan Hidrológico, pero es de aplicación todo lo anterior.
− Sugerencias apartado 4.3: Las 929 actuaciones para la laminación de avenidas en
la rambla de Nogalte y Béjar. Presa de Béjar y 1.799 actuaciones para la laminación de
avenidas y la restauración ambiental en la rambla de Tabala y su conducción hasta el
Reguerón de Hurchillo y el río Segura. Presa de Tabala, son estructuras planificadas con
el objetivo único de la laminación de caudales con el fin de proteger frente a las avenidas
y no de regulación para uso del agua. La viabilidad ambiental de ambas obras ha sido
analizada (anejo 3 del PGRI), identificando en ambos casos afecciones a hábitats y en el
caso de la presa de Béjar afección directa a la Red Natura 2000.
En el caso de la presa de Béjar, durante la tramitación del proyecto se identificará si
el embalse puede provocar un perjuicio a la integridad del espacio Red Natura 2000 y en
caso afirmativo será necesario desistir o acreditar el cumplimiento de las condiciones
excepcionales indicadas en el artículo 46 de la referida ley.
6.4 Sugerencias específicas realizadas a la Demarcación Hidrográfica del Júcar. En
relación con las sugerencias recogidas en el apartado 4.2.6 de la DAE, se realizan a
continuación las siguientes consideraciones:
− Acondicionamientos y mejoras red de drenaje en el tramo bajo del Júcar: De
conformidad con la Declaración Ambiental Estratégica, previamente al diseño definitivo
de los distintos proyectos, si procede, deberán ser sometidos a evaluación de impacto
ambiental, se justificará la inexistencia de alternativas con el mismo fin (protección frente
a inundaciones) pero con menor incidencia ambiental, y se priorizarán en lo posible
medidas naturales de retención de aguas.
− Redacción y ejecución del proyecto de construcción de la presa de Montesa: la
finalidad exclusiva de la presa de Montesa es la laminación de caudales que fluyen por el
río Cányoles y, por tanto, por el río Albaida del que es tributario, como complemento de
la ya existente presa de Bellús, al objeto de reducir los riesgos de inundación en la
comarca de la Costera y en la Ribera del Júcar, aguas abajo de la confluencia entre
aquel y el río Júcar.
La construcción de la presa fue declarada de interés general según la Ley 10/2001,
del Plan Hidrológico Nacional, anexo II, y de acuerdo con lo establecido en el
apartado I.h) 7 del anexo A del Real Decreto 903/2010, y de conformidad con lo indicado
en la Declaración Ambiental Estratégica, se ha realizado el estudio de viabilidad que
justifica la inclusión de las medidas estructurales en el Plan de Gestión del Riesgo de
Inundación de la demarcación hidrográfica del Júcar 2015-2021. El citado estudio costebeneficio, el cual se encuentra disponible en formato resumen en el anejo 3 del

cve: BOE-A-2023-1380
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