III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2023-1170)
Resolución de 9 de enero de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con el Institut de Física d'Altes Energies, el Institut d'Estudis Espacials de Catalunya, la Universitat de Barcelona y la Universitat Politècnica de Catalunya, para la colaboración en la realización del subproyecto de I+D+i "Tecnologías avanzadas para la exploración del universo", en el marco de los Planes Complementarios en el área de Astrofísica y Física de Altas Energías, que forman parte del Componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, cofinanciado con fondos del presupuesto del Departament de Recerca i Universitats de la Generalitat de Cataluña.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 14
Martes 17 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 6264
fijado para el conjunto del proyecto del que depende. A la fecha de la eficacia del
presente convenio, el Programa de Astrofísica y Física de Altas Energías deberá finalizar
antes del 30 de septiembre de 2025. El Plan que, como entidad ejecutora, desarrolla el
IFAE tendrá una duración de hasta tres años contados a partir de la recepción de los
fondos. La imputación de gastos relacionados con la ejecución del programa estará
limitada a actividades realizadas durante el período comprendido entre el 1 de enero
de 2021, y la finalización del Programa.
Si hubiera alguna modificación en el periodo de ejecución del conjunto del Programa,
ésta se aplicará automáticamente al Subproyecto sin necesidad de modificar el presente
convenio, conforme a lo previsto en la cláusula decimotercera (este Convenio se
extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto). No
obstante, en el supuesto de una extensión del plazo de ejecución del Programa, se
requerirá la suscripción de una adenda de prórroga al efecto entre las Partes a fin de
cubrir el nuevo periodo de ejecución que se establezca para el Subproyecto, en los
términos señalados en la cláusula decimosexta.
Presupuesto asignado a las Partes y fuentes de financiación.
Personal
–
Euros
IFAE.
Equipamiento
–
Euros
Otros
–
Euros
Indirectos
–
Euros
SUMA
–
Euros
1.878.261
713.044
1.199.999
568.696
4.360.000
1.547.827
0
347.825
284.348
2.180.000
330.434
713.044
852.174
284.348
2.180.000
2.444.913
475.000
644.000
534.587
4.098.500
NGEU.
1.352.000
25.000
405.000
267.300
2.049.300
GENCAT.
1.092.913
450.000
239.000
267.287
2.049.200
675.217
425.217
2.030.000
469.565
3.599.999
675.217
0
890.000
234.783
1.800.000
GENCAT.
0
425.217
1.140.000
234.783
1.800.000
INTE-UPC.
260.870
217.391
43.478
78.261
600.000
NGEU.
260.870
0
0
39.131
300.001
0
217.391
43.478
39.130
299.999
ICE-CSIC.
966.000
626.000
0
238.800
1.830.800
NGEU.
796.000
0
0
119.400
915.400
GENCAT.
170.000
626.000
0
119.400
915.400
ICMAB-CSIC.
248.000
86.000
66.000
60.000
460.000
164.000
36.000
0
30.000
230.000
84.000
50.000
66.000
30.000
230.000
6.473.261
2.542.652
3.983.477
1.949.909
14.949.299
NGEU.
GENCAT.
ICC-UB.
IEEC.
NGEU.
GENCAT.
NGEU.
GENCAT.
Total.
Los gastos indirectos corresponden al 15 % de los gastos directos en Personal,
Equipamiento y Otros, de acuerdo con el Plan de Trabajo presentado (anexo 1).
El desglose detallado de los gastos previstos se detalla en el anexo 2.
cve: BOE-A-2023-1170
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.
Núm. 14
Martes 17 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 6264
fijado para el conjunto del proyecto del que depende. A la fecha de la eficacia del
presente convenio, el Programa de Astrofísica y Física de Altas Energías deberá finalizar
antes del 30 de septiembre de 2025. El Plan que, como entidad ejecutora, desarrolla el
IFAE tendrá una duración de hasta tres años contados a partir de la recepción de los
fondos. La imputación de gastos relacionados con la ejecución del programa estará
limitada a actividades realizadas durante el período comprendido entre el 1 de enero
de 2021, y la finalización del Programa.
Si hubiera alguna modificación en el periodo de ejecución del conjunto del Programa,
ésta se aplicará automáticamente al Subproyecto sin necesidad de modificar el presente
convenio, conforme a lo previsto en la cláusula decimotercera (este Convenio se
extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto). No
obstante, en el supuesto de una extensión del plazo de ejecución del Programa, se
requerirá la suscripción de una adenda de prórroga al efecto entre las Partes a fin de
cubrir el nuevo periodo de ejecución que se establezca para el Subproyecto, en los
términos señalados en la cláusula decimosexta.
Presupuesto asignado a las Partes y fuentes de financiación.
Personal
–
Euros
IFAE.
Equipamiento
–
Euros
Otros
–
Euros
Indirectos
–
Euros
SUMA
–
Euros
1.878.261
713.044
1.199.999
568.696
4.360.000
1.547.827
0
347.825
284.348
2.180.000
330.434
713.044
852.174
284.348
2.180.000
2.444.913
475.000
644.000
534.587
4.098.500
NGEU.
1.352.000
25.000
405.000
267.300
2.049.300
GENCAT.
1.092.913
450.000
239.000
267.287
2.049.200
675.217
425.217
2.030.000
469.565
3.599.999
675.217
0
890.000
234.783
1.800.000
GENCAT.
0
425.217
1.140.000
234.783
1.800.000
INTE-UPC.
260.870
217.391
43.478
78.261
600.000
NGEU.
260.870
0
0
39.131
300.001
0
217.391
43.478
39.130
299.999
ICE-CSIC.
966.000
626.000
0
238.800
1.830.800
NGEU.
796.000
0
0
119.400
915.400
GENCAT.
170.000
626.000
0
119.400
915.400
ICMAB-CSIC.
248.000
86.000
66.000
60.000
460.000
164.000
36.000
0
30.000
230.000
84.000
50.000
66.000
30.000
230.000
6.473.261
2.542.652
3.983.477
1.949.909
14.949.299
NGEU.
GENCAT.
ICC-UB.
IEEC.
NGEU.
GENCAT.
NGEU.
GENCAT.
Total.
Los gastos indirectos corresponden al 15 % de los gastos directos en Personal,
Equipamiento y Otros, de acuerdo con el Plan de Trabajo presentado (anexo 1).
El desglose detallado de los gastos previstos se detalla en el anexo 2.
cve: BOE-A-2023-1170
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.