III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-1081)
Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta Solar Fotovoltaica Cofrentes I, en Ayora, Zarra, Jarafuel, Jalance y Cofrentes (Valencia)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 13
Lunes 16 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 6012
2.2.12 Deberá reponerse la servidumbre de paso del agua de tal modo que se
cumpla el artículo 47.1 del texto refundido de la Ley de Aguas (RDL 1/2021 de 20 de
julio), es decir, sin modificar las servidumbres naturales actualmente existentes,
garantizándose, además, la inexistencia de riesgo de encharcamiento o inundación en
las zonas próximas a las obras.
2.2.13 Se garantizará la no afección a cursos de aguas superficiales y
subterráneos, por vertidos contaminantes que puedan realizarse durante la fase de
construcción y explotación.
2.2.14 Se garantizará en todo momento el drenaje superficial de las aguas hacia los
cauces manteniendo las márgenes limpias.
2.2.15 Las actuaciones sobre cauces respetarán el trazado, fisonomía y estructura
del cauce, sin realizar obra alguna y retirando los residuos generados.
2.2.16 Retirada de las instalaciones de media-alta tensión de la FTV (power blocks,
líneas subterráneas a 30kV) de las zonas de flujo preferente.
2.2.17 Las zonas donde la pendiente sea mayor del 25% se deberán dejar libres de
cualquier obstáculo.
2.2.18 Se conservarán al máximo las zonas con vegetación espontánea y se
plantarán zonas de vegetación en los estratos herbáceos, arbustivos y arbóreos en las
zonas desnudas creadas que generen condiciones favorables para la infiltración.
2.2.19 La disposición de las placas solares deberá acompañar las curvas de nivel.
2.2.20 En caso de que se realice una modificación del terreno y la pendiente sea
mayor al 5% se realizarán terrazas o bermas para mantener las condiciones de flujo
laminar.
2.2.21 Durante la fase de explotación, se realizarán controles periódicos de
carácter anual, que permitan conocer la situación de la masa de agua 080.138 Alpera
(Carcelén). En caso de detectar reducciones significativas, se instalarán dispositivos de
recarga artificial de acuerdo con la autoridad ambiental competente y la Confederación
Hidrográfica.
2.2.22 La limpieza y mantenimiento de paneles se realizará únicamente con agua,
sin utilizar productos químicos.
2.2.23 Los edificios asociados contarán con sistemas de depuración o fosa séptica
propios, debidamente dimensionados y gestionados.
Medidas para los impactos sobre la flora y vegetación.
2.3.1 Previamente al diseño del proyecto constructivo del tendido eléctrico de 132
kV, en la parte que afecta a la ZEC «Valle de Ayora y Sierra del Boquerón» se realizará
una prospección botánica detallada para concretar los límites de las formaciones de
Hábitats de Interés Comunitario que se pueden ver afectados. La localización de los
apoyos de la línea de evacuación evitará siempre que sea posible su coincidencia con
superficies del HIC 1520*, principio igualmente aplicable al diseño de los accesos y
superficies auxiliares necesarias. El acceso a los apoyos en las zonas Red Natura 2000
se realizará preferentemente a través de superficies de cultivo agrícola, y también
evitando o minimizando la afección sobre hábitats de interés comunitario, y en concreto
sobre el HIC 1520*.
2.3.2 El montaje de los apoyos del tendido eléctrico se realizará mediante la
tecnología que permita minimizar las dimensiones de la campa de trabajo y de los
accesos.
2.3.3 Se señalizarán y protegerán los árboles presentes en la zona con cavidades
en sus troncos que pudieran servir de nidos o madrigueras a especies de interés.
2.3.4 En fases de construcción y de desmantelamiento no se instalarán ni acopios
ni instalaciones o superficies auxiliares sobre áreas con hábitats de interés comunitario,
excepto las plataformas de montaje y los sistemas de tensado de la línea de evacuación
especificados en el Estudio de afecciones a la Red Natura 2000, que serán
inmediatamente restaurados tras las obras.
cve: BOE-A-2023-1081
Verificable en https://www.boe.es
2.3
Núm. 13
Lunes 16 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 6012
2.2.12 Deberá reponerse la servidumbre de paso del agua de tal modo que se
cumpla el artículo 47.1 del texto refundido de la Ley de Aguas (RDL 1/2021 de 20 de
julio), es decir, sin modificar las servidumbres naturales actualmente existentes,
garantizándose, además, la inexistencia de riesgo de encharcamiento o inundación en
las zonas próximas a las obras.
2.2.13 Se garantizará la no afección a cursos de aguas superficiales y
subterráneos, por vertidos contaminantes que puedan realizarse durante la fase de
construcción y explotación.
2.2.14 Se garantizará en todo momento el drenaje superficial de las aguas hacia los
cauces manteniendo las márgenes limpias.
2.2.15 Las actuaciones sobre cauces respetarán el trazado, fisonomía y estructura
del cauce, sin realizar obra alguna y retirando los residuos generados.
2.2.16 Retirada de las instalaciones de media-alta tensión de la FTV (power blocks,
líneas subterráneas a 30kV) de las zonas de flujo preferente.
2.2.17 Las zonas donde la pendiente sea mayor del 25% se deberán dejar libres de
cualquier obstáculo.
2.2.18 Se conservarán al máximo las zonas con vegetación espontánea y se
plantarán zonas de vegetación en los estratos herbáceos, arbustivos y arbóreos en las
zonas desnudas creadas que generen condiciones favorables para la infiltración.
2.2.19 La disposición de las placas solares deberá acompañar las curvas de nivel.
2.2.20 En caso de que se realice una modificación del terreno y la pendiente sea
mayor al 5% se realizarán terrazas o bermas para mantener las condiciones de flujo
laminar.
2.2.21 Durante la fase de explotación, se realizarán controles periódicos de
carácter anual, que permitan conocer la situación de la masa de agua 080.138 Alpera
(Carcelén). En caso de detectar reducciones significativas, se instalarán dispositivos de
recarga artificial de acuerdo con la autoridad ambiental competente y la Confederación
Hidrográfica.
2.2.22 La limpieza y mantenimiento de paneles se realizará únicamente con agua,
sin utilizar productos químicos.
2.2.23 Los edificios asociados contarán con sistemas de depuración o fosa séptica
propios, debidamente dimensionados y gestionados.
Medidas para los impactos sobre la flora y vegetación.
2.3.1 Previamente al diseño del proyecto constructivo del tendido eléctrico de 132
kV, en la parte que afecta a la ZEC «Valle de Ayora y Sierra del Boquerón» se realizará
una prospección botánica detallada para concretar los límites de las formaciones de
Hábitats de Interés Comunitario que se pueden ver afectados. La localización de los
apoyos de la línea de evacuación evitará siempre que sea posible su coincidencia con
superficies del HIC 1520*, principio igualmente aplicable al diseño de los accesos y
superficies auxiliares necesarias. El acceso a los apoyos en las zonas Red Natura 2000
se realizará preferentemente a través de superficies de cultivo agrícola, y también
evitando o minimizando la afección sobre hábitats de interés comunitario, y en concreto
sobre el HIC 1520*.
2.3.2 El montaje de los apoyos del tendido eléctrico se realizará mediante la
tecnología que permita minimizar las dimensiones de la campa de trabajo y de los
accesos.
2.3.3 Se señalizarán y protegerán los árboles presentes en la zona con cavidades
en sus troncos que pudieran servir de nidos o madrigueras a especies de interés.
2.3.4 En fases de construcción y de desmantelamiento no se instalarán ni acopios
ni instalaciones o superficies auxiliares sobre áreas con hábitats de interés comunitario,
excepto las plataformas de montaje y los sistemas de tensado de la línea de evacuación
especificados en el Estudio de afecciones a la Red Natura 2000, que serán
inmediatamente restaurados tras las obras.
cve: BOE-A-2023-1081
Verificable en https://www.boe.es
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