III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Encomienda de gestión. (BOE-A-2023-1076)
Resolución de 15 de noviembre de 2022, de la Autoridad Portuaria de Bilbao, por la que se publica la encomienda de gestión con el Ayuntamiento de Getxo, para la prestación de servicios generales de competencia de la Autoridad Portuaria de Bilbao en el ámbito de zonas portuarias vinculadas a usos de interacción puerto-ciudad en el municipio de Getxo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 16 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 5968

Arenas a la Playa de Ereaga y Camino y zona ajardinada en La Galea. Asimismo, se
acordó, como compromiso de actuación concreto, la iniciación del procedimiento
legalmente previsto en orden a la cesión gratuita de la parcela denominada Campa del
Loro en Neguri al citado Ayuntamiento de Getxo, habiéndose formalizado la escritura
pública correspondiente a esta actuación el 27 de abril de 2018.
VI. En este sentido, procedería en este momento la formalización del referido
acuerdo institucional adoptado por los respectivos órganos de gobierno, al amparo de las
previsiones del artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, que determine el alcance de la referida encomienda de gestión y en este
orden el Ayuntamiento de Getxo y la Autoridad Portuaria de Bilbao consideran necesario
colaborar en la definición de un modelo de gestión, explotación y acercamiento a la
población de los espacios portuarios terrestres abiertos al uso general, desde una visión
institucional, integrada y transversal de la ciudad, aunando intereses urbanos, cívicos,
culturales, educativos, medioambientales y turísticos, al objeto de garantizar la operativa
de las actividades concernidas en las condiciones normativas y de seguridad exigibles,
en coherencia con la concurrencia de competencias de ambas instituciones en dicho
ámbito espacial terrestre y de las actuaciones que se llevan a cabo en la práctica por el
propio Ayuntamiento de Getxo, atendiendo a motivos de eficacia y de carencia de
medios técnicos idóneos por parte del titular de la competencia en relación al referido
ámbito espacial, como los relacionados con la limpieza específica viaria, la recogida de
residuos, el control del tráfico, la conservación de los espacios y el alumbrado público,
directamente interrelacionado en el espacio integrado señalado como parte de la trama
urbana del municipio disfrutado por la ciudadanía de Getxo.
En orden a desarrollar una estrategia conjunta de desarrollo competencial se
formaliza esta encomienda de gestión como fórmula de colaboración en el ámbito de las
respectivas competencias que concurren en los diferentes ámbitos, usos y actividades
que se realicen en las zonas portuarias abiertas al uso público general en el municipio de
Getxo que se concretan en el presente documento.
En atención a lo anterior, ambas Administraciones intervinientes deciden formalizar el
presente instrumento de formalización de encomienda de gestión que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Naturaleza y alcance.
Son partes de la presente encomienda de gestión la Autoridad Portuaria de Bilbao,
como órgano encomendante, y el Ayuntamiento de Getxo, como órgano encomendado,
siendo el objeto del presente convenio la encomienda al Ayuntamiento de Getxo para la
gestión de servicios generales de competencia de la Autoridad Portuaria de Bilbao
relativos a vigilancia, ordenación y control del tráfico terrestre, seguridad y policía,
incluyendo las competencias sancionadoras en materia de ordenación del tráfico,
alumbrado, limpieza, saneamiento, prevención y control de emergencias en colaboración
con las Administraciones competentes, así como el mantenimiento de los espacios
destinados al uso público en relación a la zona de servicio portuaria terrestre
perteneciente al municipio de Getxo delimitada en el plano-ortofoto que se adjunta como
anexo número 1 del presente documento.
Asimismo, se establece una fórmula de colaboración institucional entre la Autoridad
Portuaria de Bilbao y el Ayuntamiento de Getxo en relación a las actividades que se
realicen en los señalados espacios portuarios, con el objeto de agilizar la tramitación de
las autorizaciones de servicios de temporada en las playas, espectáculos y actividades
recreativas, culturales, deportivas y otras destinadas a la dinamización y ocio urbano, así
como la prestación de servicios en vía pública o en instalaciones sujetas a
autorizaciones administrativas, que permitan al municipio disponer, bajo criterios y

cve: BOE-A-2023-1076
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Núm. 13