III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Ayudas. (BOE-A-2023-1006)
Orden CUD/1367/2022, de 30 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para las becas del Plan formativo en habilidades empresariales de las industrias culturales y creativas y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 12
Sábado 14 de enero de 2023
Artículo 23.
Sec. III. Pág. 5500
Imputación de créditos.
1. Esta convocatoria está financiada por el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia de la Unión Europea, establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del
Consejo, de 14 de diciembre de 2020, y regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021. Dicha financiación queda
legalmente vinculada a la realización de las actuaciones subvencionadas y a las medidas
integradas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.
2. La cuantía máxima destinada a financiar el Plan formativo en habilidades
empresariales de las industrias culturales es de 3.500.000 euros, de los que 3.185.000
euros corresponden específicamente al pago de las becas y 315.000 euros a la
compensación económica que recibirá la entidad colaboradora por las funciones que
ejerza en el proceso. Dichos importes que se imputarán a la aplicación
presupuestaria 24.50.04.33XA.482 del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Cultura y
Deporte para 2023.
3. Es de aplicación a estas subvenciones el artículo 64 del Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre, referido a la tramitación anticipada de estas
subvenciones. La concesión de las ayudas queda condicionada a la existencia de crédito
adecuado y suficiente en el año 2023.
Artículo 24. Requisitos de la solicitud.
a) En el caso de manifestar oposición expresa a su consulta por medios
electrónicos, se deberá adjuntar copia digitalizada del Documento Nacional de Identidad,
para los ciudadanos españoles, o copia digitalizada del Número de Identificación de
Extranjero o del documento que lo sustituya para el resto de interesados en el
procedimiento.
b) Curriculum vitae. Los interesados deberán cumplimentar el curriculum vitae en
formato Europass (disponible en https://europa.eu/europass/es/create-europass-cv), con
un límite de diez páginas y 4.500 palabras. No se admitirá ninguna solicitud presentada
con un curriculum vitae cumplimentado en un formato distinto.
c) Carta de motivación. Tendrá una extensión máxima de 500 palabras y deberán
referenciarse los objetivos que se persiguen con el programa formativo solicitado así
como su impacto en la trayectoria profesional del aspirante.
d) Carta de aceptación de la universidad o centro educativo. En ella se hará constar
la siguiente información:
1.º Título del programa formativo para el cual se solicita la beca objeto de esta
ayuda.
2.º Duración o equivalencia en créditos ECTS.
3.º Gastos de matrícula y, en su caso, el coste de otras tasas obligatorias.
4.º Contenidos del programa formativo especificando las disciplinas o ámbitos de
conocimiento conforme a lo establecido en el artículo 20.
cve: BOE-A-2023-1006
Verificable en https://www.boe.es
1. El formulario de solicitud tendrá exclusivamente formato electrónico y se
encontrará disponible en la sede electrónica del Ministerio a través de la dirección
https://www.culturaydeporte.gob.es/servicios-al-ciudadano/catalogo/becas-ayudas-ysubvenciones.html.
2. La solicitud deberá ser cumplimentada en su totalidad y en castellano. Los datos
no cumplimentados, total o parcialmente, no serán tenidos en cuenta a efectos de su
valoración.
3. Cada interesado podrá presentar como máximo una única solicitud
correspondiente a un único programa formativo. En caso de rebasarse este límite, se
evaluará la primera solicitud presentada, según fecha, hora y número de registro,
considerándose excluidas las restantes solicitudes.
4. La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
Núm. 12
Sábado 14 de enero de 2023
Artículo 23.
Sec. III. Pág. 5500
Imputación de créditos.
1. Esta convocatoria está financiada por el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia de la Unión Europea, establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del
Consejo, de 14 de diciembre de 2020, y regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021. Dicha financiación queda
legalmente vinculada a la realización de las actuaciones subvencionadas y a las medidas
integradas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.
2. La cuantía máxima destinada a financiar el Plan formativo en habilidades
empresariales de las industrias culturales es de 3.500.000 euros, de los que 3.185.000
euros corresponden específicamente al pago de las becas y 315.000 euros a la
compensación económica que recibirá la entidad colaboradora por las funciones que
ejerza en el proceso. Dichos importes que se imputarán a la aplicación
presupuestaria 24.50.04.33XA.482 del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Cultura y
Deporte para 2023.
3. Es de aplicación a estas subvenciones el artículo 64 del Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre, referido a la tramitación anticipada de estas
subvenciones. La concesión de las ayudas queda condicionada a la existencia de crédito
adecuado y suficiente en el año 2023.
Artículo 24. Requisitos de la solicitud.
a) En el caso de manifestar oposición expresa a su consulta por medios
electrónicos, se deberá adjuntar copia digitalizada del Documento Nacional de Identidad,
para los ciudadanos españoles, o copia digitalizada del Número de Identificación de
Extranjero o del documento que lo sustituya para el resto de interesados en el
procedimiento.
b) Curriculum vitae. Los interesados deberán cumplimentar el curriculum vitae en
formato Europass (disponible en https://europa.eu/europass/es/create-europass-cv), con
un límite de diez páginas y 4.500 palabras. No se admitirá ninguna solicitud presentada
con un curriculum vitae cumplimentado en un formato distinto.
c) Carta de motivación. Tendrá una extensión máxima de 500 palabras y deberán
referenciarse los objetivos que se persiguen con el programa formativo solicitado así
como su impacto en la trayectoria profesional del aspirante.
d) Carta de aceptación de la universidad o centro educativo. En ella se hará constar
la siguiente información:
1.º Título del programa formativo para el cual se solicita la beca objeto de esta
ayuda.
2.º Duración o equivalencia en créditos ECTS.
3.º Gastos de matrícula y, en su caso, el coste de otras tasas obligatorias.
4.º Contenidos del programa formativo especificando las disciplinas o ámbitos de
conocimiento conforme a lo establecido en el artículo 20.
cve: BOE-A-2023-1006
Verificable en https://www.boe.es
1. El formulario de solicitud tendrá exclusivamente formato electrónico y se
encontrará disponible en la sede electrónica del Ministerio a través de la dirección
https://www.culturaydeporte.gob.es/servicios-al-ciudadano/catalogo/becas-ayudas-ysubvenciones.html.
2. La solicitud deberá ser cumplimentada en su totalidad y en castellano. Los datos
no cumplimentados, total o parcialmente, no serán tenidos en cuenta a efectos de su
valoración.
3. Cada interesado podrá presentar como máximo una única solicitud
correspondiente a un único programa formativo. En caso de rebasarse este límite, se
evaluará la primera solicitud presentada, según fecha, hora y número de registro,
considerándose excluidas las restantes solicitudes.
4. La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación: