III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-940)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque Fotovoltaico Vinalopó de 28 MWp/20 MWn, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Alicante, Albacete y Valencia".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 11

Viernes 13 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 5361

ZEPA «Els Aforins», cruzando el límite de la Comunidad Valenciana y adentrándose en
Castilla-La Mancha.
De acuerdo con la ubicación de la planta y de la SET Colectora, el promotor no
plantea alternativas a la línea de evacuación subterránea que conecta ambas
infraestructuras, dado que la distancia entre el vallado de la planta y la SET Colectora
Benejama es muy reducida.
4.2

Tratamiento de los principales impactos del proyecto.

A la vista del estudio de impacto ambiental, de las contestaciones a las consultas y
alegaciones recibidas y de las observaciones finales del promotor, se resumen a
continuación los impactos significativos del proyecto y su tratamiento. Aquellos impactos
considerados compatibles o moderados que tienen en el estudio de impacto ambiental
un tratamiento adecuado y suficiente no se detallan en la presente resolución. Tampoco
se evalúan los impactos generados por la infraestructura común de evacuación, que tal y
como se ha mencionado anteriormente, ya han sido evaluados en el procedimiento que
concluyó con la Resolución de 12 de agosto de 2022, de la Dirección General de Calidad
y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del
proyecto «Planta fotovoltaica Benejama-Rotonda 1 de 57,53 MWp, ubicada en el término
municipal de Villena (Alicante) y su infraestructura de evacuación». En cualquier caso,
los dos estudios de impacto ambiental (planta y línea de evacuación compartida) y sus
anexos están disponibles en el enlace web indicado en el apartado 2.
La evaluación realizada contempla los impactos asociados a las fases de
construcción, explotación y desmantelamiento. Los impactos de la fase de
desmantelamiento derivados de las actuaciones de movimiento de tierras, desmontaje
de las infraestructuras de la instalación, presencia de personal y maquinaria son del
mismo tipo que durante la fase de construcción, con la diferencia de que tras esta fase
se incluyen labores de restitución de terrenos y accesos y la recuperación de usos
originales del suelo, que generarían fundamentalmente impactos positivos.
4.2.1

Suelo, subsuelo y geodiversidad.

En fase de obras la eliminación de la cubierta vegetal, excavaciones y movimientos
de tierra para el hincado de estructuras pueden determinar la pérdida o degradación del
suelo fértil y el incremento de los procesos erosivos. El principal impacto se relaciona
con la ocupación y compactación del terreno producida por las labores necesarias para
la implementación de los elementos del proyecto. También podría producirse una
afección relevante en caso de contaminación del suelo y subsuelo por vertidos
accidentales.
Durante la fase de explotación se pueden generar impactos derivados del incremento
de los procesos erosivos, la pérdida y alteración de los suelos y tierra fértil por las
labores de desbroce y mantenimiento de la vegetación.
Todos los impactos descritos se consideran compatibles, y el promotor propone
medidas preventivas y correctoras de carácter de buenas prácticas para minimizar
posibles afecciones.
Agua.

El proyecto se ubica en la Demarcación Hidrográfica del Júcar, sobre dos masas de
agua subterránea que no se verán afectadas. La red hidrológica superficial está
representada principalmente por barrancos y ramblas de poca importancia que
descienden desde la Sierra de Benejama. El promotor señala que se respetarán las
distancias reglamentarias sobre zonas de servidumbre y policía y que no se instalarán
elementos sobre zonas inundables.
Durante las obras, el principal impacto podría ser la contaminación de aguas
superficiales y subterráneas por el vertido accidental de aceites provenientes de la
maquinaria. Como medidas preventivas el promotor propone varias medidas de buenas

cve: BOE-A-2023-940
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4.2.2