III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-937)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Torrelaguna, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Torrelaguna.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 11
Viernes 13 de enero de 2023
Cuarta.
Sec. III. Pág. 5322
Coste de las actuaciones y aportaciones de las partes.
El coste de las actuaciones previstas en el anexo del presente convenio se cifra
en 894.212,36 euros, que se financiará conjuntamente por las partes firmantes con
arreglo a la siguiente distribución:
2022
–
Euros
2023
–
Euros
2022 357.684,00
Secretaría de Estado de Turismo.
2024
–
Euros
Total
–
Euros
357.684,00
2023
2024
Total SETUR.
40,00 %
Consejería de Cultura, Turismo y
Deporte.
357.684,00
2022
2023
223.553,00
2024
223.553,00
223.553,00 223.553,00
Total Comunidad de Madrid.
50,00 %
447.106,00
2022
Ayuntamiento de Torrelaguna.
2023
89.422,36
89.422,36
2024
Total Ayuntamiento de Torrelaguna.
10,00 %
Total Plan.
89.422,36
357.684,00 312.975,36 223.553,00 894.212,36
Sin perjuicio de que deba presentarse justificación documental a la Secretaría de
Estado de Turismo y a la Comunidad de Madrid, de la forma en que se describe en las
cláusulas quinta y sexta, las aportaciones de cada una de las administraciones están
vinculadas a la ejecución del conjunto de las actuaciones recogidas en el anexo del
convenio.
Aportación de la Secretaría de Estado de Turismo.
1. Las aportaciones de la Secretaría de Estado de Turismo se efectuarán con cargo
a la aplicación presupuestaria 20.04.432A.763.01 del Presupuesto de Gastos de la
Secretaría de Estado de Turismo para el año 2022.
2. La Secretaría de Estado de Turismo transferirá el importe de su aportación a la
entidad local ejecutante, en su totalidad, una vez que el convenio adquiera eficacia,
como financiación anticipada de las actuaciones, conforme a lo establecido por el
artículo 10 del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio. Dicha aportación podrá financiar
cualquier actuación que se realice en los restantes ejercicios del convenio.
La entidad local autoriza a la Secretaría de Estado de Turismo a obtener de forma
directa, a los efectos del presente convenio, la acreditación de que la entidad local se
encuentra al corriente en sus obligaciones tributarias y con la seguridad social.
3. La justificación documental de la aplicación de la totalidad de los fondos se
presentará a la Secretaría de Estado de Turismo dentro de los seis meses siguientes al
cve: BOE-A-2023-937
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 11
Viernes 13 de enero de 2023
Cuarta.
Sec. III. Pág. 5322
Coste de las actuaciones y aportaciones de las partes.
El coste de las actuaciones previstas en el anexo del presente convenio se cifra
en 894.212,36 euros, que se financiará conjuntamente por las partes firmantes con
arreglo a la siguiente distribución:
2022
–
Euros
2023
–
Euros
2022 357.684,00
Secretaría de Estado de Turismo.
2024
–
Euros
Total
–
Euros
357.684,00
2023
2024
Total SETUR.
40,00 %
Consejería de Cultura, Turismo y
Deporte.
357.684,00
2022
2023
223.553,00
2024
223.553,00
223.553,00 223.553,00
Total Comunidad de Madrid.
50,00 %
447.106,00
2022
Ayuntamiento de Torrelaguna.
2023
89.422,36
89.422,36
2024
Total Ayuntamiento de Torrelaguna.
10,00 %
Total Plan.
89.422,36
357.684,00 312.975,36 223.553,00 894.212,36
Sin perjuicio de que deba presentarse justificación documental a la Secretaría de
Estado de Turismo y a la Comunidad de Madrid, de la forma en que se describe en las
cláusulas quinta y sexta, las aportaciones de cada una de las administraciones están
vinculadas a la ejecución del conjunto de las actuaciones recogidas en el anexo del
convenio.
Aportación de la Secretaría de Estado de Turismo.
1. Las aportaciones de la Secretaría de Estado de Turismo se efectuarán con cargo
a la aplicación presupuestaria 20.04.432A.763.01 del Presupuesto de Gastos de la
Secretaría de Estado de Turismo para el año 2022.
2. La Secretaría de Estado de Turismo transferirá el importe de su aportación a la
entidad local ejecutante, en su totalidad, una vez que el convenio adquiera eficacia,
como financiación anticipada de las actuaciones, conforme a lo establecido por el
artículo 10 del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio. Dicha aportación podrá financiar
cualquier actuación que se realice en los restantes ejercicios del convenio.
La entidad local autoriza a la Secretaría de Estado de Turismo a obtener de forma
directa, a los efectos del presente convenio, la acreditación de que la entidad local se
encuentra al corriente en sus obligaciones tributarias y con la seguridad social.
3. La justificación documental de la aplicación de la totalidad de los fondos se
presentará a la Secretaría de Estado de Turismo dentro de los seis meses siguientes al
cve: BOE-A-2023-937
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.