I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Seguridad Social. Incapacidad temporal. (BOE-A-2023-781)
Orden ISM/2/2023, de 11 de enero, por la que se modifica la Orden ESS/1187/2015, de 15 de junio, por la que se desarrolla el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 11
Viernes 13 de enero de 2023
Sec. I. Pág. 4956
ANEXO II
PARTE MÉDICO DE CONFIRMACIÓN DE INCAPACIDAD TEMPORAL
Tipo de contingencia:
{
Enfermedad común (EC)
Accidente no laboral (ANL)
Accidente de trabajo (AT)
Enfermedad profesional (EP)
EMISORA
Periodo de observación por enfermedad profesional
NÚMERO DE LA SEGURIDAD SOCIAL:
NÚMERO DEL DNI/NIE/PASAPORTE:
EMPRESA:
Medio
Corto
días
DIAGNÓSTICO CON DESCRIPCIÓN DE LA LIMITACIÓN DE LA CAPACIDAD FUNCIONAL
20220712
____________________________________
SÓLO EN CASO DEL TRASLADO DE LA PERSONA TRABAJADORA A OTRO SPS
FACULTATIVO/A-CIAS
P.9/1
MÉDICO/A INSPECTOR/A
Firma, fecha y sello
RECUERDE: Si el INSS/ISM o la MUTUA, le cita a reconocimiento médico tiene la obligación de acudir. En
caso de no comparecer, sin haber justificado su ausencia, el pago de su prestación será suspendido
cautelarmente, en virtud de lo previsto en el art. 175.3 de la Ley General de la Seguridad Social.
Nº de colegiado/a
Nº de identificación del facultativo/a
(1) Documento sanitario similar.
(2) Si no comparece en la fecha de la siguiente revisión médica, se podrá emitir el alta por incomparecencia.
(3) En el caso de traslado, el próximo parte de confirmación se emitirá por otro SPS diferente al que emitió este parte de confirmación.
(4) A partir de esta fecha no se emitirán partes de confirmación.
Le informamos que sus datos personales serán tratados por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) con el fin de gestionar la prestación de Incapacidad Temporal, y
serán incorporados en la actividad de tratamiento "CONTROL DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL Y OTRAS PRESTACIONES DE CORTA DURACIÓN". Puede ejercer los
derechos establecidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679, General de Protección de Datos, ante cualquier oficina del INSS o en la dirección de correo
electrónico: consultas.inss-sscc.proteccion-de-datos@seg-social.es. Para más información consulte la política de protección de datos en la web: www.seg-social.es
Ejemplar para la PERSONA TRABAJADORA
cve: BOE-A-2023-781
Verificable en https://www.boe.es
8-022 V.6
PASE A CONTROL DEL INSS
Núm. 11
Viernes 13 de enero de 2023
Sec. I. Pág. 4956
ANEXO II
PARTE MÉDICO DE CONFIRMACIÓN DE INCAPACIDAD TEMPORAL
Tipo de contingencia:
{
Enfermedad común (EC)
Accidente no laboral (ANL)
Accidente de trabajo (AT)
Enfermedad profesional (EP)
EMISORA
Periodo de observación por enfermedad profesional
NÚMERO DE LA SEGURIDAD SOCIAL:
NÚMERO DEL DNI/NIE/PASAPORTE:
EMPRESA:
Medio
Corto
días
DIAGNÓSTICO CON DESCRIPCIÓN DE LA LIMITACIÓN DE LA CAPACIDAD FUNCIONAL
20220712
____________________________________
SÓLO EN CASO DEL TRASLADO DE LA PERSONA TRABAJADORA A OTRO SPS
FACULTATIVO/A-CIAS
P.9/1
MÉDICO/A INSPECTOR/A
Firma, fecha y sello
RECUERDE: Si el INSS/ISM o la MUTUA, le cita a reconocimiento médico tiene la obligación de acudir. En
caso de no comparecer, sin haber justificado su ausencia, el pago de su prestación será suspendido
cautelarmente, en virtud de lo previsto en el art. 175.3 de la Ley General de la Seguridad Social.
Nº de colegiado/a
Nº de identificación del facultativo/a
(1) Documento sanitario similar.
(2) Si no comparece en la fecha de la siguiente revisión médica, se podrá emitir el alta por incomparecencia.
(3) En el caso de traslado, el próximo parte de confirmación se emitirá por otro SPS diferente al que emitió este parte de confirmación.
(4) A partir de esta fecha no se emitirán partes de confirmación.
Le informamos que sus datos personales serán tratados por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) con el fin de gestionar la prestación de Incapacidad Temporal, y
serán incorporados en la actividad de tratamiento "CONTROL DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL Y OTRAS PRESTACIONES DE CORTA DURACIÓN". Puede ejercer los
derechos establecidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679, General de Protección de Datos, ante cualquier oficina del INSS o en la dirección de correo
electrónico: consultas.inss-sscc.proteccion-de-datos@seg-social.es. Para más información consulte la política de protección de datos en la web: www.seg-social.es
Ejemplar para la PERSONA TRABAJADORA
cve: BOE-A-2023-781
Verificable en https://www.boe.es
8-022 V.6
PASE A CONTROL DEL INSS