III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2023-755)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Investigación, por la que se publica el Convenio con la Generalitat de Cataluña y con la Fundación Centre de Regulació Genòmica, en relación con el consorcio para la explotación del Centro Nacional de Análisis Genómico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 10
Jueves 12 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 4813
– Proporcionar flexibilidad en el proceso de explotación de la instalación, necesaria
para la gestión de proyectos internacionales de gran envergadura y para la relación con
los usuarios de los servicios de la instalación.
– Asegurar la posibilidad de acceso a los Fondos Estructurales comunitarios para la
construcción de la instalación y la concurrencia del Consorcio a convocatorias públicas
de financiación de proyectos de I+D+i. Para ello, los estatutos establecen que el
consorcio es un agente público de ejecución del sistema español de I+D+i, según lo
establecido en el artículo 3.4 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la
Tecnología y la Innovación.
El Consorcio se regirá por las disposiciones establecidas en sus estatutos, por la
reglamentación interna dictada en desarrollo de los mismos y por el ordenamiento
jurídico de la administración pública de adscripción y en todo caso por la normativa
básica que resulte de aplicación.
d) El anteproyecto del presupuesto correspondiente al primer ejercicio junto con un
estudio económico-financiero que acredite la suficiencia de la dotación económica
prevista inicialmente para el comienzo de su actividad y la sostenibilidad futura del
organismo, atendiendo a las fuentes futuras de financiación de los gastos y las
inversiones, así como a la incidencia que tendrá sobre los presupuestos generales del
Estado.
El presupuesto anual provendrá fundamentalmente de las aportaciones de las partes
consorciadas, según la distribución prevista en la cláusula cuarta del convenio de
constitución del mismo, que se reproduce a continuación:
2022
AGE.
2023
2024
Total
2.250.000 2.250.000 1.500.000
6.000.000
GENCAT. 1.500.000 1.500.000 1.500.000
4.500.000
Total.
3.750.000 3.750.000 3.000.000 10.500.000
Estos fondos están dedicados a la financiación de:
La dotación prevista inicialmente para el comienzo de la actividad se ha establecido
en base a la experiencia previa y los gastos reales incurridos por la unidad productiva
CNAG durante los ejercicios anteriores a la constitución del consorcio, por lo que la
suficiencia de dicha dotación se estima adecuadamente validada y justificada.
El Consorcio deberá tener la capacidad de acudir a convocatorias competitivas de
organismos nacionales e internacionales que permitirían conseguir fondos adicionales
para actividades específicas, y de gestionar ventas por los servicios de genómica que
proporciona a terceros.
e) Los objetivos del organismo, justificando su suficiencia o idoneidad, los
indicadores para medirlos, y la programación plurianual de carácter estratégico para
alcanzarlos, especificando los medios económicos y personales que dedicará,
cve: BOE-A-2023-755
Verificable en https://www.boe.es
– Salarios de personal gestión y de investigación, incluyendo el personal técnico de
laboratorio o bioinformático, investigadores y jefes de grupo o de unidad.
– Alquiler de los espacios al Parc Científic de Barcelona, así como los servicios
generales que nos prestan y los gastos en suministros.
– Contratos de mantenimiento de los equipos de secuenciación y computación para
garantizar su buen funcionamiento y disponibilidad de los equipos de la plataforma.
– Inversiones de equipos informáticos o de laboratorio o mobiliario.
– Co-financiación de grandes equipos científicos o infraestructuras.
– Contratación de servicios y material fungible necesarios para la actividad del
centro.
– Viajes y dietas relacionados necesarios para la actividad del centro.
Núm. 10
Jueves 12 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 4813
– Proporcionar flexibilidad en el proceso de explotación de la instalación, necesaria
para la gestión de proyectos internacionales de gran envergadura y para la relación con
los usuarios de los servicios de la instalación.
– Asegurar la posibilidad de acceso a los Fondos Estructurales comunitarios para la
construcción de la instalación y la concurrencia del Consorcio a convocatorias públicas
de financiación de proyectos de I+D+i. Para ello, los estatutos establecen que el
consorcio es un agente público de ejecución del sistema español de I+D+i, según lo
establecido en el artículo 3.4 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la
Tecnología y la Innovación.
El Consorcio se regirá por las disposiciones establecidas en sus estatutos, por la
reglamentación interna dictada en desarrollo de los mismos y por el ordenamiento
jurídico de la administración pública de adscripción y en todo caso por la normativa
básica que resulte de aplicación.
d) El anteproyecto del presupuesto correspondiente al primer ejercicio junto con un
estudio económico-financiero que acredite la suficiencia de la dotación económica
prevista inicialmente para el comienzo de su actividad y la sostenibilidad futura del
organismo, atendiendo a las fuentes futuras de financiación de los gastos y las
inversiones, así como a la incidencia que tendrá sobre los presupuestos generales del
Estado.
El presupuesto anual provendrá fundamentalmente de las aportaciones de las partes
consorciadas, según la distribución prevista en la cláusula cuarta del convenio de
constitución del mismo, que se reproduce a continuación:
2022
AGE.
2023
2024
Total
2.250.000 2.250.000 1.500.000
6.000.000
GENCAT. 1.500.000 1.500.000 1.500.000
4.500.000
Total.
3.750.000 3.750.000 3.000.000 10.500.000
Estos fondos están dedicados a la financiación de:
La dotación prevista inicialmente para el comienzo de la actividad se ha establecido
en base a la experiencia previa y los gastos reales incurridos por la unidad productiva
CNAG durante los ejercicios anteriores a la constitución del consorcio, por lo que la
suficiencia de dicha dotación se estima adecuadamente validada y justificada.
El Consorcio deberá tener la capacidad de acudir a convocatorias competitivas de
organismos nacionales e internacionales que permitirían conseguir fondos adicionales
para actividades específicas, y de gestionar ventas por los servicios de genómica que
proporciona a terceros.
e) Los objetivos del organismo, justificando su suficiencia o idoneidad, los
indicadores para medirlos, y la programación plurianual de carácter estratégico para
alcanzarlos, especificando los medios económicos y personales que dedicará,
cve: BOE-A-2023-755
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– Salarios de personal gestión y de investigación, incluyendo el personal técnico de
laboratorio o bioinformático, investigadores y jefes de grupo o de unidad.
– Alquiler de los espacios al Parc Científic de Barcelona, así como los servicios
generales que nos prestan y los gastos en suministros.
– Contratos de mantenimiento de los equipos de secuenciación y computación para
garantizar su buen funcionamiento y disponibilidad de los equipos de la plataforma.
– Inversiones de equipos informáticos o de laboratorio o mobiliario.
– Co-financiación de grandes equipos científicos o infraestructuras.
– Contratación de servicios y material fungible necesarios para la actividad del
centro.
– Viajes y dietas relacionados necesarios para la actividad del centro.