III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-706)
Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Villarino de 300 MW y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Villarino de los Aires, Trabanca, Ahigal de Villarino, Almendra, El Manzano, Iruelos, Puertas, Villar de Samaniego y Pereña de la Ribera (Salamanca)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 11 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 4524
valores de la ZEC «Arribes del Duero», aunque el estudio de impacto ambiental describe
que este espacio alberga una importante población de murciélagos cavernícolas, el
análisis de afecciones sobre Red Natura 2000 derivadas del parque eólico no ha
considerado su posible afección.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León, órgano competente en la gestión de estos espacios protegidos, señala que el
parque eólico supondría impactos probablemente insalvables para varias especies
amenazadas que crían dentro de la ZEC (ES4150096) y ZEPA (ES0000118) «Arribes del
Duero» y del «Parque Natural Arribes del Duero», e informa desfavorablemente el
proyecto. Indica que la presencia y funcionamiento de aerogeneradores en esta zona
implica un riesgo inasumible para la conservación de numerosas especies por las que
fueron declarados estos espacios Red Natura 2000, principalmente aves como el buitre
negro, buitre leonado, alimoche, milano real, cigüeña negra, y águila perdicera, entre
otras, pudiendo provocar una afección a la integridad de las poblaciones de dichas
especies y de los mencionados espacios. En el caso del águila perdicera, este
organismo considera que los datos obtenidos tras el marcaje de ejemplares no permiten
asegurar que el parque eólico no resulte un sumidero de ejemplares procedentes de las
poblaciones de la ZEPA «Arribes del Duero» y, por lo tanto, no suponga una afección a la
integridad de sus poblaciones, habida cuenta de su estatus poblacional y evolución
histórica.
Esta Dirección General también remarca que se prevé afección al grupo de
quirópteros, y en concreto a especies Vulnerables según el LESRPE como Nyctalus
lasiopterus, Miniopterus schreibersii, Myotis emarginatus, Myotis Myotis y Rhinolophus
ferrumequinum. Pese a que resulta por tanto relevante la valoración de la afección
previsible para el grupo de quirópteros, tanto en lo referente a la mortandad derivada del
funcionamiento de los aerogeneradores como a la afección a la conectividad entre
poblaciones, el estudio de impacto ambiental no ha valorado correctamente el impacto
derivado del proyecto sobre todas estas especies. Cabe señalar que las especies de
quirópteros mencionadas son parte de los elementos clave incluidos en los Planes
Básicos de Gestión y Conservación de la ZEC y ZEPA «Arribes del Duero», y la afección
del proyecto podría suponer un riesgo la integridad de uno de los principales valores
ambientales de estos espacios.
Por su parte, la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico constata la elevada
afección del proyecto sobre varias de las especies objetivo de conservación del espacio
ZEC/ZEPA Arribes del río Duero.
Al detectarse varias zonas de reposo y posible nidificación afectadas por numerosos
aerogeneradores, principalmente de cigüeña negra y alimoche común pero también de
otras especies relevantes, la ubicación del proyecto, y en concreto de las posiciones
V-01 a V-11, V-12 a V-16, V-27 a 30, V-24 a V-26, V-34, V-35, V-45, V-46, supone una
amenaza para las poblaciones que se quieren recuperar o reforzar y que, además, son
parte de los objetivos de conservación del espacio ZEPA. Aunque los datos de los
estudios sobre quirópteros son parciales, se detecta una potencial afección al área de
campeo de, al menos, tres especies de quirópteros cavernícolas objetivos de
conservación de la ZEC (el murciélago de cueva, murciélago grande de herradura y
murciélago ratonero grande). La línea de evacuación, aunque soterrada en los últimos
metros, tendrá una afección sobre la avifauna por riesgo de colisión y pérdida de hábitat
acumulada con la del resto de líneas que llegan a la SET Villarino. Tampoco será
despreciable la afección por riesgo de colisión que representará la estación
meteorológica, dentro del espacio protegido. Otra alineación detectada como conflictiva
es la V-17 a V-26, cuyo ámbito se emplea por los milanos reales en invernada y, además,
presenta una colonia de cigüeña blanca cercana, por lo que el riesgo de colisiones será
elevado. La implantación de la planta solar Villarino II en esta zona tendría afecciones
probablemente sinérgicas con la pérdida de hábitat de campeo. Esta Subdirección
General considera que, dadas las importantes repercusiones del proyecto, para justificar
cve: BOE-A-2023-706
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 9
Miércoles 11 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 4524
valores de la ZEC «Arribes del Duero», aunque el estudio de impacto ambiental describe
que este espacio alberga una importante población de murciélagos cavernícolas, el
análisis de afecciones sobre Red Natura 2000 derivadas del parque eólico no ha
considerado su posible afección.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León, órgano competente en la gestión de estos espacios protegidos, señala que el
parque eólico supondría impactos probablemente insalvables para varias especies
amenazadas que crían dentro de la ZEC (ES4150096) y ZEPA (ES0000118) «Arribes del
Duero» y del «Parque Natural Arribes del Duero», e informa desfavorablemente el
proyecto. Indica que la presencia y funcionamiento de aerogeneradores en esta zona
implica un riesgo inasumible para la conservación de numerosas especies por las que
fueron declarados estos espacios Red Natura 2000, principalmente aves como el buitre
negro, buitre leonado, alimoche, milano real, cigüeña negra, y águila perdicera, entre
otras, pudiendo provocar una afección a la integridad de las poblaciones de dichas
especies y de los mencionados espacios. En el caso del águila perdicera, este
organismo considera que los datos obtenidos tras el marcaje de ejemplares no permiten
asegurar que el parque eólico no resulte un sumidero de ejemplares procedentes de las
poblaciones de la ZEPA «Arribes del Duero» y, por lo tanto, no suponga una afección a la
integridad de sus poblaciones, habida cuenta de su estatus poblacional y evolución
histórica.
Esta Dirección General también remarca que se prevé afección al grupo de
quirópteros, y en concreto a especies Vulnerables según el LESRPE como Nyctalus
lasiopterus, Miniopterus schreibersii, Myotis emarginatus, Myotis Myotis y Rhinolophus
ferrumequinum. Pese a que resulta por tanto relevante la valoración de la afección
previsible para el grupo de quirópteros, tanto en lo referente a la mortandad derivada del
funcionamiento de los aerogeneradores como a la afección a la conectividad entre
poblaciones, el estudio de impacto ambiental no ha valorado correctamente el impacto
derivado del proyecto sobre todas estas especies. Cabe señalar que las especies de
quirópteros mencionadas son parte de los elementos clave incluidos en los Planes
Básicos de Gestión y Conservación de la ZEC y ZEPA «Arribes del Duero», y la afección
del proyecto podría suponer un riesgo la integridad de uno de los principales valores
ambientales de estos espacios.
Por su parte, la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico constata la elevada
afección del proyecto sobre varias de las especies objetivo de conservación del espacio
ZEC/ZEPA Arribes del río Duero.
Al detectarse varias zonas de reposo y posible nidificación afectadas por numerosos
aerogeneradores, principalmente de cigüeña negra y alimoche común pero también de
otras especies relevantes, la ubicación del proyecto, y en concreto de las posiciones
V-01 a V-11, V-12 a V-16, V-27 a 30, V-24 a V-26, V-34, V-35, V-45, V-46, supone una
amenaza para las poblaciones que se quieren recuperar o reforzar y que, además, son
parte de los objetivos de conservación del espacio ZEPA. Aunque los datos de los
estudios sobre quirópteros son parciales, se detecta una potencial afección al área de
campeo de, al menos, tres especies de quirópteros cavernícolas objetivos de
conservación de la ZEC (el murciélago de cueva, murciélago grande de herradura y
murciélago ratonero grande). La línea de evacuación, aunque soterrada en los últimos
metros, tendrá una afección sobre la avifauna por riesgo de colisión y pérdida de hábitat
acumulada con la del resto de líneas que llegan a la SET Villarino. Tampoco será
despreciable la afección por riesgo de colisión que representará la estación
meteorológica, dentro del espacio protegido. Otra alineación detectada como conflictiva
es la V-17 a V-26, cuyo ámbito se emplea por los milanos reales en invernada y, además,
presenta una colonia de cigüeña blanca cercana, por lo que el riesgo de colisiones será
elevado. La implantación de la planta solar Villarino II en esta zona tendría afecciones
probablemente sinérgicas con la pérdida de hábitat de campeo. Esta Subdirección
General considera que, dadas las importantes repercusiones del proyecto, para justificar
cve: BOE-A-2023-706
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Núm. 9