III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2023-526)
Orden ICT/1363/2022, de 22 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para el Programa de mejora de la competitividad y de dinamización del Patrimonio Histórico con uso turístico y se procede a su convocatoria correspondiente al ejercicio 2022, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 9 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 3781
h) Acreditación válida de la capacidad representativa en derecho del firmante de la
solicitud por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna de su
existencia.
i) Las siguientes declaraciones responsables:
1.º Declaración responsable en la que el solicitante haga constar las ayudas que
hayan solicitado o percibido de otras Administraciones o entidades para proyectos
vinculados con el solicitado sobre el mismo bien, para justificar que no sean para el
mismo objeto y finalidad, así como comprometerse a informar de las que pudiera solicitar
u obtener durante la tramitación de estas subvenciones.
2.º Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones a
las que se refiere el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en
cumplimiento de lo establecido en los artículos 26 y 27 del Reglamento de subvenciones,
aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
3.º Declaración responsable de no causar perjuicio significativo a los seis objetivos
medioambientales, de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE) n.º 2020/852 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento de
un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento
(UE) n.º 2019/2088.
4.º Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los
principios transversales establecidos en el Plan de Recuperación y que pudieran afectar
al ámbito objeto de gestión, conforme al modelo establecido en el Anexo IV.C de la
Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
5.º Declaración de ausencia de conflicto de interés.
6.º Compromiso por escrito de conceder los derechos y los accesos necesarios
para garantizar que la Comisión, la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude
(«OLAF»), el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades
nacionales competentes ejerzan sus competencias.
7.º Aceptación de la cesión de datos y de la normativa de protección de datos entre
las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la
normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales,
conforme al modelo establecido en el Anexo IV.B de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre.
8.º Declaración responsable con su compromiso de destinar dicho inmueble a un
uso turístico al menos por un período de 10 años desde la resolución de concesión de la
ayuda.
9.º Otras declaraciones responsables cuyos modelos sean aprobados por las
autoridades competentes conforme a la normativa nacional y europea dando
cumplimiento a las obligaciones exigibles en el marco del Plan de Recuperación, las
cuales serán determinadas en la convocatoria o, en su defecto, a las que se haya dado
la debida publicidad con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
3. La presentación de la solicitud supondrá la aceptación de las presentes bases y
de la correspondiente convocatoria y la declaración de la veracidad de toda la
información que se presente.
4. Si se advirtiera algún incumplimiento de los requisitos se procederá a la
denegación de la subvención o, en su caso, al reintegro de la misma conforme a esta
orden.
5. En el caso de que un solicitante altere o falsifique la documentación adjunta a la
solicitud, se aplicará la normativa prevista para estos supuestos y que se establece en el
artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y, en su
caso, en lo que sea preceptivo el Código Penal.
6. En caso de querer acreditar la condición de municipio en riesgo de despoblación
o municipio no definido como punto turístico o zona turística se presentará declaración
cve: BOE-A-2023-526
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 7
Lunes 9 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 3781
h) Acreditación válida de la capacidad representativa en derecho del firmante de la
solicitud por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna de su
existencia.
i) Las siguientes declaraciones responsables:
1.º Declaración responsable en la que el solicitante haga constar las ayudas que
hayan solicitado o percibido de otras Administraciones o entidades para proyectos
vinculados con el solicitado sobre el mismo bien, para justificar que no sean para el
mismo objeto y finalidad, así como comprometerse a informar de las que pudiera solicitar
u obtener durante la tramitación de estas subvenciones.
2.º Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones a
las que se refiere el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en
cumplimiento de lo establecido en los artículos 26 y 27 del Reglamento de subvenciones,
aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
3.º Declaración responsable de no causar perjuicio significativo a los seis objetivos
medioambientales, de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE) n.º 2020/852 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento de
un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento
(UE) n.º 2019/2088.
4.º Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los
principios transversales establecidos en el Plan de Recuperación y que pudieran afectar
al ámbito objeto de gestión, conforme al modelo establecido en el Anexo IV.C de la
Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
5.º Declaración de ausencia de conflicto de interés.
6.º Compromiso por escrito de conceder los derechos y los accesos necesarios
para garantizar que la Comisión, la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude
(«OLAF»), el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades
nacionales competentes ejerzan sus competencias.
7.º Aceptación de la cesión de datos y de la normativa de protección de datos entre
las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la
normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales,
conforme al modelo establecido en el Anexo IV.B de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre.
8.º Declaración responsable con su compromiso de destinar dicho inmueble a un
uso turístico al menos por un período de 10 años desde la resolución de concesión de la
ayuda.
9.º Otras declaraciones responsables cuyos modelos sean aprobados por las
autoridades competentes conforme a la normativa nacional y europea dando
cumplimiento a las obligaciones exigibles en el marco del Plan de Recuperación, las
cuales serán determinadas en la convocatoria o, en su defecto, a las que se haya dado
la debida publicidad con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
3. La presentación de la solicitud supondrá la aceptación de las presentes bases y
de la correspondiente convocatoria y la declaración de la veracidad de toda la
información que se presente.
4. Si se advirtiera algún incumplimiento de los requisitos se procederá a la
denegación de la subvención o, en su caso, al reintegro de la misma conforme a esta
orden.
5. En el caso de que un solicitante altere o falsifique la documentación adjunta a la
solicitud, se aplicará la normativa prevista para estos supuestos y que se establece en el
artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y, en su
caso, en lo que sea preceptivo el Código Penal.
6. En caso de querer acreditar la condición de municipio en riesgo de despoblación
o municipio no definido como punto turístico o zona turística se presentará declaración
cve: BOE-A-2023-526
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Núm. 7