I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Economía social. (BOE-A-2023-496)
Ley 7/2022, de 1 de diciembre, de Economía Social de Aragón.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 9 de enero de 2023
Sec. I. Pág. 3578
La importancia de este sector en Europa para el desarrollo económico y social es
innegable y así se plasma en el informe publicado en 2017 por el Comité Económico y
Social Europeo titulado «Evolución reciente de la Economía Social en la Unión Europea»
en el que se indica que el sector de la economía social engloba 2,8 millones de
organizaciones en Europa, que proporcionan empleo directo remunerado a 13,6 millones
de personas (alrededor del 6,3% de la población ocupada en la UE-28). Además, 82,8
millones de personas desarrollan actividades como voluntarias en organizaciones
relacionadas con la economía social. Por otro lado, existen 232 millones de miembros
asociados a cooperativas, mutuas y organizaciones similares.
III
En España, la Ley estatal 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social, estableció el
marco jurídico de la economía social en nuestro país, definiendo el concepto de
economía social y sus principios orientadores, sin sustituir la normativa aplicable a cada
una de las entidades que conforman su ámbito, con el objeto de dotar de un mayor
reconocimiento y visibilidad a la economía social y otorgándole mayor grado de
seguridad jurídica. En la ley se reconoce, asimismo, como tarea de interés general a
desarrollar por todos los poderes públicos la promoción, estímulo y desarrollo de las
entidades de la economía social y de sus organizaciones representativas. Con base en
lo dispuesto en la ley estatal, se ha publicado el Acuerdo del Consejo de Ministros de 29
de diciembre de 2017, por el que se aprueba la Estrategia Española de Economía
Social 2017-2020 con el objetivo de poner en marcha los instrumentos necesarios para
impulsar a las entidades de la economía social, con especial atención a las que apoyen
el empleo en los sectores más desfavorecidos y con arraigo en su territorio.
La presente ley pretende dar respuesta en Aragón a la creciente relevancia de estas
entidades con la finalidad de reforzar la apuesta de futuro por la economía social y dar
un salto cualitativo que permita visibilizar y consolidar el sector en toda su amplitud y
reconocer, de esta forma, las importantes aportaciones que la economía social realiza a
la sociedad, así como las oportunidades de mejora económica y social que ofrece.
En este sentido, hay que destacar que las características de este sector le permiten
afrontar las demandas, retos y desafíos de la sociedad y la economía global,
adaptándose especialmente bien a las situaciones de crisis. Todas las personas pueden
beneficiarse de las ventajas que la economía social proyecta sobre la sociedad, el
territorio y la realidad económica. En particular, el colectivo de personas emprendedoras
tiene a su disposición una interesante vía para llevar a cabo su proyecto y crear su
propio empleo.
Asimismo, la economía social puede contribuir aportando soluciones al complejo
panorama demográfico y sociolaboral de Aragón, actuando como impulso para la
dinamización del territorio y estímulo de entidades, empresas sociales y del autoempleo.
A estas necesidades responde esta Ley de Economía Social de Aragón que se basa
en tres aspectos clave: por un lado, el reconocimiento, impulso y fomento de las
entidades de economía social de Aragón en todos los ámbitos de la sociedad aragonesa,
poniendo en valor este sector económico, dotándolo de la relevancia que merece por sus
aportaciones a la sociedad; en segundo lugar, coordinar e instrumentar políticas y
medidas de apoyo, incluidas la económicas y las dirigidas a reducir progresivamente las
cargas administrativas y burocráticas que dificultan la creación de empresas y entidades
del sector; y, finalmente, integrar el sector, hasta ahora disperso, impulsando la
participación en órganos específicos –Consejo Aragonés de la Economía Social– que
permitan aportar soluciones al complejo panorama sociolaboral y constituirse en un
estímulo para la dinamización del empleo y del emprendimiento social enraizado en el
territorio, teniendo como protagonistas a las personas.
Estos son los ejes de la ley, que se completan con los mecanismos de coordinación
entre los distintos agentes públicos y las entidades de economía social, los cuales
cve: BOE-A-2023-496
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 7
Lunes 9 de enero de 2023
Sec. I. Pág. 3578
La importancia de este sector en Europa para el desarrollo económico y social es
innegable y así se plasma en el informe publicado en 2017 por el Comité Económico y
Social Europeo titulado «Evolución reciente de la Economía Social en la Unión Europea»
en el que se indica que el sector de la economía social engloba 2,8 millones de
organizaciones en Europa, que proporcionan empleo directo remunerado a 13,6 millones
de personas (alrededor del 6,3% de la población ocupada en la UE-28). Además, 82,8
millones de personas desarrollan actividades como voluntarias en organizaciones
relacionadas con la economía social. Por otro lado, existen 232 millones de miembros
asociados a cooperativas, mutuas y organizaciones similares.
III
En España, la Ley estatal 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social, estableció el
marco jurídico de la economía social en nuestro país, definiendo el concepto de
economía social y sus principios orientadores, sin sustituir la normativa aplicable a cada
una de las entidades que conforman su ámbito, con el objeto de dotar de un mayor
reconocimiento y visibilidad a la economía social y otorgándole mayor grado de
seguridad jurídica. En la ley se reconoce, asimismo, como tarea de interés general a
desarrollar por todos los poderes públicos la promoción, estímulo y desarrollo de las
entidades de la economía social y de sus organizaciones representativas. Con base en
lo dispuesto en la ley estatal, se ha publicado el Acuerdo del Consejo de Ministros de 29
de diciembre de 2017, por el que se aprueba la Estrategia Española de Economía
Social 2017-2020 con el objetivo de poner en marcha los instrumentos necesarios para
impulsar a las entidades de la economía social, con especial atención a las que apoyen
el empleo en los sectores más desfavorecidos y con arraigo en su territorio.
La presente ley pretende dar respuesta en Aragón a la creciente relevancia de estas
entidades con la finalidad de reforzar la apuesta de futuro por la economía social y dar
un salto cualitativo que permita visibilizar y consolidar el sector en toda su amplitud y
reconocer, de esta forma, las importantes aportaciones que la economía social realiza a
la sociedad, así como las oportunidades de mejora económica y social que ofrece.
En este sentido, hay que destacar que las características de este sector le permiten
afrontar las demandas, retos y desafíos de la sociedad y la economía global,
adaptándose especialmente bien a las situaciones de crisis. Todas las personas pueden
beneficiarse de las ventajas que la economía social proyecta sobre la sociedad, el
territorio y la realidad económica. En particular, el colectivo de personas emprendedoras
tiene a su disposición una interesante vía para llevar a cabo su proyecto y crear su
propio empleo.
Asimismo, la economía social puede contribuir aportando soluciones al complejo
panorama demográfico y sociolaboral de Aragón, actuando como impulso para la
dinamización del territorio y estímulo de entidades, empresas sociales y del autoempleo.
A estas necesidades responde esta Ley de Economía Social de Aragón que se basa
en tres aspectos clave: por un lado, el reconocimiento, impulso y fomento de las
entidades de economía social de Aragón en todos los ámbitos de la sociedad aragonesa,
poniendo en valor este sector económico, dotándolo de la relevancia que merece por sus
aportaciones a la sociedad; en segundo lugar, coordinar e instrumentar políticas y
medidas de apoyo, incluidas la económicas y las dirigidas a reducir progresivamente las
cargas administrativas y burocráticas que dificultan la creación de empresas y entidades
del sector; y, finalmente, integrar el sector, hasta ahora disperso, impulsando la
participación en órganos específicos –Consejo Aragonés de la Economía Social– que
permitan aportar soluciones al complejo panorama sociolaboral y constituirse en un
estímulo para la dinamización del empleo y del emprendimiento social enraizado en el
territorio, teniendo como protagonistas a las personas.
Estos son los ejes de la ley, que se completan con los mecanismos de coordinación
entre los distintos agentes públicos y las entidades de economía social, los cuales
cve: BOE-A-2023-496
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 7