I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Economía social. (BOE-A-2023-496)
Ley 7/2022, de 1 de diciembre, de Economía Social de Aragón.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 7

Lunes 9 de enero de 2023

Sec. I. Pág. 3587

Artículo 14.
Impulso de la responsabilidad social empresarial y la igualdad en las
entidades de la economía social de Aragón.
La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón impulsará y fomentará la
implantación efectiva de planes de responsabilidad social empresarial y de planes de
igualdad en las entidades de la economía social de Aragón.
Artículo 15.

Apoyo a la internacionalización de entidades de economía social.

1. La Comunidad Autónoma de Aragón impulsará y fomentará las iniciativas
dirigidas a prestar asesoramiento y apoyo a las entidades de la economía social para
que puedan buscar nuevas oportunidades de actividad y de expansión internacional.
2. En este sentido, se promoverán y apoyarán aquellas acciones formativas que
contribuyan a mejorar la competitividad de las entidades y empresas que constituyen la
economía social.
3. El Instituto Aragonés de Fomento, con la colaboración, en su caso, de otros
departamentos y entidades integrantes del sector público autonómico o de las Cámaras
de Comercio, Industria y Servicios aragonesas y las organizaciones empresariales más
representativas, prestará el asesoramiento integral para el diseño de un plan completo
de internacionalización adaptado a los distintos sectores de las empresas de la
economía social, e impartirá, conjuntamente con el Instituto Aragonés de Empleo, cursos
de formación dirigidos a las personas trabajadoras de las entidades de economía social
que les permitan adquirir las habilidades necesarias para su internacionalización.
4. Asimismo, se proporcionará asesoramiento a las entidades de la economía
social para desenvolverse en los circuitos y mecanismos particulares de las licitaciones y
concursos internacionales, prestando atención a las demandas específicas del sector.
Artículo 16.

Apoyo a la innovación de las entidades de la economía social.

1. La Comunidad Autónoma de Aragón impulsará y fomentará las iniciativas
dirigidas a incentivar la innovación tecnológica, social y empresarial en las entidades de
economía social facilitando la implantación de planes de innovación en I+D+I, el impulso
de la economía digital, las nuevas tecnologías, incentivando su participación en los
sectores emergentes.
2. Corresponde al departamento competente en materia de economía social, en
coordinación con el departamento competente en materia de innovación y nuevas
tecnologías, promover y desarrollar dichas actuaciones.
Artículo 17.

Reconocimiento social de las entidades de economía social.

La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón promoverá el
reconocimiento social de las entidades de economía social mediante premios,
distinciones, campañas de difusión o eventos con la participación de los principales
actores y con la finalidad de dar publicidad a la actividad que desarrollan las entidades
de economía social aragonesas, incorporando nuevas ideas y nuevos proyectos
provenientes del sector y de las Administraciones públicas.

Medidas de simplificación normativa y administrativa
Artículo 18.

Principio general.

1. La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, en cumplimiento de
los principios de eficacia y eficiencia, y con objeto de satisfacer las necesidades de las
entidades de economía social, llevará a cabo un proceso de racionalización normativa y
administrativa que contemple la reducción de cargas burocráticas y trámites con la

cve: BOE-A-2023-496
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CAPÍTULO IV