III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2023-484)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal, O.A. y el Servicio Público de Empleo de Cataluña, para el desarrollo de un proyecto piloto dirigido a la recualificación profesional de los trabajadores, del proyecto "Financiación de formación (microcréditos) P4" mediante actuaciones de la inversión, C23.I3 "Adquisición de nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva", del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 6

Sábado 7 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 3486

Componente 23 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, cuya aplicación
se pueda hacer extensiva, en su caso, al conjunto de los servicios públicos de empleo.
El 30 por ciento del importe de las actividades a financiar estará orientado al
desarrollo de la economía verde, por lo que se aplicaría la etiqueta «01-Inversión en
activos fijos», incluidas las infraestructuras de investigación, en microempresas
directamente vinculadas a actividades de investigación e innovación.
Al menos el 30 % del presupuesto a actividades orientadas al desarrollo de la economía
digital, aplicándose la etiqueta 108-Apoyo al desarrollo de las capacidades digitales.
Los Microcréditos, objeto de las actuaciones del presente Convenio, tendrán un coste
máximo de 700 euros por persona participante finalizada. Dicha cantidad corresponde a
la suma de coste unitario por participante, que será de 600 euros, más el concepto de
gastos de difusión del proyecto y captación de participantes, que será de 100 euros por
participante finalizado.
Cuarta. Financiación.

– Al menos el 30 % del presupuesto a actividades orientadas al desarrollo de la
economía verde considerando la etiqueta 01-Contribución a las competencias y empleos
verdes.
– Al menos el 30 % del presupuesto a actividades orientadas al desarrollo de la
economía digital, aplicándose la etiqueta 108-Apoyo al desarrollo de las capacidades
digitales.
Serán objeto de subvención, conforme a los costes máximos establecidos en la
Cláusula tercera, los gastos incluidos en la Inversión 3 del Componente 23 del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La subvención prevista en este apartado resultará adicional a las distribuciones de
fondos que se realicen para la Comunidad Autónoma de Cataluña en el ejercicio 2022,
tanto para los fondos financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia como

cve: BOE-A-2023-484
Verificable en https://www.boe.es

Para la consecución de los objetivos y la ejecución del proyecto «Financiación de
formación (microcréditos) P4» incluidos en la Inversión 3, «Adquisición de nuevas
competencias para la transformación digital, verde y productiva» del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, el Servicio Público de Empleo Estatal
financiará la cantidad de 1.999.900,00 euros para el desarrollo de un proyecto piloto
dirigido a la recualificación profesional de los trabajadores durante el período 2022-2025.
La financiación de las actuaciones que regula este Convenio irá a cargo de los fondos del
presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal para el año 2022, en la aplicación
presupuestaria 19.101.24WC.455.21. Asimismo, las actuaciones se financiarán por los
fondos derivados del Instrumento Europeo de Recuperación (Next Generation EU), a través
del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia establecido por el Reglamento (UE) 2021/241
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.
La citada aportación tiene la consideración de subvención de concesión directa,
regulada en el Real Decreto 978/2022, de acuerdo a lo establecido en el artículo 22.2.c)
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La Comunidad Autónoma de Catalunya elaborará un Plan que desarrolle la previsión
de actuaciones a financiar en el presente Convenio. Las actuaciones previstas en dicho
Plan podrán modificarse a lo largo de la vigencia del presente Convenio en función de
las necesidades efectivamente detectadas por la Comunidad Autónoma sin que de ello
se derive la necesidad de modificar el presente Convenio, siempre que las cantidades se
reasignen entre actuaciones recogidas dentro del citado Plan dirigidas al cumplimiento
de los objetivos de las subvenciones objeto de este Convenio y considerando en todo
caso el carácter finalista de dichas subvenciones. En todo caso, la cifra final de la
aportación del SEPE no superará el importe previsto en esta cláusula.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto 978/2022, del
importe total de las actuaciones a financiar en este Convenio, se deberá destinar: