I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Ciencia. (BOE-A-2023-467)
Ley 9/2022, de 21 de diciembre, de la ciencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 7 de enero de 2023

Sec. I. Pág. 3233

competitividad y gran nivel científico, con una alta rentabilidad económica y social. Sin
embargo, es necesario profundizar en la capacidad de mejora y favorecer la consecución
de dimensiones superiores a partir, sobre todo, de la colaboración y el intercambio con
otros agentes del sistema y de la evaluación de resultados y la rendición de cuentas.
En este sistema catalán de investigación, desarrollo e innovación, cumple una
función destacada la fundación Institución Catalana de Investigación y Estudios
Avanzados (ICREA), una estructura de investigación impulsada por el Gobierno que
tiene por objetivo la captación y retención de talento para contribuir significativamente a
la excelencia científica y que también goza de un régimen jurídico específico que le
permite llevar a cabo con éxito su labor.
La presente ley también reconoce la importancia de otros agentes del sistema de
investigación, desarrollo e innovación, como las infraestructuras científico-técnicas
singulares, los parques científicos y tecnológicos, el Instituto de Estudios Catalanes, los
laboratorios, las bibliotecas y demás estructuras y redes cooperativas. Las grandes,
pequeñas y medianas empresas innovadoras; los clústeres, las asociaciones y alianzas
empresariales; los centros y redes tecnológicos y demás agentes estratégicos, públicos
o privados, son la base impulsora del crecimiento y la competitividad del tejido
económico innovador, y la base también de la sociedad del conocimiento.
Asimismo, la ley destaca la importancia de las entidades que trabajan para el
cumplimiento de los objetivos del sistema de investigación, desarrollo e innovación,
como son la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Cataluña, la Agencia
de Calidad y Evaluación Sanitarias de Cataluña, la Agencia de Gestión de Ayudas
Universitarias y de Investigación, la Agencia para la Competitividad de la Empresa, la
Biorregión de Cataluña, la Fundación Institución de los Centros de Investigación de
Cataluña, la Fundación Catalana para la Investigación y la Innovación, el Instituto
Catalán de Investigación para la Gobernanza del Mar y el Consorcio de Servicios
Universitarios de Cataluña. Todas estas entidades, en el ejercicio de sus funciones,
contribuyen notablemente al cumplimiento de los objetivos del sistema de investigación,
desarrollo e innovación.
Finalmente, debe hacerse notar que la presente ley no incluye un contenido
regulatorio exhaustivo, dado que los agentes del sistema de investigación, desarrollo e
innovación ya tienen una normativa propia, aunque incluye el régimen jurídico aplicable a
los centros CERCA y a la Institución Catalana de Investigación y Estudios Avanzados,
hasta ahora disgregado, que necesitaba un texto legal que lo sistematizara y
consolidara. La ley parte de una tarea anterior, de muchos años, de concurrencia y
compartición de objetivos comunes entre diferentes instituciones de Cataluña en las
políticas sobre ciencia e innovación, que han resultado claves para crear y mantener un
sistema de éxito y que serán esenciales para corregir sus carencias y mejorarlo. La ley
ambiciona seguir avanzando y es con esta voluntad que se incorporan principios,
objetivos programáticos y líneas de actuación que garanticen políticas públicas de apoyo
a la actividad de los investigadores y a la iniciativa emprendedora innovadora, con el
objetivo de contribuir a la expansión de la ciencia y la innovación catalana en el mundo.
Una parte destacable de la ley se dedica a las políticas que el Parlament quiere
impulsar o mantener, con la convicción de que la ciencia no necesita normas estancas,
sino marcos de actuación que puedan evolucionar y adaptarse a las necesidades
cambiantes. Hacer de Cataluña una sociedad abierta y basada en el conocimiento
requiere alianzas y compromiso político, estabilidad y una financiación adecuada y
sostenida, la internacionalización, la cooperación entre los agentes del sistema y la
implicación de toda la ciudadanía. Como ya remarcaba Prat de la Riba, «sin ciencia
original, en un país, no hay industria original; sin industria original, no existe vida
económica independiente». La ciencia, que es la base de la revolución del conocimiento,
aporta también bienestar y progreso a la sociedad.
El título preliminar de la Ley de la ciencia contiene las disposiciones generales
relativas al sistema de investigación, desarrollo e innovación, que se estructura y
organiza de acuerdo con las competencias estatutarias de la Generalitat y en el marco

cve: BOE-A-2023-467
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Núm. 6