I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Ciencia. (BOE-A-2023-467)
Ley 9/2022, de 21 de diciembre, de la ciencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 7 de enero de 2023

Sec. I. Pág. 3282

b) Introducir incentivos en la financiación de las universidades, los centros CERCA
y los demás agentes del sistema de investigación, desarrollo e innovación del sector
público, para fortalecer su sistema de transferencia a partir de la evaluación basada en
su capacidad de impacto territorial, social y económico y en la aplicación efectiva de las
tecnologías y los conocimientos desarrollados en el tejido productivo y social.
c) Promover iniciativas de mutualización, asociación y cooperación entre los
agentes del sistema de investigación, desarrollo e innovación, y con otras entidades
públicas o privadas, nacionales o internacionales, que permitan compartir y optimizar los
recursos, fortalecer las unidades y entidades de transferencia, favorecer su coordinación
sistémica, mejorar el desarrollo profesional de sus trabajadores y crear entornos
innovadores de trabajo colaborativo y de especialización temática o sectorial.
d) Facilitar que el personal investigador, el personal tecnólogo y técnico de apoyo a
la investigación y el personal de administración con funciones de colaboración y
asistencia en investigación, desarrollo e innovación participen en todo momento en el
proceso de transferencia generado por el resultado de su investigación, en el grado de
intensidad adecuado a cada fase, favoreciendo el contacto y la comunicación con quien
recibe el conocimiento.
e) Promover la incorporación de profesionales con perfiles especializados en
transferencia del conocimiento a las universidades, los centros CERCA y los demás
agentes del sistema de investigación, desarrollo e innovación, con competencia para
detectar el potencial de los resultados de investigación, para impulsar su llegada efectiva
al mercado y al tejido económico y social y para participar en el lanzamiento de
iniciativas empresariales de base científica y tecnológica.
f) Impulsar revisiones normativas y evaluar el impacto de la burocracia, en el ámbito
de competencia que corresponda, para facilitar la protección del conocimiento, incentivar
la transferencia y favorecer la participación del personal investigador, el personal
tecnólogo y técnico de apoyo a la investigación y el personal de administración con
funciones de colaboración y asistencia en investigación, desarrollo e innovación en las
empresas de base tecnológica derivadas de los resultados de investigación de las
universidades, los centros CERCA y los demás agentes del sistema de investigación,
desarrollo e innovación.
g) Promover la compra pública en innovación y la compra pública precomercial,
favoreciendo la participación de empresas derivadas vinculadas a los agentes del
sistema de investigación, desarrollo e innovación y la colaboración público-privada de los
propios agentes, con las pequeñas y medianas empresas intensivas en investigación,
desarrollo e innovación, así como con las demás empresas intensivas en estos ámbitos.
h) Acrecer, en calidad y cantidad, las iniciativas en innovación y transferencia del
conocimiento de las universidades, los centros CERCA y los demás agentes del sistema de
investigación, desarrollo e innovación, incluyendo las licencias de patentes y otras formas
de propiedad industrial e intelectual, la creación de empresas derivadas y la inversión en
estas empresas, y el fortalecimiento de programas de pruebas de concepto para los
proyectos de resolución de retos socioeconómicos identificados como prioritarios para el
desarrollo de Cataluña, y para otros programas de pruebas de concepto.
i) Impulsar incentivos a la investigación, el desarrollo y la innovación en las
empresas, en el ámbito de competencia de la Generalitat.
j) Generar una relación fluida y consolidada del sistema de investigación, desarrollo
e innovación en toda Cataluña, con empresas y entidades del entorno territorial, para
conseguir apoyo a iniciativas de aceleración del conocimiento, a la captación y movilidad
del talento técnico e investigador con las empresas derivadas y el tejido empresarial del
territorio, donde sea necesario, y a la identificación de las necesidades tecnológicas de
los sectores económicos y sociales.
k) Incentivar la participación de las empresas y los inversores en actuaciones de
investigación, desarrollo e innovación individuales y en cooperación, a fin de mejorar la
competitividad del tejido productivo y la llegada al mercado de productos de las pequeñas y
medianas empresas y de las otras empresas. La participación de financiación privada en

cve: BOE-A-2023-467
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Núm. 6