I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Ciencia. (BOE-A-2023-467)
Ley 9/2022, de 21 de diciembre, de la ciencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 7 de enero de 2023

Sec. I. Pág. 3231

desarrollo e innovación, generan conocimiento científico y técnico y facilitan la aplicación
y la transferencia dentro del sistema de salud de Cataluña. La Ley de la ciencia introduce
elementos de apoyo a la investigación que efectúan y la transferencia de tecnología y la
transmisión de conocimiento, especialmente sensible en este ámbito. Incluye, también,
elementos de coordinación con los demás agentes del sistema.
Cataluña, con una dimensión equiparable a países y regiones que actualmente son
líderes en investigación y competitividad, y ubicada en un lugar geoestratégico, debe
competir en talento y creatividad en un entorno global y poner en valor sus aportaciones al
avance del conocimiento, para poder alcanzar en los próximos años una integración sólida
de su sistema de investigación, desarrollo e innovación como factor tractor en el contexto
internacional. La opción institucional prioritaria para la investigación ha sido una constante
en los últimos veinte años y ha encontrado su máximo exponente en el Pacto nacional
para la investigación y la innovación, firmado el 21 de octubre de 2008, con un amplio
apoyo de las instituciones, los grupos políticos y los agentes implicados. Los firmantes del
Pacto y los adheridos asumieron la misión conjunta de hacer de Cataluña un país líder en
investigación e innovación, con la finalidad de proporcionar al propio país y a los agentes
que forman parte de él sus capacidades para hacer frente a los retos y para aprovechar
las oportunidades que deben darle los niveles de prosperidad y de bienestar adecuados,
en una sociedad que viva dentro de unos límites ambientales sostenibles. La Ley de la
ciencia recoge y articula una parte significativa de los objetivos y compromisos alcanzados
en dicho Pacto, y contribuye al desarrollo del Pacto nacional para la industria (2017),
especialmente en el emprendimiento de base tecnológica, impulsando el sistema catalán
de empresas emergentes y mejorando la capacidad disruptiva de la industria 4.0, esencial
para la internacionalización y la innovación. Es necesario incrementar la base de
empresas innovadoras y su dimensión global, y mejorar la conexión entre el sistema de
conocimiento y el de la aplicación de este sistema.
La presente ley se inspira en las propuestas de la Unión Europea relativas al
Programa marco de investigación e innovación (Horizonte Europa), creado por el
Reglamento (UE) 2021/695, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de abril, y
también toma en consideración las conclusiones del Pacto nacional para la sociedad del
conocimiento (PN@SC), aprobado por el Acuerdo del Gobierno 77/2020, de 9 de junio.
Las naciones con mejores índices de progreso social y desarrollo económico son las que
toman partido claramente por avanzar en la sociedad del conocimiento. El Pacto
nacional para la sociedad del conocimiento pone de manifiesto que Cataluña, por
dimensión, por desarrollo económico y por valores sociales, debe participar en esta
tendencia que consolida una sociedad justa, culta, cívica, abierta, competitiva y
democrática, en una sociedad del conocimiento que genera y aprovecha las
innovaciones, los avances científicos y el nivel formativo de la ciudadanía, a la vez que
responde a los desafíos globales en salud, medio ambiente, igualdad, envejecimiento y
bienestar. Una sociedad cohesionada, próspera, equitativamente educada, saludable y
sostenible construye su futuro desde los más altos estándares de calidad que
proporciona la creación de conocimiento propio para las generaciones actuales y futuras.
El Pacto nacional para la sociedad del conocimiento ha sido, además, una
herramienta adecuada para la diagnosis del presente de la ciencia en Cataluña,
necesaria para establecer el camino de crecimiento y progreso de los próximos años. El
Pacto aporta las cifras del análisis del presente e identifica las acciones concretas que
deben llevarse a cabo en un primer horizonte de 2024 y hasta 2030, y que deben permitir
al sistema alcanzar los objetivos consensuados.
Las acciones más significativas en el ámbito de la presente ley son las siguientes. En
primer lugar, puesto que la principal fuerza investigadora de Cataluña reside en las
universidades públicas, incrementar de forma progresiva y continua la inversión pública
en las mismas, tal y como propone el Pacto nacional para la sociedad del conocimiento.
Cualquier incremento de inversión en las universidades públicas debe llevar al adecuado
progreso de la ciencia del país.

cve: BOE-A-2023-467
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Núm. 6