I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Medidas urgentes. (BOE-A-2023-469)
Decreto-ley 14/2022, de 8 de noviembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, de fomento de la promoción interna y de agilización de la cobertura de puestos de trabajo con personas funcionarias de carrera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 7 de enero de 2023

Sec. I. Pág. 3304

condición antes de la resolución de los procesos de estabilización, se vuelve urgente y
necesario, de acuerdo con el principio de economía procesal, articular los concursos de
méritos y capacidades subsiguientes, por una sola vez, en dos fases de adjudicación a
fin de que participe en la primera fase de adjudicación preferente de puestos de trabajo
el personal funcionario de carrera de los cuerpos, escalas o especialidades de la
Administración de la Generalitat de Catalunya que disponía de esta condición con
anterioridad a la resolución del concurso de méritos de estabilización.
Por lo tanto, de conformidad con el Acuerdo de la Mesa General de Negociación de
los Empleados/as Públicos de la Administración de la Generalitat de Catalunya, de 4 de
noviembre de 2022, en uso de la autorización que me concede el artículo 64 del Estatuto
de Autonomía de Cataluña, de conformidad con el artículo 38 de la Ley 13/2008, del 5 de
noviembre, de la presidencia de la Generalitat y del Gobierno;
A propuesta de la Consejera de la Presidencia y con la deliberación previa del
Gobierno, decreto:
Artículo 1. Promoción interna y procesos de estabilización del empleo temporal en el
ámbito de la Administración de la Generalitat de Catalunya.
1. Se autoriza la persona titular del departamento competente en materia de
empleo público a convocar procesos selectivos especiales de promoción interna en los
cuerpos, escalas o especialidades de personal funcionario de administración y técnico de
la Administración de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con las disposiciones que
establece este Decreto ley.
2. El número de plazas a convocar por el turno de promoción interna se
corresponde con el 45 % del total de plazas de cada uno de los cuerpos, escalas o
especialidades incluidos en la oferta de empleo público de estabilización de empleo
temporal de la Generalitat de Catalunya que dispongan de cuerpos, escalas o
especialidades del grupo o subgrupo de titulación inmediatamente inferior de la misma
área o especialidad.
3. Los procesos selectivos de promoción interna se tienen que convocar mediante
el sistema de concurso-oposición en los mismos términos que los procesos selectivos de
concurso-oposición de estabilización a que hace referencia el artículo 2 de la
Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público.
4. Pueden participar en los procesos selectivos de promoción interna previstos en
este Decreto ley las personas funcionarias de carrera en servicio activo, en situación
administrativa con derecho a reserva de puesto de trabajo o en excedencia voluntaria
por incompatibilidades respecto del cuerpo, escala o especialidad desde el cual
promocionan, que hayan accedido como personas funcionarias de carrera dos años
antes, como mínimo, que cumplen los requisitos legales de titulación y cumplen el resto
de requisitos que exige la convocatoria. Asimismo, pueden participar las personas
funcionarias de carrera que se hayan declarado en situación de excedencia voluntaria
por interés particular por prestar servicios en régimen de temporalidad en el ámbito de la
Administración de la Generalitat o su sector público.
Asimismo, también podrán participar en estos procesos selectivos de promoción
interna las personas funcionarias de los cuerpos y escalas del subgrupo C2 que no
posean las titulaciones requeridas para acceder al subgrupo C1, siempre que tengan una
antigüedad de diez años en el cuerpo o escala desde los cuales promocionan.
5. A las personas funcionarias que superen los procesos de promoción interna se
les adjudicarán con carácter provisional las plazas objeto de convocatoria.
6. Sin perjuicio de lo que establece el apartado anterior, las personas funcionarias
que superen los procesos de promoción interna para el acceso a la escala administrativa
del cuerpo administrativo y a la escala superior del cuerpo superior de la Generalitat
quedarán destinadas en el mismo puesto de trabajo que estaban desarrollando y en la
misma forma de empleo, definitiva o provisional. Estos puestos de trabajo serán objeto
de reclasificación, con conservación del mismo nivel de destinación, mediante la

cve: BOE-A-2023-469
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Núm. 6