I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Medidas urgentes. (BOE-A-2023-469)
Decreto-ley 14/2022, de 8 de noviembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, de fomento de la promoción interna y de agilización de la cobertura de puestos de trabajo con personas funcionarias de carrera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 7 de enero de 2023

Sec. I. Pág. 3302

existente, así como incorporar otras medidas para fomentar la promoción interna y
agilizar la cobertura de puestos de trabajo con personas funcionarias de carrera.
Sobre la base de este objetivo común de reducción de la temporalidad y de fomento
de la promoción interna, la Administración de la Generalitat de Catalunya y las
organizaciones sindicales con representación en la Mesa General de Negociación de los
Empleados/as Públicos de la Administración de la Generalitat de Catalunya (MEPAGC)
han compartido la necesidad de adoptar medidas urgentes en esta dirección. En este
sentido, en la reunión de la Mesa General de Negociación de los Empleados/as Públicos
de la Administración de la Generalitat de Catalunya, de 4 de noviembre de 2022, se ha
negociado y se ha alcanzado un acuerdo por unanimidad en relación con diferentes
medidas para la reducción de la temporalidad y de fomento de la promoción interna.
En esta línea de actuaciones, el Gobierno considera necesario impulsar mediante un
decreto ley, de forma urgente y para la implementación inmediata, estas medidas
adicionales para el fomento de la promoción interna de las personas funcionarias de
carrera y medidas que limiten la temporalidad en el empleo público, así como el empleo
provisional de puestos de trabajo, en el ámbito de la Administración de la Generalitat de
Catalunya.
En este sentido, la elaboración y la aprobación de un proyecto de ley, ni que se
tramitara directamente en el Pleno del Parlamento por modalidad de lectura única o
procedimiento urgente –con los requisitos procedimentales que conlleva, especialmente
en la fase de tramitación administrativa como anteproyecto–, no permitiría aprobar la
regulación prevista en un plazo suficiente para dar cumplimiento a los plazos que
establece la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de
la temporalidad en el empleo público, y a los objetivos que pretenden las medidas que se
incluyen. Consecuentemente, el único instrumento normativo que permite la aprobación
con la celeridad requerida es el decreto ley.
Este decreto-ley contiene dos artículos, dos disposiciones transitorias, una
disposición derogatoria y una disposición final que fija la entrada en vigor el mismo día
de su publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya».
El artículo primero de este decreto-ley da cumplimiento efectivo al derecho a la
carrera profesional vertical de las personas funcionarias de carrera, mediante la
regulación de turnos especiales de promoción interna dirigidos a las personas
funcionarias de carrera que no han tenido acceso a convocatorias periódicas y
sistemáticas de promoción interna, con lo cual han podido ver limitadas las opciones de
carrera profesional. Se tiene que significar que, con motivo de la aprobación de los
procesos selectivos de estabilización, las personas funcionarias de carrera han visto
como el personal temporal ha sido el principal objetivo de los procedimientos de
estabilización como consecuencia de la urgente necesidad de reducir los índices de
temporalidad en el sector público. En consecuencia, hay que impulsar acciones urgentes
para fomentar el acceso a la promoción interna del personal funcionario de carrera, en
paralelo a las oportunidades de que dispone el personal temporal derivadas de los
procesos de estabilización del empleo temporal.
Esta promoción interna en los cuerpos, escalas o especialidades de personal
funcionario de administración y técnico de la Administración de la Generalitat de
Catalunya se tiene que hacer de forma paralela al proceso de estabilización por
concurso-oposición, de manera que el procedimiento selectivo se realice en los mismos
términos y condiciones. Se ha establecido que el número de plazas a convocar por el
turno de promoción interna se tiene que corresponder con el 45 % del total de plazas de
cada uno de los cuerpos, escalas o especialidades incluidos en la oferta de empleo
público de estabilización de empleo temporal de la Generalitat de Catalunya que
dispongan de cuerpos, escalas o especialidades del grupo o subgrupo de titulación
inmediatamente inferior de la misma área o especialidad.
Se prevé que pueden participar en los procesos selectivos de promoción interna
previstos en este decreto-ley las personas funcionarias de carrera en servicio activo en el
ámbito de la Administración de la Generalitat, en situación administrativa con derecho en

cve: BOE-A-2023-469
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